Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Logo de Melilla hoy

¿Quién era el marqués de Beccaria y porqué tuvo tanta importancia su obra?

marqués de Beccaria

Por: Francisco José Céspedes Pérez -Subinspector de la Policía Local. Criminólogo

Según el profesor mexicano Luis Rodríguez Manzanera -en una frase que se ha convertido en todo un referente- se dice que los italianos han inventado cuatro veces el derecho penal: la primera con el imperio de Roma, al realizar la gran obra jurídica; la segunda con Beccaria, al decir al hombre: “ve y cumple el derecho”; la tercera con Lombroso, Ferry y Garófalo, al decir al derecho: “ve y estudia al hombre”; y la cuarta al tratar de reunir y conciliar los conceptos anteriores para fundar la “Tercera Escuela” de derecho penal. Hoy hablaremos de Cesare Bonesana, marqués de Beccaria y hasta que punto su obra ha tenido trascendencia incluso en nuestros días-

La obra más conocida del marqués de Beccariafue el “Tratado de los delitos y las penas”, obra en la que el filósofo, jurista y economista italiano denunciaba el trato inhumano a que eran sometidos sistemáticamente los condenados por cualquier delito.  Pero para hacernos una idea de la importancia de su obra debemos saber algo más de su autor y trasladarnos un poco a la época y el contexto social en que se desarrolló.

(Cesare Bonesana, marqués de Beccaria, Milán, 1738 – id., 1794), fue un jurista y economista italiano. Vivió en una época en que, en Europa, las torturas y suplicios a los delincuentes era la forma habitual de castigo. El proceso penal de su época era inquisitivo, y como consecuencia las acusaciones eran secretas, sin posibilidad de contradecirlas; los reos poco menos que eran considerados culpables sin empezar el juicio, pues contaban con pocos elementos de defensa. Además de culpables, se le consideraba pecadores (al mezclar justicia humana y divina), situación en que Beccaria haría bastante hincapié delimitando el ámbito de cada una de ellas. Por lo demás las torturas, estaban al orden del día, para hacer confesar. Fue el suplicio de Damiens en 1757, lo que marcó un antes y después en la forma de pensar de nobles e ilustrados. Esta ejecución fue tan brutal y desproporcionada que se inició un camino imparable hacia el fin de la tortura.

Damiens intentó asesinar al rey de Francia Luis XV, clavándole una pequeña daga en el costado, sin conseguirlo. Tras se apresado se le torturó de la manera más horrible: atenazándoles los pezones, brazos, muslos y pantorrillas para verterle por el cuerpo una mezcla fundida de plomo derretido, aceite hirviendo, resina de pez y cera mientras le quemaban con azufre la mano derecha en la que sostenía el arma con la que intentó matar al rey. A continuación, ataron sus extremidades con sogas a cuatro caballos para que estiraran su cuerpo hasta desmembrarlo en trozos que se rajaron al fuego para consumirlos y aventar sus cenizas.

Un año después de este horrible hecho, se gradúa Beccaria como abogado en la Universidad de Paris.  En 1764 se publica su obra “De los delitos y las Penas”, donde propone una humanización de la justicia, obra que tuvo notable influencia en los ilustrados, hasta el punto que en 1791 nace el primer Código Penal Francés. Este código penal de la Francia de finales del siglo XVIII, no suprimió la pena de muerte, aunque ésta se ejecuta de modo menos doloroso para el infractor, normalmente por decapitación o en la horca.

Tratado de los delitos y las penasEn síntesis, la obra de Beccaria hace una critica a la legislación penal de la época, tomando la iniciativa de proponer que se clasifiquen los delitos y en base a ello se apliquen unas penas acordes a los mismos. Aboga porque los jueces no interpreten las leyes pues en la naturaleza humana está el sentimiento de subjetividad a la hora de decretar la pena; de esta manera nos indica que los hombres deben ser conscientes de los límites de su responsabilidad.

En su libro, el marqués de Beccaria, defiende que las leyes deben ser conocidas por todos sin suponer desconocimiento o ignorancia. Aboga por el hecho de que es innecesario castigar cruelmente a los acusados si no se demostró su culpabilidad, por ello quiere eliminar humillaciones, amenazas y barbaries varias. Dos de las primeras consecuencias en que se pueden resumir su obra son: el principio de legalidad de las penas y la Igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.

Beccaria sostiene que las leyes deben estar escrita en una lengua que el pueblo conozca, ya que pueden cometerse delitos por falta de entendimiento de las leyes. Así Beccaria escribió su obra en italiano, al contrario de lo habitual entre nobles e ilustrados de la época que lo hacían generalmente en latín. Pensaba que cuantas más personas conociesen las leyes menos delitos se cometerían.

Hay que trasladar la mente a la época en que el marqués de Beccaria escribió “El tratado de los delitos y las penas”, para darle la importancia que merece y destacar la repercusión que tuvo en muchos países de Europa. Beccaria era un jurista reconocido, con prestigio, y sus ideas eran completamente contrarias a lo que propugnaba la legislación de ese tiempo. La principal aportación al derecho de esa época por parte de Beccaria, fue la limitación de las penas de torturas, abogando por la supresión de la pena de muerte, ya que según el autor no suponía un efecto disuasorio.

Sobre la pena de muerte, Beccaria sostenía que no solo era inútil la aplicación de esta sentencia por su ineficacia, sino porque además podría hacer que el ejecutado obtuviera la simpatía del pueblo, debido al modo de aplicación de las leyes por parte de la Realeza.

Beccaria fue un avanzado para su época, y principios que recoge en su libro, se fueron extendiendo por diversos países de Europa, así Catalina de Rusia abolió la tortura en 1766, María Teresa de Austria una década después y Luis XVI como rey de Francia, en 1780. A partir de la Revolución francesa y su Declaración de 1789, influyó en el reconocimiento de libertades, garantías y derechos fundamentales hasta nuestros días. Lo más destacado del pensamiento del marqués de Beccaria es que no sólo influyó en su época, sino que muchos de los preceptos que propugnaba se mantienen hoy incluso en la Constitución española de 1978, tales como:

²   Seguridad y legalidad jurídica, artículo 9.3

²   Derecho a la vida, artículo 15

²   Participación en los asuntos públicos, artículo 23

²   Tutela judicial efectiva, artículo 24

²   Principio de legalidad penal, artículo 25

BIBLIOGRAFÍA y WEBGRAFÍA 

•       Metáfora de la crueldad: la pena capital del tiempo de Cesare Beccaria al tiempo presente. Coordinadora: Agustina Alvarado Urízar. Editores: Luis Arroyo Zapatero, Rafael Estrada Michel, Adán Nieto Martín. Cuenca, 2016. Ediciones de la Universidad de Castilla La Mancha.

•       El suplicio de Damiens. Carlos Pérez Vaquero. Ini Abilis

•       RODRIGUEZ MANZANERA, L. Criminología. Ciudad de México: Porrúa 2ª ed, 1981, pp 245 y246

•       Sergio García Ramírez “Los reformadores Beccaria, Howard y el derecho Penal Ilustrado. Boletín mexicano de derecho comparado. Articulo de Elisa Speckman Guerra

•       http://criminologiacomunicacionymedios.files.wordpress.com/2013/08/beccaria-cesar-tratado-de-los-delitos-y-de-las-penas.pdf.

•       https://www.biografiasyvidas.com/biografia/b/beccaria.htm

Loading

Redacción

Más información

Scroll al inicio

¿Todavía no eres Premium?

Disfruta de todas
las ventajas de ser
Premium por 1€