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Varias familias afectadas por la admisión de sus hijos en el Enrique Soler denuncian el “cambio” repentino de la lista definitiva de admitidos

Enrique Soler

Aseguran que se modificó la lista definitiva de un día para otro con el siguiente pretexto: «La D. P. no puede, en resolución de las reclamaciones que prevé el artículo 17.13 de la Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, aceptar valoraciones del criterio de renta solicitadas o alegadas por primera vez en fase de reclamación a las listas provisionales»., pudiendo comprobar posteriormente que “no existe artículo 17.13 en dicha Orden, y que no habla del tema de rentas en ninguno de sus artículos”.

En nota de prensa remitida a este medio, varias familias que solicitaron en mayo la admisión de sus hijos en el CC Enrique Soler, manifiestan que tras terminar el plazo de solicitud del citado proceso de admisión, salieron publicadas las listas provisionales, y en ellas “ya vimos que no se nos habían contado los puntos de rentas”.


Alegaciones
Tras esta publicación, y antes de presentar las correspondientes alegaciones a las mismas, se personaron en la secretaría del centro para informar de lo sucedido y ver si en la alegación correspondiente podían introducir las rentas.
“El centro nos instó a que realizáramos las alegaciones pertinentes, y aportáramos las rentas, que se tendrían en cuenta para la confección de las listas definitivas”, aseguran.
Pasado el correspondiente plazo para alegar a las listas provisionales, se publican las listas definitivas, donde pudieron comprobar el nombre de sus hijos e hijas admitidos, con sus correspondientes puntos por rentas.
Al día siguiente de esta publicación, las familias apuntan que estas listas ya no se encontraron publicadas en la web del centro, pasando a publicarse al día siguiente unas nuevas listas definitivas, en la que nuevamente les quitaron los puntos de rentas, (aunque no a todos).
Junto a ellas también se publicó una nota informativa, indicando: «La Dirección Provincial no puede, en resolución de las reclamaciones que prevé el artículo 17.13 de la Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, aceptar valoraciones del criterio de renta solicitadas o alegadas por primera vez en fase de reclamación a las listas provisionales», pudiendo comprobar que “no existe artículo 17.13 en dicha Orden, y que no habla del tema de rentas en ninguno de sus artículos”, puntualizan.
Interponen entonces un recurso de alzada ante la Dirección Provincial de Educación en Melilla, pero la Dirección Provincial “deja pasar todo el plazo que tiene para resolver los recursos, 3 meses nada menos, siendo todos ellos desestimados”, insisten.

Vía judicial
Estas familias, irán al Contencioso Administrativo, para que decida si el procedimiento ha sido conforme a ley o si se han producido irregularidades en el mismo y para aclarar si en esta última lista definitiva se vieron intereses de terceros afectados o se procedió directamente a un «cambio» de listado definitivo por parte de la Dirección Provincial de Educación.
Han intentado en varias ocasiones reunirse con el Director Provincial de Educación en Melilla, Juan Ángel Berbel para poder hablar sobre el tema de los ratios de los colegios, y ver la opción más que factible de poder ampliar el ratio del CC Enrique Soler, “teniendo siempre una negativa por su parte, ni siquiera para escucharnos”, aseguran.

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Rosa Mª Martínez

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