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Los ocho guardias civiles de la valla usaron la fuerza de manera “proporcionada y necesaria”

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Este mes de mayo está resultando especialmente intenso para los ocho guardias civiles que estuvieron imputados por su actuación en la valla durante un intento de salto a la valla de 300 inmigrantes. Después del auto judicial decretaba el archivo definitivo de la causa, y la doble condecoración que recibieron posteriormente del Ministerio del Interior y la Delegación del Gobierno, la Audiencia Provincial de Málaga ha emitido un nuevo auto que confirma el archivo del caso y respalda la intervención policial en todos sus aspectos. No en vano, considera que el empleo de la fuerza que hicieron los agentes es “proporcionado y necesario”, y que no hubo delito en las devoluciones de inmigrantes que llevaron a cabo en la valla fronteriza. MELILLA HOY ha tenido acceso a este nuevo auto de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede en Melilla, que llega tres semanas después del anterior, en el que rechazaba el recurso de apelación de las ONG denunciantes Andalucía Acoge, SOS Racismo del Estado Español, APDH-A y Prodein. Este nuevo auto se refiere al recurso de apelación presentado por la Asociación Coordinadora de Barrios, que había denunciado por separado.
Como ya había señalado en el anterior auto, la Audiencia Provincial señala las “numerosas irregularidades” que se dieron por parte del Juzgado de Instrucción número 2, dirigido entonces por el juez Emilio Lamo de Espinosa, a la hora de aceptar la denuncia de la Asociación Coordinadora de Barrios, debido a diversas deficiencias de forma. Entre ellas, no consta ratificación y la denominación de la asociación es diferente en los documentos presentados, lo que da lugar a “confusión”, por lo que el recurso no debió ser tenido por parte.

“No está legitimada”
La Audiencia cree, además, que esta ONG no está legitimada como acusación popular para solicitar en solitario que se abra juicio oral a los ocho guardias civiles, ya que el auto recurrido acordaba el sobreseimiento del caso, y eso era lo que también había solicitado el Ministerio Fiscal. Además, no había en este caso personación de la acusación particular y los bienes jurídicos protegidos carecen de naturaleza colectiva.
De todos modos, aunque se hubiera celebrado juicio oral, la Audiencia Provincial considera que “con total y absoluta seguridad”, se habría decretado “la absolución de los acusados”.
Y así lo explica en el auto, de 14 páginas, donde la Audiencia entra en el fondo del análisis y desmonta las acusaciones de la Coordinadora de Barrios hacia los ocho agentes, a los que consideraba responsables de presuntos delitos derivados del uso de la fuerza, delito contra la integridad moral, delito de impedimento por funcionario público del derecho de asistencia de abogado al detenido o preso, y delito de prevaricación.

Uso de la fuerza
Respecto al uso de la fuerza que hicieron los agentes, la Audiencia Provincial señala que fue “proporcionado y necesario en cumplimiento del deber impuesto legalmente de la protección de la seguridad de las fronteras” españolas. Los guardias civiles estaban “en el ejercicio de sus funciones” y afrontando “acciones violentas” contra ellos por parte de algunos de los inmigrantes.
Así, recuerda que las cámaras recogieron en los intentos de salto del 18 de julio, 13 de agosto y 15 de octubre de 2014 escenas como el lanzamiento de una camiseta en llamas, una patada contra el sargento Eduardo Lozano, que cayó desde la zona alta de la valla, y la “desobediencia reiterada y contumaz de algunos de los inmigrantes” a las órdenes de los agentes para que bajaran de la valla. Hasta el punto de que hubo guardias civiles que resultaron lesionados y se inició una investigación contra subsaharianos por supuestos delitos de atentado y lesiones, recuerda la Audiencia.
Este auto señala que el uso de la defensa de goma por parte de los agentes “constituye, en principio, un medio proporcionado en estos casos, frente a las personas que en modo deliberado y violento obstaculizaba la actuación policial” e “incluso empleaban fuerza contra ellas” para conseguir entrar de manera “ilegal” en España.
No hubo, por lo tanto, “extralimitación por parte de los agentes”, según la Audiencia Provincial.
Tampoco considera que se haya dado un delito contra la integridad moral de los inmigrantes, ya que los guardias civiles estaban cumpliendo su deber, tratando de desalojar la valla, cuya importancia “es notoria” en materia de seguridad exterior del Estado.
También señala que su intervención “estuvo sujeta a los requisitos de legalidad, proporcionalidad y racionalidad”. Considera que “no hubo abuso de las funciones inherentes al cargo, ni actos vejatorios o humillantes, ni comportamientos degradantes que incidan en la dignidad de la persona causándole padecimientos físicos o psíquicos”.
Y, sobre todo, destaca que los agentes no emplearon fuerza contra los inmigrantes que sí “obedecieron las órdenes emanadas de la autoridad”.

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Redacción

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