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Condenan a más de 16 años de cárcel al joven que asesinó a otro en un baño de un pub del Puerto Deportivo en el año 2019

El presidente del Tribunal del Jurado también castiga al acusado, que en el momento de los hechos tenía 21 de edad, con pagar sendas indemnizaciones, 40.000 a cada uno de los padres de la víctima, de 36 años de edad, y 15.000 a cada uno de los dos hermanos del fallecido

El magistrado presidente del Tribunal del Jurado ha condenado a un joven de 24 años de edad, R.M.T., como autor criminalmente responsable de un delito de asesinato de otro joven, M.A.A, a las penas de 16 años y 3 meses prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, según el auto judicial al que ha tenido acceso MELILLA HOY.

El integrante de la Audiencia Provincial de Málaga. Sección 7ª, con sede permanente en Melilla, también ha condenado a R.M.T. a abonar indemnizaciones a los padres del fallecido, 40.000 euros para el progenitor y otros 40.000 para la madre, y 15.000 euros para cada uno de los dos hermanos de la víctima. El magistrado, de este modo, ha aceptado prácticamente la pena más alta solicitada por la acusación particular dirigida por el abogado Rachid Mohamed Hammú, que demandaba una pena de 17 años y seis meses de prisión por asesinato, que se ha visto reducida a 16 años y 3 meses al aplicar el juez la atenuante “de embriaguez no habitual” del acusado en el momento de los hechos, el 16 de noviembre de 2019, en los baños de un pub del Puerto Deportivo. La Fiscalía había solicitado 15 años de cárcel, al considerarlo “homicidio”, mientras la defensa la “libre absolución”. El presidente del Jurado ha pedido que se reduzca de la pena el tiempo que lleva en la cárcel, desde el día 21 de noviembre de 2019.

En la resolución judicial, conocida este miércoles, el presidente del Jurado ha recogido los “hechos probados”, del caso, en los que se señala que sobre las 5 horas y 23 minutos el acusado R.M.T., nacido el 18 de mayo de 1998 (en el momento de los hechos tenía solo 21 años de edad), llegó a uno de los pubs, haciéndolo la que iba a ser la víctima, M.A.A., nacido el 13 de mayo de 1983 (en esos momentos 36 años), sobre las 5 horas y 47 minutos, acompañado de otro joven, M.H.
A las 6 horas y 11 minutos el acusado entró en la zona de los aseos estando ya en su interior varias personas. En la zona de los baños había bastantes clientes concentrados, no habiendo sido identificados un número considerable de ellos.
Asimismo, detalla que a las 6 horas y 18 minutos accede al baño de señoras la víctima junto con M.H., este último “muy afectado por el alcohol y las sustancias estupefacientes”, que hacía que fuera “tambaleante”. Debido a este estado, empujó la puerta de uno de los wáteres de señoras en cuyo interior se encontraba R.M.T., subido a la taza del inodoro a quien golpea en la espalda. El ahora condenado por asesinato cogió a M.H. de la camiseta mientras M.A.A. intentó intermediar, lo que generó una discusión entre R.M.T. y M.A.M. A su vez, otro joven sacó a M.H. del servicio de mujeres.
En el curso de la discusión, recoge los hechos probados de la sentencia, M.A.M. sujeta con una mano el puño y con la otra la nuca y el cuello al acusado, que continuaba sobre la taza del inodoro. La pelea provoca que las personas que estaban en el interior de los servicios de mujeres salieran del mismo.
En algún momento comprendido entre las 6 horas y 21 minutos 1 segundo y las 6 horas y 21 minutos y 24 segundos, es decir, mientras estaban presentes R.M.T., M.A.A. y otros dos jóvenes, la víctima recibe una puñalada en el abdomen.

Arma blanca afilada
Según el auto judicial, es R.M.T. quien con un arma blanca afilada propina a M.A.A. una puñalada en la zona abdominal. A resultas de la puñalada, el afectado de 36 años de edad se desploma, unos acontecimientos que suceden en su totalidad en el interior de los servicios de mujeres.
En coincidencia con la salida de los servicios de uno de los clientes del pub, llega al lugar el vigilante privado de seguridad del Pub, requerido por las personas que se encontraban en su interior al inicio de la discusión entre R.M.T. y M.A.A. Cuando el portero del pub accede al interior de los aseos de mujeres se cruza con el ahora condenado, que en 2019 tenía 21 años de edad, que en esos momentos salía y observa a M.A.A. tumbado en el suelo, parte de su cuerpo fuera de la cabina y parte dentro, con la cabeza junto a la taza del inodoro. Al cruzarse el portero con el agresor, se percata que este esconde una navaja en el calcetín o en el interior de los zapatos que calzaba.
A las 6 horas y 21 minutos y 47 segundos R.M.T. sale de los servicios acompañado otro joven, para seguidamente abandonar ambos el local junto con una chica, cogiéndole ésta de la mano. Los tres, acompañados de otro joven, se dirigen hacia la zona del parking.
Teniendo conocimiento su hermana por diferentes llamadas telefónicas de los incidentes habidos en uno de los pubs del Puerto Noray, con el vehículo de su propiedad intentó localizarlo sin éxito, observando al volver a su domicilio que se encontraba sentado en el portal de la casa, y siguiendo consejos de su abogado se entregó voluntariamente la mañana del día 18 a miembros de la Policía Nacional.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe formular recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en término de diez días mediante escrito fundado a presentar en esta misma Audiencia.

Muerte violenta y sin posibilidad de defenderse+

La sentencia recoge que M.A.A falleció por muerte violenta cuya causa inmediata fue la hemorragia aguda y la causa fundamental la herida de arma blanca que le causó el acusado apuñalándole con una navaja y que afectó a la totalidad del asa intestinal, a mesotelio de unos 4 centímetros de longitud, a vaso arterial peritoneal y a nivel de preaorta cercana a la ilíaca primitiva derecha. Asimismo, establece que durante la discusión entre R.M.T. y M.A.A, el primero extrajo de manera sorpresiva una navaja con la que apuñala a M.A.A. de modo que no pudo defenderse. La víctima no presentaba lesiones defensivas en manos, ni brazos. De igual modo, subraya que las reducidas dimensiones del aseo de mujeres y las cabinas, dificultaron al afectado poder desplegar una reacción defensiva frente al apuñalamiento. También reconoce que M.A.A., que se encontraba relajado por el alcohol y drogas que había ingerido, no esperaba que R.M.T. le sacara una navaja en el curso de la discusión.

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M.H.

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