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Las defensas del ‘Caso Abogados’ señalan la falta de “dolo” por parte de los acusados

Ayer fue el turno de las conclusiones de la defensa. En la imagen, la ex consejera María Antonia Garbín sentada en el banquillo de los acusados junto a dos funcionarias

Sin dolo, no hay delito. Esta fue una de las líneas de defensa seguidas por los letrados de los 13 acusados en el ‘Caso Abogados’. Insistieron en la última sesión del juicio en que no existió voluntad deliberada de cometer el delito de prevaricación administrativa al formalizar un total de 91 contratos menores a cuatro letrados externos a la Administración. Los procesados obraron con conciencia de legalidad y no obtuvieron beneficio alguno, subrayaron. Insistieron en la inocencia de la ex consejera María Antonia Garbín, los ocho funcionarios y los cuatro juristas encausados. El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla tendrá que dictar sentencia. Ayer fue el último día del juicio por el ‘Caso Abogados’ y el turno de los letrados de las defensas. Emplearon casi cinco horas para exponer por qué debían quedar absueltos los 13 acusados por el presunto delito continuado de prevaricación administrativa.
Los letrados fueron tajantes al incidir en que no hubo ‘dolo’ alguno por parte de la ex consejera María Antonia Garbín, ni de los ocho funcionarios de la Consejería de Bienestar Social, ni de los cuatro abogados externos contratados por la Administración.
No existió voluntad deliberada de cometer un delito, sostuvieron. Insistieron en que ninguno de los encausados se benefició de la realización de los 91 contratos menores a los cuatro letrados externos entre los años 2000 y 2013. Al contrario, estos contratos se hicieron pensando en el interés general de la ciudadanía, según expusieron las defensas.

Única alternativa
Insistieron en que la Consejería estaba atada de pies y manos ante la posibilidad de que fueran aprobadas de forma inminente las plazas de abogados que se habían solicitado en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).
Según apuntaron, en Bienestar estaban a la espera de que los puestos fueran añadidos a la plantilla pero, mientras tanto, necesitaban contar con letrados externos para hacer frente a las necesidades de la Consejería. No podían optar por la contratación mayor porque, de ser aprobadas las plazas, el gasto se hubiera visto duplicado.
En este sentido, las defensas matizaron que se hizo uso de lo que denominaron ‘contratos menores puentes’, cuyo objetivo es dar salida y respuesta urgente a las necesidades de Bienestar Social, sin que hubiera perjuicio alguno para la propia Administración. Los letrados pusieron el acento en que todos los acusados obraron con conciencia de legalidad.

Sistema creado
Por otro lado, se expuso que principios como el de la libre concurrencia o el de publicidad no podían anteponerse a los principios de necesidad, eficacia y eficiencia, siendo estos últimos los que motivaron las contrataciones menores a los mismos cuatro abogados.
Asimismo, las defensas recordaron que las contrataciones menores a letrados externos se llevaban haciendo desde 1998. No fue un sistema que se crease durante el mandato de Garbín, recalcaron. Estos abogados tampoco fueron contratados a dedo porque hubiera una relación previa con personal de la Consejería, agregaron.

Luz verde a los contratos
Argumentaron que estos contratos menores no se hacían de forma encubierta, sino que se realizaban con consentimiento y siguiendo las indicaciones del entonces interventor de la Ciudad, Silverio Jiménez, que pedía que los expedientes fuesen acompañados de un informe de legalidad y otro de necesidad.
Recordaron lo expuesto en el juicio por el que fue interventor accidental de la Ciudad, Francisco Platero. Este testigo apuntó que pudo haber un «fraccionamiento formal» de los contratos, «pero no real», ya que las necesidades de los mismos no coincidían de un contrato a otro. Según esta teoría, los contratos nunca eran el mismo, aunque fuesen formalmente justificados de igual modo.

Tribunal de Cuentas
También insistieron en que desde la Consejería nunca recibieron advertencia alguna de legalidad por parte de la Intervención ni por parte del Tribunal de Cuentas, que son los organismos fiscalizadores de la Administración.
Pese al informe del Tribunal de Cuentas al que hizo alusión la acusación «de forma sorpresiva», los letrados de los acusados sostuvieron que en el citado documento no se recogía ninguna advertencia, sino que manifestaba que existía un fraccionamiento no justificado.
Este informe se refería a contratos del año 2001, aunque fuera publicado en 2005. Las defensas apuntaron que, una vez emitido, el Tribunal de Cuentas no volvió a referirse a los contratos de la Consejería de Bienestar Social. Al parecer de los letrados lo que esto indica es que el presunto fraccionamiento quedó debidamente explicado, puesto que de lo contrario el organismo hubiera persistido en ellos o los hubiera enjuiciado.

Procedimiento viciado
Los abogados hicieron referencia a la carta escrita por Juan Requena, el letrado que formó parte hasta hace unos años del Servicio Jurídico de la Ciudad Autónoma. Dicha carta, que es la que motivó la denuncia de la Asociación Libre de Abogados (ALA) de Melilla era «difusa y genérica» y no hace mención a la Consejería de Bienestar Social, incidieron desde la defensa. «La carta ha sido instrumentalizada por parte de ALA», sostuvieron.
Por otro lado, criticaron que los agentes de la Policía Judicial y el interventor del Estado hicieran valoraciones en sus informes sin ser expertos en derecho administrativo.
Según manifestaron los letrados, llegaron a la conclusión de que se produjo un fraccionamiento de los contratos, fraccionamiento doble según el interventor delegado, al basarse exclusivamente en los documentos obtenidos para la investigación. Insistieron en que no analizaron la necesidad real que motivó esos contratos ni el contexto en el que se realizaron.

La intención de ALA
Los letrados de la defensa también pusieron en entredicho la motivación de ALA Melilla al personarse como acusación popular en esta causa. Según se dejó caer, esta entidad sólo se interesa por los procedimientos en los que se implican a políticos de un determinado signo. «Que no vendan la moto», llegó a decir uno de los abogados.
Lamentaron la persistencia de la acusación popular al mantener la acusación sobre los cuatro abogados externos procesados. Insistieron en que, al igual que el resto de los encausados, no cometieron delito alguno. «Lo único que hicieron fue hacer magníficamente su trabajo», subrayaron.

Última palabra
Tras las conclusiones de las defensas, llegó el turno de la última palabra de los acusados. Un derecho que los procesados declinaron a usar al manifestar que no había “nada que añadir”.
El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla tendrá que dictar sentencia: absolutoria o condenatoria.

Las penas solicitadas
El delito continuado de prevaricación administrativa se castiga con la inhabilitación especial para el ejercicio de cargo o empleo público.
Piden para la ex consejera una pena de diez años de inhabilitación. En el caso de los ocho funcionarios, la Fiscalía reclama nueve años de inhabilitación, mientras que ALA Melilla solicita ocho años y seis meses para cuatro de ellos, y nueve años de inhabilitación para los otros cuatro empleados públicos.
La acusación popular pide en solitario para cada uno de los abogados la pena de cuatro años de inhabilitación.

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Irene Quirante

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