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Columna Pública

La historia trascendida

El pasado año 2013 nos sorprendió con la publicación de una monografía en tres tomos sobre la presencia española en Marruecos, en concreto en el protectorado, a cargo de una fundación de Iberdrola, circunstancia que ponía el acento en el escaso conocimiento existente hasta este momento y la pésima divulgación de los estudios sobre este hecho histórico, de ahí lo del título de la obra en tres tomos, la historia trascendida, supongo. Lo cierto es que a lo largo de estos tres tomos se pretendía proceder a un acercamiento a la historia del protectorado a través de varios enfoques o perspectivas, logrado en parte, aunque como suele suceder en estos casos, nos cuelan algunos artículos que nada tienen que ver con el tenor, a río revuelto ya se sabe.

En el tomo tres me ha sorprendido un artículo del diplomático español Ricardo Martí Fluxá sobre las relaciones hispano-marroquíes tras la independencia del reino alauita, tema polémico en sí que Fluxá intenta descomponer en varios apartados, uno de ellos sobre Ceuta y Melilla. La primera pregunta que a uno le viene a la cabeza es por qué se habla de dos ciudades españolas en un libro sobre el protectorado. La segunda, las razones que llevan a un diplomático a explicar la posición española en torno a las dos ciudades en términos de conflicto. Acierta Fluxá al entender que entre España y Marruecos existe un conflicto pero no da en la tecla apropiada, en mi opinión, a la hora de intentar descomponer ese conflicto en varios elementos.

Así, afirma el diplomático que las posiciones de Marruecos y España en torno a las dos ciudades son “berroqueñas”, en la medida en que han sido inmutables a lo largo de los últimos años. En realidad habría que hablar de siglos más bien, en la medida en que España lleva en Melilla más de 500 años. Pero bueno, pelillos a la mar. Fluxá afirma en su artículo que es difícil aproximarse al estudio de esta cuestión de forma fría y desapasionada, ¿en serio? ¿Es apasionado defender la aplicación del derecho internacional? Viniendo de un diplomático es grave esa afirmación, pues es un título jurídico, defendible en el ámbito internacional, lo que garantiza la soberanía española sobre las dos ciudades.

Dice el embajador que la españolidad de Melilla y Ceuta es “indudable e irrenunciable” aunque más tarde afirma que pese a ello, “basándonos en hechos objetivos” las ciudades presentan peculiaridades que complican su “normal administración”. ¿Justifica ello que debamos darles un trato particular en el ámbito de las relaciones hispano-marroquíes? Nada dice sobre ello el embajador aunque a continuación expone las diversas teorías que, sobre la gestión política y diplomática de este asunto, podrían ponerse sobre la mesa, desde posiciones entreguistas hasta la absurda teoría de los tres reyes. El artículo sobre este asunto finaliza afirmando que este “contencioso” enturbia las relaciones hispano-marroquíes. Bien, en primer lugar el contencioso lo plantea Marruecos a España, es unilateral, no bilateral o ¿acaso España ha generado un contencioso por mantener intacta la unidad de la soberanía nacional? Fluxá vuelve a resbalar sobre este asunto. Termina el despropósito del embajador comentando que “es difícil que el actual statu quo pueda mantenerse indefinidamente”, se supone que en torno a las dos ciudades, pues nada dice de la dictadura marroquí, defendida y respaldada desde España y Europa. Todos debemos cambiar menos Marruecos, vaya. Como traca final dice en el artículo que “conviene diseñar una política de actuación”, todas lo son por cierto, no existen políticas pasivas y que hay que diseñar “una hoja de ruta”, aunque no dice ni para qué, ni cómo, ni con qué propuestas.

Como vemos, el embajador cae en su artículo en todos los tópicos existentes en torno a Ceuta y Melilla, la mayoría creados en España, por cierto. Es evidente que existe un problema en torno al tratamiento de esta cuestión en nuestro país. Marruecos nunca ha cambiado su posición, es lineal en el tiempo. En España, por el contrario, son varias las propuestas que se han hecho y muchas las disensiones de la posición oficial, alterando el estatuto jurídico de ambas ciudades, bastante claro desde el punto de vista del derecho internacional. Sin duda es una debilidad, como lo es que gran parte de las propuestas entreguistas o la tibieza en el tratamiento de esta cuestión se haga desde el ámbito político, el diplomático y el académico, como son los polémicos casos de los profesores Bernabé López y Miguel Hernando de Larramendi. Siendo claro el estatuto jurídico nacional e internacional de las dos ciudades, uno se pregunta por qué surgen posiciones poco claras sobre este asunto. La clave, me temo, radica en la incapacidad de los gobiernos españoles para afrontar y neutralizar los postulados y objetivos de la política exterior marroquí, y esto es algo que puede rastrearse desde el período de la dictadura franquista hasta la actualidad. La incompetencia y la incapacidad para enfrentarse al nacionalismo marroquí, es pasmosa, y generará nuevos problemas en el futuro. Por cierto, afirma Fluxá sobre el Sahara Occidental que la posición española al respecto entraña “dificultad”. ¿De verdad? ¿Tan difícil es defender el derecho internacional? Yo siempre he pensado que lo difícil es buscar una justificación para su violación. En España debemos ser diferentes por tanto.

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