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El rincón de Aranda

Yo también quiero que Mohamed VI pida perdón a Felipe VI (4ª)

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1º Se volverán a colocar postes en los puntos que señalaron los Ingenieros españoles y marroquíes en el Acta Internacional que levantaron el año pasado de 1862 en cumplimiento del Artículo 2º del Convenio de 1859, confirmado por el Artículo 5º del Tratado de Paz de Tetuán. Los que arranquen o destruyan estos postes serán severamente castigados y el poste destruido será repuesto por el Bajá del Rif con asistencia del Gobernador de Melilla, o de un Delegado suyo.

2º Habiendo S. M. el rey de Marruecos resuelto indemnizar a aquéllos de sus súbditos que tiene propiedades dentro del territorio cedido a España, a fin de hacer la entrega de dichas tierras a S. M. la Reina de España, a quien corresponde en pleno dominio y soberanía, se ha convenido en que todos los súbditos de S. M. Marroquí que se hallen en aquél caso saldrán del territorio español y abandonarán sus propiedades que pasarán a ser propiedad de la Nación Española. Dichos súbditos marroquíes serán expulsados inmediatamente del territorio español.

Las autoridades españolas de Melilla no les consentirán bajo ningún pretexto, que se establezcan de nuevo en ellas, pues esto pudiera ser motivo de disturbios en la frontera. En este punto quedarán las cosas en Melilla en el mismo estado que se hallan en Ceuta.

3º A fin de evitar las cuestiones a que necesariamente daría lugar la entrada de los moros del campo para visitar la mezquita que hay dentro de los límites en el lugar llamado Santiago, dicha mezquita será destruida y arrasadas las higueras y chumberas que la rodean. La destrucción de la mezquita y limpia de del terreno circunvecino se hará por las tropas marroquíes o por los habitantes de las tribus.

4º Los súbditos marroquíes no podrán, bajo ningún concepto, entrar armados en territorio español fronterizo a Melilla. El Ministro de España declara que el contraviniese a esta disposición después de haberse puesto en ejecución el presente acuerdo, perderá sus armas, que quedarán en poder de las autoridades españolas. En fe de lo cual, los infrascritos lo han firmado por duplicado en el Campamento de Dra-es-Seyet a 14 de noviembre de 1863. Firmado, Francisco Merry Colom. Firmado, El Abbas, a quien Dios guarde”. La demarcación de la línea divisoria trazada por el Acta de 22 de junio de 1862, se llevó a efecto inmediatamente después de firmado el acuerdo de 14 de noviembre de 1863, colocando los postes o mugas marroquíes a presencia de los Comisionados nombrados con este objeto por los dos países, según aparece publicada en la Gaceta de Madrid de 29 de noviembre del mismo año”.

Dicho esto, y prosiguiendo con el tema principal de estos artículos, como son los “Perdones entre los Reyes”, en Monte Arruit se erigió un monumento a la memoria de muchos de los caídos en la rendición. Existen varias fotografías de color sepia, donde se puede leer: “A la memoria del comandante D. Wenceslao Sahún Navarro; Teniente de Intendencia D. Ricardo Iglesias González; soldado de Ingenieros D. Jesús Díaz Collado; cabo Cesáreo Iglesias; soldados Claudio de Rosas, José Bernabé y Gregorio Escudero. Los paisanos D. Manuel López Vega, D. José Pérez Alonso y D. Juan Moreno Aragonés. Que defendiendo este edificio desde el 24 de Julio hasta el 2 de Agosto de 1921, sitiados por los rifeños dieron sus vidas por la Patria. La Brigada Disciplinaria a sus heroicos compañeros. Año de 1922”.
(Continuará)

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