Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Logo de Melilla hoy

El Rincón de Aranda

Pedimento de ratificación como patrona de Melilla a la Virgen de la Victoria (XI)

melillahoy.cibeles.net fotos 1380 Juan Aranda web

Al margen. Ad perpetuam rei memoriam=(Para el recuerdo de la cosa)=Ratificación y Voto= In Dei nomine, amén. Sepan cuantos este instrumento de ratificación vieren, como nos D. Antonio de Villalva y Angulo, Mariscal de Campo de los Reales Ejércitos de S.M., Gobernador de lo Político y Militar de esta Plaza de Melilla. D. Joseph de Ossorno, …

…Comisario Real de Guerra, Veedor, Contador y Ministro de la Real Hacienda, D. Francisco de Alva (sic) Teniente Coronel de Infantería y Sargento Mayor. D. Francisco del Toso, y D. Jacinto Obal, Capitanes de su Dotación por nosotros, y en nombre del Estado Mayor, sus naturales, vecinos y residentes, que aquí firmarán la mayor parte, y por los demás prestamos voz de rato en forma. Otorgamos que conocemos por nuestra Patrona, amparo, protectora de esta Ciudad a María Santísima de la Victoria, así por los motivos que constan de estos autos, y los que separadamente nos demuestra la frecuente experiencia de sus Piedades, como por la esclavitud de nuestro reconocimiento y en su virtud en aquélla vía y forma que más haya lugar en derecho, ratificamos, juramos, y de nuevo hacemos el competente nombramiento con las cláusulas, voto, sumisiones y obligaciones que comprende el Pedimento que está por cabeza y ha sido leído públicamente, por el presente escribano de que da fe y todas las circunstancias que contiene (que en caso necesario repetimos en este instrumento) por el cual estaremos, y confesaremos desde ahora para siempre que es Nuestra Patrona dicha Señora y como a tal pedimos y encargamos a nuestros sucesores, hijos, nietos y descendientes conserven, voten, juren y ratifiquen este nombramiento, sin revocarlo en manera alguna anualmente en el día que prevenga la Orden del Rey Nuestro Señor, y a consecuencia de esto, y de los innumerables prodigios, milagros y clemencias de Nuestra Madre y Patrona Maria Santísima de la Victoria y de los beneficios que ha recibido este vecindario en el pasado tiempo, y en el presente con la singular preservación de los temblores de tierra que quedan leídos, y lo demás que aquí hacemos por expreso, sean sus especiales devotos dedicándose a su culto, realce y defensa de su Purísima Concepcion y de su Santísimo Nombre, como nuestros y cada uno in solidum (solidamente), lo ofrecemos y juramos pidiendo como humildemente pedimos al Rey Nuestro Señor que Dios Guarde se digne aprobar este acto, y por uno de su fervorosa piedad asignar la limosna que fuere de su Real agrado para el fin que se cita en dicho Pedimento y su distribución y método de celebridad anual, y reiterando como reiteramos esta dicha obligación con especial cláusula de irrevocable por lo que a este vecindario toca, nos humillamos y pedimos tiernamente a esta Señora y Nuestra Patrona, admita los cordiales afectos de sus esclavos continuando su especial amparo, y que siendo escudo de esta Plaza prospere principalmente la salud de nuestro Invicto Rey y Reina, dando a esta Monarquía felices sucesos, lo cual rendidamente a sus pies como amantes hijos le suplicamos, y que nos conceda a los presentes, nuestros sucesores, descendientes, naturales y moradores de esta Plaza los frutos de su bendición, constancia en la fe, paz, Victoria contra los Infieles, buenos temporales, preservándonos de hambres, pestes, Guerra, incendios, terremotos para que eternamente le alabemos y merezcamos verle en la Gloria, y asi lo otorgamos, y sujetamos a esta ratificación todas aquellas clausulas disposiciones y solemnidades que sean necesarias en semejante asunto, para que tenga la formalidad y validación inviolable perpetuamente, e irrevocable=Y a la firmeza y cumplimiento de todo lo referido, y que está expresado desde el primer Pedimento hasta la fecha de este Instrumento, obligamos nuestros bienes, sueldos, y rentas, pues en todas, y cualesquiera circunstancias, y acontecimientos hemos de defender y defenderemos dicho nombramiento inmemorial y la ratificación actual que va fecha renunciando como renunciamos cualesquiera leyes, fueros y derechos de su favor que en este caso nos competa, y desde luego hacemos sumisión en forma al Rey Nuestro Señor que Dios Guarde, y a otro Señor Juez que legítimamente deba conocer y conozca de estos autos para que nos compela a su observancia, y en su virtud los señores otorgantes a quienes doy fe, que conozco estando juntos en concurso general en esta Plaza Mayor de la Ciudad de Melilla; lo firmaron y los demás que abajo lo harán siendo testigos D. Francisco de los Reyes, Presbítero, Capellán del Regimiento de Infantería de Toledo, D. Miguel de Saavedra Capitán Comandante de los Piquetes del citato Regimiento, D. Juan de Uretta Capitán de Granaderos, D. Raphael Maroto, y D. Alfonso Gadea, Capitanes de él. D. Pedro Mendoza guarda almacén de Artillería; y D. Juan Diaz Subteniente de Artillería de la Plaza de Ceuta. D. Bernardo González, Factor principal, D. Juan de Arriaga, D. Manuel Echeverri; y factores de la Provisión de Plaza. (Siguen las firmas)=Antonio de Villalva y Angulo=Firmado y rubricado=Joseph de Ossorno=Firmado y rubricado=Francisco de Alba=Firmado y rubricado=Francisco del Toso=Firmado y rubricado=Jacinto de Obal=Firmado y rubricado=Matheo Morales=Firmado y rubricado=Miguel Ignacio Alvarez de Perea=Firmado y rubricado=Juan de Arriaga=Firmado y rubricado=Manuel Echeverri=Firmado y rubricado.- Ante mí=Antonio Díaz Morán.

Total once firmas, una ilegibles.

Transcripción y notas.- (Continuará)
José Luis Blasco López y Juan Jesús Aranda López

Loading

Más información

Scroll al inicio

¿Todavía no eres Premium?

Disfruta de todas
las ventajas de ser
Premium por 1€