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El rincón de Aranda

Historia en sintesis de los límites de Melilla

Leyendo a Adela A. Ponce Gómez en “El Término Jurisdiccional de Melilla”, en el que realiza un recorrido cronológico a lo largo de 32 años, durante los cuales España formaría su presencia histórica, política y jurídica en el antiguo “Campo Exterior de Melilla”, lo que hoy constituye el término municipal de la Ciudad.

La génesis histórica, la gestación y el origen de la “cesión” del territorio, los Convenios y Tratados que se firmaron para dar forma a la tal “cesión”, los sucesivos aplazamientos, con sus dilaciones, las Comisiones y vicisitudes que acompañaron a la efectiva demarcación de los límites fronterizos de la Ciudad, siendo 17 mugas las primeras que se implantaron en el perímetro fronterizo.

Remontándonos al Convenio, firmado en Larache el 6.05.1844, en su art. 1º dice: “S.M. El Rey de Marruecos, deseando dar a S.M.C. una señalada muestra de los buenos deseos que le animan, y queriendo contribuir en lo que de él dependa al resguardo y seguridad de las Plazas españolas de la Costa de África, conviene ceder a S.M.C. en pleno dominio y soberanía (sic), el territorio próximo a la Plaza Española de Melilla, hasta los puntos más adecuados para la defensa y tranquilidad de aquél presidio”. El 24.08.1859, se firma otro Convenio ampliando los términos jurisdiccionales de Melilla, y pactando la adopción de las medidas necesarias de los presidios españoles en África
Una vez terminada la Guerra de África, o de los Castillejos (1859-1860), el 25.04.1860, se firma en Tetuán un Tratado de Paz y Amistad, en el que en su art. 9º dice: “S.M Marroquí se obliga a satisfacer a S.M.C. Como indemnización por los gastos de guerra la suma de 20.000.000, o sea 400.000.000 reales de vellón….”. Hasta que ese pago no tuviera lugar, las tropas españolas ocuparían la Plaza de Tetuán.

Y sobre los Límites de Melilla y su Campo Neutral, después de la intransigencia de los vecinos y propietarios de los terrenos, los cuales seguían con sus tácticas dilatorias, y así desaire tras desaire a España, incumpliendo lo pactado, iba pasando el tiempo. Ante esta oposición, el Gobernador de Melilla, Luís Demni, conferenció con varios caídes de Kelaia, los cuales, ante los ojos de Demni, se mostraron conforme a obedecer al Sultán, pero en su fuero interno no era así. El 5.11.1860, se celebró una gran reunión en el Cerro de Santiago entre el Bajá Sidi Hamuda, los caídes, los notables y santones de las cinco Kábilas de Kelaia, en la que se acordó por unanimidad oponerse a la cesión de los territorios si antes no se les pagaba (sic). A raíz de esta reunión los comisionados marroquíes se marcharon para dar cuenta a su gobierno y así agilizar el tema de las indemnizaciones que debieran pagarles a los propietarios de los terrenos. Un nuevo Bajá, S. Abdesedoc, vino a sustituir al anterior, que se fue aburrido. Nuevamente, y por tercera vez, llegaron a Melilla los comisionados españoles y marroquíes, éstos últimos además con 30.000 duros solamente para el pago de las indemnizaciones reclamadas por los propietarios. Por su parte el Gobernador Denmi intentaba salvar las susceptibilidades que se presentaban, llegando incluso al diálogo personal con los jefes de cada una de las kábilas y fracciones vecinas; pero lamentablemente sin resultado positivo, ante la negativa de los cabileños. A esto se le unía la ineficacia, y la falta de autoridad del Bajá Abdesadoc. Los rifeños se avinieron a la entrega de los terrenos a España, siempre y cuando nuestro Gobierno les garantizase que les serían abonadas las cantidades e indemnizaciones solicitadas por ellos. Tras ésto se comenzó el estudio de las valoraciones, estudio que hubo de suspenderse por discusiones bizantinas e intrascendentes que se organizaban entre los propietarios de terrenos y los comisionados marroquíes, que motivó a que nuevamente éstos se marchasen hartos y aburridos para dar cuenta a su gobierno. Creo que está claro que a los antiguos propietarios del terreno que hoy es España, o sea, Melilla, sí que fueron indemnizados. Y apurándome un poco, solamente habría que darse un paseo por nuestro Cementerio, y leer algunos nombres de soldados que dieron lo mejor que poseían, su juventud y sus vidas, por éstos 12 kms. que comprende nuestra Melilla, que hoy es España, como lo puedan ser Gerona, Andoain, Vigo, o Villanueva del Trabuco.

Así hasta la firma de dos Acuerdos, el 1º en Tánger el 21.06.1862, y el 2º en el Campamento de Draa-Es-Seyet, frente a Melilla, el 14.11.1863: “Habiendo S.M. El Rey de marruecos resuelto indemnizar a aquéllos de sus súbditos que tienen propiedades dentro del territorio cedido a España, a fin de hacer la entrega de dichas tierras a la Reina de España, a quien corresponde en pleno dominio y soberanía (sic), se ha convenido en que todos los súbditos de S.M. Marroquí que se hallen en territorio español y abandonarán sus propiedades de la Nación Española. Dichos súbditos marroquíes serán expulsados inmediatamente del territorio español. En fe de lo cual, los infrascritos lo han firmado por duplicado en el Campamento de Draa-Es-Seyet el 14 de noviembre de 1863. Firmado Francisco Merry Colomy El Abbas, a quien Dios guarde”.

Y sobre el chelja, como ustedes ya saben: es un idioma extranjero, y no entra en la cooficialidad en el Estado Español, como lo puedan ser el catalán, el gallego, euskera, o el bable. Pero si consultan el Estatuto de la Ciudad, en su art. 4º- H, dice: “La promoción y estímulo de los valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluralidad cultural y lingüística de la población melillense”, puede que les aclare alguna de las dudas que pudieran tener.

Yo, si me lo permiten, creo que cuando no se está informado de un tema y habla de ella en plan magister dixit, creo que es la demagogia la que sale a relucir y eso, la verdad, no cuadra en personas instruidas.

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