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Estos son los nuevos requisitos para conducir un patinete eléctrico en Melilla

La Consejería de Seguridad Ciudadana en Melilla ha presentado una nueva ordenanza para regular los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como los patinetes eléctricos. La edad mínima para conducirlos sería de 16 años, con la posibilidad de que los de 15 años con permiso para ciclomotores también los conduzcan. Se establece el uso obligatorio de casco y se requerirá un seguro de responsabilidad civil. También se prohíbe circular bajo los efectos del alcohol o usando el teléfono móvil, y se establecen sanciones de entre 100 y 500 euros por incumplimiento. El borrador de un nuevo reglamento para la Escuela de Seguridad Pública también se ha enviado a los grupos políticos para su revisión y aportes.
Ventura

La Consejería de Seguridad Ciudadana ha desgranado cada uno de los puntos que se recogen en la nueva ordenanza de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), de los patinetes eléctricos, que pasará próximamente por pleno de la Asamblea para su puesta en marcha definitiva que, según ha apuntado el titular del área, Daniel Ventura, tendría lugar en el mes de mayo.

Entre los requisitos que se recogen en esta nueva ordenanza, que tiene como fin principal favorecer la seguridad vial y garantizar la circulación de los vehículos de movilidad personal de una forma «correcta, adaptada y segura», destaca que la edad mínima para conducir este tipo de vehículos -de una o dos ruedas, con una única plaza y con una velocidad máxima de 25 km/h- se sitúa en los 16 años. No obstante, las personas con 15 años de edad también podrán conducirlos siempre y cuando estén en posesión del permiso de conducir de ciclomotores (AM).

El casco de protección será de uso obligatorio para la conducción de este tipo de vehículos. Si bien, Ventura matiza que están «abiertos» a los nuevos reglamentos que se elaboren con respecto a dicha medida por parte del Gobierno central.

Otro aspecto importante que se incluye en esta nueva ordenanza es la obligatoriedad de disponer de un seguro de responsabilidad civil ante terceros para cubrir la indemnización de carácter subsidiario por los daños y perjuicios derivados del uso de estos vehículos.

Del mismo modo, el consejero de Seguridad Ciudadana ha señalado que se han integrado todos aquellos aspectos que estaban regulados en la normativa nacional, tales como la prohibición de circular con tasa de alcohol superiores a la permitida, del uso de teléfono móvil, de circular más de una persona en el vehículo o conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido.

Altura mínima, luces de visibilidad y zonas donde no se permite la circulación

El conductor deberá llevar una luz de posición delantera y otra trasera en su vehículo siempre y cuando circule cuando haya poca visibilidad, ya sea de noche o con niebla. Asimismo, deberá portar un prenda reflectante con la que identificarse.

No se permite el transporte de mercancías ni animales en este tipo de vehículos, a excepción de aquellos vehículos que se dediquen a tal fin.

La altura mínima permitida para circular en este tipo de vehículos se sitúa en 1,40 metros para poder favorecer su visibilidad. En el caso de que no se pueda cumplir este requisito, el conductor deberá portar un banderín de seguridad acoplado al vehículo que alcance una altura mínima de 1,50 metros.

La circulación del patinete eléctrico queda excluida por aceras, parques o por vías peatonales, además de aquellas zonas que se irán delimitando más adelante y en las que se permite el estacionamiento de dichos vehículos.

Las sanciones que se aplicarán a todos aquellos conductores que infrinjan estas nuevas normas oscilarán entre los 100 y los 500 euros, siendo 100 las infracciones más leves, 200 las graves, y 500 las muy graves.

Ventura recuerda que, desde el 22 de enero del presente año, los vehículos de movilidad personal que se comercialicen deberán estar certificados para su uso. En este caso, en la página de la Dirección General de Tráfico (DGT) se pueden consultar todos los modelos que a día de hoy, ya cumplen con todos los requisitos obligatorios. Los vehículos de movilidad personal comercializados hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque  no dispongan de certificados. A partir de dicha fecha solamente lo podrán hacer aquellos vehículos que cuenten con la certificación y que cumplan con todos los requisitos en el manual de características de los vehículos de movilidad personal.

PLATERME

Por otro lado, el consejero de Seguridad Ciudadana avanza que están trabajando en la revisión y actualización del Plan Territorial de Protección Civil de Emergencias de Melilla (PLATERME), que tiene por objeto hacer frente a diferentes emergencias generales que puedan afectar a la ciudad, tales como terremotos o tsunamis, estableciendo una estructura y coordinación de todos los recursos disponibles en la ciudad, ya sean de la propia administración o de otras administraciones que también participan en dicho plan, e incluso de entidades públicas o privadas. Actualmente, se trabaja en la disponibilidad de los recursos que puede aportar cada organismo en el caso de que tenga lugar algún tipo de emergencia.

Por último,  adelanta que han remitido a los diferentes grupos políticos en la Asamblea el borrador del reglamento de la Escuela de Seguridad Pública para que realicen sus respectivas aportaciones al mismo. El objetivo de dicho borrador es que se pueda llevar a cabo una formación de los nuevos policías, bomberos y agentes de Protección Civil, así como que estos cuerpos de seguridad reciban una formación «continua y especializada».

 

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Miguel Rivas

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