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La fiscalidad de Melilla no es tan ventajosa para los melillenses como parece

Equipo de Gobierno

A la hora de analizar la situación fiscal de Melilla y cómo afecta a los melillenses, hay que tener muy en cuenta que es una ciudad/Ciudad Autónoma española que está en una situación especial por su distancia con la España peninsular, por la imposibilidad de desplazarse, salvo por barco o avión, hacia esta y por las dificultades existentes para el abastecimiento de materias primas y todo tipo de bienes.

Desde hace más de un siglo, Melilla (y Ceuta) viene disfrutando de un Régimen Económico y Fiscal Especial, cuya finalidad es amortiguar el fuerte impacto negativo que sobre el funcionamiento del sistema económico en su conjunto, y sobre las economías domésticas de las familias residentes en ambos territorios, provoca la singularidad geopolítica.

El Régimen específico, sustentado en  normas de diverso rango y naturaleza, se articula en torno a los siguientes elementos: la exclusión del régimen aduanero común; un régimen de imposición indirecta propio; las bonificaciones fiscales (tanto a las personas como a las empresas), las bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social, las bonificaciones al transporte de viajeros residentes, y el incremento de las rentes salariales, tanto de los empleados públicos como de los contratado por cuenta ajena. 

Las medidas concretas que se aplican de manera directa a las rentas salariales, y que tienen por objeto básicamente paliar el efecto del diferencial estructural en la carestía de la vida, son la “Indemnización por Residencia” de los empleados públicos y el “Plus de Residencia” para los trabajadores del sector privado. Pero mientras que el primero tiene su encaje en una norma clara y precisa (la Ley de los Presupuestos Generales del Estado); el segundo se encuentra recogido en una norma aún vigente, pero pre-constitucional (Orden de 20 de marzo de 1975).

En la práctica, la “Indemnización por Residencia” se aplica a todos los empleados públicos sin problema (lo que les hace cobrar, en muchos casos, cantidades cercanas a un 40% más que sus homónimos de la península; con incrementos mensuales, en función del grupo al que pertenecen –sin contar los incrementos por trienios- que van desde los, aproximadamente, 350 €/mensuales hasta los, aproximadamente, 1.000 €/mensuales), pero el “Plus de Residencia” no supone que los trabajadores del sector privado cobren más que sus homónimos de la península. Esto último tiene muchas y largas explicaciones en las que ahora no voy a entrar, pero la principal es que (la pretensión  habitual de los sindicatos es que las empresas paguen más por este plus) las empresas melillenses (también las de Ceuta), como todos sabemos, no pueden asumir un plus similar al de los empleados públicos. Lo lógico sería que lo asumiese, como con estos, el erario público.

No es tan buena la fiscalidad en Melilla como la pintan. Para empezar, una parte importante de la población (el 59,9 % en el año 2020, trabajaba en Melilla para el sector público), que supone el 40,1 % de los trabajadores, no cobra más que sus homónimos en la península (en muchos casos, cobran menos), con lo que el efecto del diferencial estructural en la carestía de la vida no se compensa.

Por otro lado, Melilla no forma parte de la Unión Aduanera, manteniendo su posición tradicional de territorio franco en el que no se aplica el IVA. La entrada en la península de mercancía procedente de Melilla tiene, pues, la consideración de importación a efectos tanto de la Renta de Aduanas, como del IVA. Tenemos un impuesto local (gestionado y recaudado por la Ciudad Autónoma de Melilla), el IPSI, que tiene tipos entre el 0,5 y el 10%, y que grava las importaciones y las producciones y servicios interiores.

El IPSI, a diferencia del IVA, no es un impuesto repercutible, lo que en la práctica hace que, sobre todo en las operaciones interiores de producción y servicios, sea un gasto más para las empresas melillenses.

Otro ejemplo: En la Comunidad de Madrid solo pagas el 1%  de la cuota correspondiente al ISD (está bonificada por la Comunidad al 99%), impuesto que grava las herencias y las donaciones entre padres e hijos; también entre cónyuges y parejas de hecho. En Melilla si haces una donación “inter vivos” la bonificación estatal es del 50 % y se pagaría un 49 % más.

En resumen, pese a las bonificaciones del 50% en el Impuesto de Sociedades e IRPF; a la bonificación del 50 % en las cuotas a la Seguridad Social, solo en contingencias comunes, para los autónomos y del 50 % en contingencias comunes, recaudación conjunta de desempleo, formación profesional y fondo de garantía salarial, para el resto de trabajadores (excluidos los del sector público); no parece que se compensen las desventajas de vivir “semi-aislados” en una ciudad ultra peninsular.

Es evidente que las arcas de la Ciudad Autónoma necesitan los ingresos provenientes del IPSI, pero ya es el momento de que Melilla se integre en la Unión Aduanera y se deje atrás el IPSI, manteniendo las bonificaciones actuales al IRPF, Impuesto de Sociedades, Seguridad Social o a los transportes, y tenga un IVA reducido (no superior al 4%), además de unos transportes mucho más bonificados para que, de verdad, sea interesante y atrayente vivir en nuestra maravillosa ciudad. Los ingresos que perdiera la Ciudad Autónoma por la supresión del IPSI deberá compensarlos el gobierno central (hay muchas formas de hacerlo, como por ejemplo ceder parte de los ingresos del IVA) si quiere que Melilla prospere y siga siendo parte de España.

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