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MELILLA HOY trae a los lectores lo que dice el Reglamento sobre la sesión constitutiva de la Asamblea, que se celebrará el 3 de julio

Una votación para elegir al presidente y otra para los dos vicepresidentes

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Ayer habría tenido que celebrarse la sesión constitutiva de la Asamblea de Melilla, pero los contenciosos electorales presentados por Equo y Coalición por Melilla (CPM) han obligado a aplicar lo que marca la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), según la cual este tipo de recursos obligan a inaugurar la legislatura al cuadragésimo día de la celebración de las elecciones, es decir, el 3 de julio. El Palacio de la Asamblea, pues, permaneció ayer cerrado y en silencio, al contrario de lo que ocurría en más de 8.000 consistorios de toda España, y tendrá que esperar otros 20 días para celebrar el acto solemne de investidura del próximo presidente. MELILLA HOY quiere traer a sus lectores lo que indica el Reglamento de la Asamblea respecto a cómo se deberá desarrollar esta importante sesión en la que los 25 diputados, tras tomar posesión, eligen al presidente y a los dos vicepresidentes. Tres sillones, los más importantes de la Asamblea melillense, de los que dependen solo dos votaciones. El Reglamento de la Asamblea que está en vigor, aprobado el 19 de mayo de 2012, se aplicará por primera vez el 3 de julio para constituir la Cámara melillense.

El candidato del PP y actual presidente en funciones, Juan José Imbroda, presidirá la sesión constitutiva al ser el diputado de más edad de los 25 electos, tal y como indica el Reglamento. Le acompañará el diputado de menor edad, que en este caso será la socialista Lamia Kaddur. Y ante ellos pasarán los otros 23 diputados, a los que comprobarán sus credenciales y los llamarán para prestar juramento o promesa. El siguiente paso será la elección del presidente, en “una única votación”, como indica el artículo 5 del Reglamento de la Asamblea.

La elección del presidente
Cinco son las premisas que establece en su artículo 5, incluido en el Título Preliminar, sobre la sesión constitutiva de la Asamblea. La primera de ellas, que solo hará falta una “única votación” para la elección del presidente.

Solo podrán ser candidatos los cabeza de lista, es decir, Juan José Imbroda por el PP, Mustafa Aberchán por CPM, Gloria Rojas por el PSOE, Eduardo de Castro por Ciudadanos, o Paz Velázquez, tras la dimisión de Julio Liarte, por PPL.
“La votación será nominal, por orden alfabético y pública, en la que cada diputado otorgará su voto a uno de los candidatos o se abstendrá”, refleja el Reglamento de la Asamblea, según el cual “resultará elegido Presidente de la Ciudad Autónoma el candidato que obtuviere la mayoría absoluta”. “Si ningún candidato alcanzase esa mayoría será proclamado Presidente el cabeza de lista que hubiese obtenido mayor número de votos en las elecciones”, concluye el Reglamento de la Asamblea.

Con estas reglas de juego y el reparto de escaños que se ha producido en Melilla tras la celebración de las elecciones del 24 de mayo, quien más opciones tiene de ser el próximo presidente de Melilla es el candidato del PP y actual presidente en funciones, Juan José Imbroda, por ser el cabeza de lista más votado en las elecciones. Esta mayoría simple le permitirá sentarse otros cuatro años más en el sillón presidencial de la Asamblea, siempre y cuando los otros cuatro partidos que han conseguido representación parlamentaria no lleguen a un pacto entre ellos.

El Estatuto de Autonomía, en su artículo 15, también especifica claramente que “el Presidente, que ostenta también la condición de Alcalde, será elegido por la Asamblea de entre sus miembros y nombrado por el Rey. La elección, que tendrá que realizarse entre los miembros de la Asamblea de Melilla que encabezarán alguna de las listas electorales que hayan obtenido escaño, se efectuará por mayoría absoluta. En caso de que ningún candidato obtenga dicha mayoría, quedará designado Presidente el que encabece la lista que hubiera obtenido mayor número de votos”.

Las dos Vicepresidencias
Después de la elección del presidente, éste deberá prestar juramento o promesa de su cargo y tomar posesión. El siguiente paso en la sesión constitutiva de la Asamblea será otro de los platos fuertes, designar a los diputados que ostentarán las Vicepresidencias Primera y Segunda. Dos cargos para los que habrá una única votación, tal y como establece el artículo 7 del Reglamento de la Asamblea.

Cada partido podrá presentar a un solo candidato para ocupar las Vicepresidencias de la Mesa. La elección de estos dos cargos se realizará en una sola votación nominal y secreta, a diferencia de la Presidencia, que era pública. Cada diputado deberá escribir un solo nombre en la papeleta de voto y resultarán elegidos, por orden sucesivo, los dos que obtengan mayor número de votos. En caso de empate será vicepresidente primero el de la lista más votada, e igual criterio se aplicará para el caso de empate para la Vicepresidencia Segunda. Después, cada uno de los vicepresidentes tomará posesión y se situarán en la Mesa junto al presidente, que declarará constituida definitivamente la Asamblea con los miembros que hubieran asistido y prestado juramento o promesa.

Esta norma para la elección de los dos vicepresidentes de la Asamblea es el resultado de una de las modificaciones que se llevaron a cabo en el anterior Reglamento para evitar lo que ocurrió en la legislatura de 2007 a 2011, en la que la Mesa de la Asamblea fue monocolor por estar ocupada por tres miembros del mismo partido: Juan José Imbroda como presidente, Cristina Rivas como vicepresidenta primera y Esther Donoso como vicepresidenta segunda.

Teniendo en cuenta el panorama actual en la Asamblea, con una ausencia de mayoría absoluta en los cinco partidos que han logrado representación parlamentaria, la oposición puede garantizarse la Vicepresidencia Primera si todos llegan a un acuerdo. De esta manera, podrían arrebatar el cargo a quien lo lleva ostentando de manera ininterrumpida desde 2003, Cristina Rivas, que será la candidata que propondrá el PP como su propio cabeza de lista ya adelantó hace unos días a este Periódico.

De producirse este hecho, y si finalmente gobierna el PP con su mayoría relativa, este partido deberá conformarse con la Vicepresidencia Segunda de la Asamblea, perdiendo así la batuta en plenos clave como las sesiones de control al Gobierno, que siempre están bajo el mando de la Vicepresidencia Primera.

Podría darse la circunstancia, incluso, de que cada uno de los tres miembros de la Mesa de la Asamblea sean de un partido diferente si se da algún pacto entre partidos para alcanzar la Presidencia a cambio de otorgar la Vicepresidencia al partido que apoye. Podría ocurrir si el PP pacta con otro partido, de modo que los populares ocupen la Presidencia y la Vicepresidencia Primera recaiga en el partido de apoyo, quedando la Vicepresidencia Segunda en manos de CPM. Si el pacto es de los partidos de la oposición, también podrían repartirse los dos cargos más importantes de la Mesa, quedando la Vicepresidencia Segunda para el PP.

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Redacción

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