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Garbín ve como “un avance importante” los cambios en la Ley de Protección de la Infancia

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Considera la consejera de Bienestar Social y Sanidad, Mª Antonia Garbín, que los dos proyectos de leyes de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia (uno es orgánico y otro ordinario) impulsados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, supondrán un "avance importante" en el trabajo que desarrollan las administraciones en la atención de los menores tutelados. Entre otras mejoras destacó los cambios que recoge en materia de acogimiento residencial, incorporando por primera vez la posibilidad de sanciones, es decir, derechos y deberes, de los menores acogidos y tutelados por la administración. Los dos proyectos de leyes de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia que ha elaborado el Ejecutivo central, "introduce temas muy interesantes en materia de protección" de menores en situación de desamparo, aseguró ayer a este diario la consejera Mª Antonia Garbín.
"Hay cambios importantes en la regulación del acogimiento residencial", importante caballo de batalla en la ciudad a tenor de los problemas surgidos principalmente con los menores extranjeros no acompañados (MENAS), que no respetan horarios ni el reglamento de los centros de acogida. Por primera vez, el texto habla de "la posibilidad de aplicar sanciones", algo que ha venido defendiendo Melilla para que "los menores comprendan que no sólo hay derechos, sino también obligaciones y que el no cumplirlas conllevan consecuencias, como sanciones que aún no se han detallado ni concretado".

La consejera indicó que en general estas propuestas de cambio suponen "un avance importante" frete a la legislación actual, aunque dijo que aún queda mucho por perfilar puesto que aún deben completar su trámite parlamentario. En principio, "estoy contenta por estos cambios, aunque seguimos con una cifra de menores muy elevada para las características de una ciudad como Melilla", apostillo.

Cambios
Tras pasar por los órganos consultivos e incorporar algunas de sus propuestas de modificación, estos dos proyectos de ley serán remitidos a las Cortes. Estos textos reforman en profundidad la respuesta institucional al abandono o desamparo pues en la actualidad, hay 35.000 menores tutelados por las administraciones, 13.400 de ellos en centros de acogida, conforme explica el Ministerio de Sanidad.

En materia de desamparo, se definirá con rango estatal las situaciones de los menores en riesgo y desamparo, limitando ésta a los casos de abandono, riesgo para la vida, salud o integridad física; o la inducción a la mendicidad, la delincuencia y la prostitución. En estos casos, se dará la tutela a la administración pública que, al cabo de dos años, podrá acordar su adopción o cualquier otra medida de protección. Pasado este plazo, sólo el Fiscal y no los padres, podrán impugnar la tutela.

Acogimiento residencial
Uno de los aspectos más novedosos de los proyectos es que por primera vez, se regularán los centros para menores con trastornos de conducta, mediante una modificación de la Ley de Protección Jurídica del Menor y la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establece, que no podrán convivir estos menores con otros bajo tutela pública que no tienen diagnóstico de estas características, como viene sucediendo.

Se impone la orden judicial como requisito imprescindible para el ingreso salvo urgencia (se dan 72 horas de plazo en este caso) y se concreta el régimen disciplinario, estableciendo normas para el uso de medidas de seguridad, contención y aislamiento, que no podrán utilizarse como sanción y serán "el último recurso" en casos de defensa propia, intentos de fuga, resistencia física a una orden legal, o riesgo directo de autolesión, de lesiones a otros o daños graves a la propiedad.

Estas medidas, como la contención mecánica o física que también regula el texto, deberán responder a un principio de proporcionalidad, durar el tiempo mínimo imprescindible y aplicarse por personal con formación específica. El aislamiento, también excepcional, será acordado por el director del centro y notificado a la Fiscalía, nunca tendrá carácter disciplinario y durará máximo seis horas. Nunca se podrán administrar medicamentos como sanción.

Por último, el Ministerio de Sanidad ha incorporado un "catálogo de deberes" de los menores de edad en los ámbitos social, escolar y familiar que recoge entre otras, la obligación de "corresponsabilizarse en el cuidado del hogar y las tareas domésticas", así como respetar la dignidad, integridad e intimidad de las personas con que se relacionen, "las normas de convivencia" de su centro educativo o el medio ambiente, colaborando en su conservación.

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J.A.M

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