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Nota en Libertad

Una buena ley de Castilla la Mancha: Diga 33

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Una de las reformas estructurales pendientes de España es la reducción del número de entes públicos, políticos y administrativos, así como de personas dedicadas a la política o a la administración. Hay que hacer un esfuerzo de racionalización para evitar costes y duplicidades administrativas.


El número excesivo procede de la pluralidad de entes territoriales: ayuntamientos, organismos comarcales, diputaciones, Consejos insulares, etc. a los que se les ha superpuesto, por creación constitucional, las Comunidades Autónomas con sus respectivos parlamentos, gobiernos, administración autonómica y organismos autónomos y empresariales surgidos a su amparo; pero el exceso también nace del principio de autonomía funcional reconocido para cada nivel territorial. Para corregir esta saturación habrían de calcularse los costes de cada ente y adecuarlos a un modelo de reparto de funciones (y costes); es decir, se debe conocer, por razones de buena gestión económica, qué competencias tiene cada nivel territorial (empezando por el cierre de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas), cuánto se destina a gastos de organización y de personal, cuánto se debería destinar según sus funciones y lo que representa respecto al total de gastos e ingresos ordinarios para conocer su eficiencia.

Creo que las Comunidades Autónomas hacen su papel en la organización territorial del Estado y configuran una solución adecuada para la descentralización administrativa y para atender el deseo político de algunas regiones de tener una organización autonómica. Pero una cosa es lo que le apetece a los políticos, cuya tendencia al gasto puede llegar al infinito con respecto a los organismos, políticos y administrativos de su región, y otra cosa es lo que necesita el ciudadano, y, sobre todo, lo que de modo racional, puede pagar. Así pues, respetando las figuras existentes (aunque reconducibles en número de ayuntamientos y ajustes de diputaciones a entes técnicos) hay que afinar el tamaño de las organizaciones y el número de personas políticas o administrativas, incardinadas en ellas.

Durante esta legislatura se ha hecho algún esfuerzo pero los datos obrantes son inconcretos. La Comisión para la Reforma de las Administraciones Pública (CORA) va informando que se han hecho avances en la supresión de organismos y en la reducción del número de empleados públicos; dice que España está en la media de los países europeos, pero, evidentemente, hay que afinar los datos, y los esfuerzos, pues en España no puede perderse de vista que la tasa de paro es del 24% de la población activa, que el deterioro sufrido por los empleados del sector privado en los años de crisis no ha sido paralelo al del sector público y que el déficit público del 5,5% del PIB, significa que gastamos 55.000 millones de euros al año, más que los que ingresamos.

Sobre el número de personas que ostentan cargos públicos en España, sea por elección o por designación de confianza, hay datos, aunque no los creo fiables; dicen que hay más de 400.000 cargos públicos en España que representa más del doble de los que hay en Alemania para una población que es la mitad de Alemania. Si este dato es cierto, es urgente hacer el trabajo de adecuar el número de nuestros “políticos” a la media (dato estadístico) que existe en las organizaciones políticas democráticas avanzadas.

En esta misma línea cabe afirmar que hay un excesivo número de diputados en cada cámara regional. Pues bien, dentro del marco de esfuerzo para reducir costes de la estructura política, el Parlamento de Castilla La Mancha, a propuesta del PP, aprobó la ley 4/2014, de 21 de julio, que reformó su ley electoral, reduciendo el número actual de diputados, de 49, al nuevo 33. La nueva ley asigna 3 diputados a cada una de las 5 provincias y distribuye los 18 diputados restantes, entre las provincias, en función de la población provincial, lo que se concretará en cada decreto de convocatoria de las elecciones autonómicas. Esta reforma de la ley electoral, absolutamente elogiable, fue impugnada por 50 senadores socialistas ante el TC el cual ha dictado sentencia el 5 de febrero de 2015 en la que desestima el recurso de inconstitucionalidad. Esta ley reduce a 33 el número de diputados y cabe decir que es un ejemplo de buen hacer y debe ser un referente para las demás Comunidades Autónomas.

La sentencia no se detiene a debatir el porqué del mínimo de 3 diputados por provincia, porque no fue objeto de impugnación, ni tampoco sobre la distribución de los otros 18 diputados entre las provincias, según población, ni sobre los alegados “motivos ocultos”, partidistas, subjetivos, porque, como bien dice la sentencia, no pueden ser objeto del control objetivo jurisdiccional. La sentencia desestima la principal alegación de los recurrentes que decían que la ley infringía el principio constitucional de “representación proporcional”, que el art. 152.1 de la CE establece para las asambleas legislativas de las CCAA.

Así pues, la sentencia declara constitucional la ley que ha fijado en 33 el número de diputados autonómicos del Parlamento de Castilla La Mancha, reduciendo la dimensión de la Cámara porque esta reforma no infringe el sistema proporcional constitucional ni el pluralismo político ni daña el derecho a acceder a los cargos públicos en condiciones de igualdad.

CONCLUSIÓN: Una de las principales reformas estructurales pendientes en España es la de las administraciones públicas y organismos políticos para reducir su tamaño y el número de personas adscritas. La Comunidad de Castilla la Mancha aprobó la ley 4/2014 en la que ha reducido el número de diputados de su Parlamento que pasará de 49 a 33; es un 33% de “rebaja”, que está muy bien. El Tribunal Constitucional ha dictado sentencia confirmando la legalidad de esta reforma. Es un buen ejemplo que deberían seguir las demás Comunidades Autónomas para sus parlamentos autonómicos.

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