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Segundo recurso de CPM: Pide anular las elecciones del 28-M invalidando todo el voto por correo

CPM alega que no hay dudas de que “se ha producido una alteración del normal desarrollo del proceso electoral” porque la Junta Electoral “ha querido suplantar la voluntad del legislador orgánico” al exigir el DNI a mitad de campaña

Después de ver cómo la Junta Electoral de Zona (JEZ) desestimaba su primer recurso contra el escrutinio general de las elecciones del 28 de mayo, Coalición por Melilla (CPM) ha presentado este lunes un segundo recurso, esta vez ante la Junta Electoral Central (JEC), en el que pide que “declare la nulidad del voto por correo emitido en estas elecciones y, por tanto, la anulación de las elecciones a la Asamblea de Melilla”. El recurso, al que ha tenido acceso MELILLA HOY, se basa en que “se ha producido una alteración del normal desarrollo del proceso electoral” por cambiar el sistema del voto por correo a mitad de campaña, además de que la jornada electoral, según CPM, “estuvo salpicada de irregularidades, invalidantes o no”.

En su escrito, CPM cree que es “indudable” que “se ha producido alteración del proceso electoral”, sin hablar de “sospechas, hipótesis o especulaciones”, porque más de la mitad de los solicitantes de voto por correo no votaron y, entre los 5.814 que sí emitieron su voto, “unos lo han hecho bajo unas condiciones y otros miles bajo otras”.
“Todo en el mismo proceso electoral y bajo una única fundamentación: sospechas”, agrega CPM, cuyo representante recalca que todo ello “con investigaciones en curso y secreto de actuaciones”, al tiempo que se pregunta “cómo se puede introducir “investigación avanzada” como argumentación justificativa”.
Para CPM, la resolución de la JEZ el 17 de mayo exigiendo el DNI a la hora de emitir el voto por correo, y la de la JEC ratificando la medida al día siguiente, “exceden de las competencias que les viene asignadas” por la Ley Electoral y “dicen lo que la ley no decía”.
“Es más, han querido suplantar la voluntad del legislador orgánico”, insiste CPM, convencido de que “no había ni hay nada que interpretar, sino aplicar la ley”. Por ello, cree que la Junta Electoral “innova, crea derecho de manera discrecional y arbitraria, cuando no hay “caso difícil”, cuando no hay controversia sobre la aplicabilidad de la norma”. Y ello, pese a ser “un órgano administrativo, un operador jurídico también, no un órgano jurisdiccional”.
Para CPM, tanto la JEZ como la JEC han ejercido en este caso como “un órgano administrativo que legisla (sic) en materia de reserva de ley y que lo hace vulnerando y quebrando, entre otros, el principio de igualdad”.
En su segundo recurso, la formación cepemista sostiene que la medida de exigir el DNI en el voto por correo a mitad del proceso electoral elimina la seguridad jurídica porque “un órgano que no tiene esa potestad cambia e innova la norma que lo regula”.
Cree que le da la razón el hecho de que el juzgado que estaba llevando la investigación adoptó como “única medida “limitar a cuatro el número de sobres de documentación electoral con el voto que cada persona podía entregar”, a pesar de que podría haber adoptado otras.

“Irregularidades” el 28-M

Al margen de la medida del DNI sobre el voto por correo, CPM también basa su petición de anular las elecciones del 28-M en las “irregularidades” que, según afirma, se dieron durante la jornada electoral.
Así, asegura que en la jornada electoral “el acto de la votación estuvo salpicado de irregularidades, invalidantes o no, pero irregularidades, llegando a la máxima expresión en torno al voto por correspondencia”. Así, se refiere a “instrucciones de la Policía Local”, además de al hecho de que hubo mesas donde introdujeron el voto por correo por la mañana y no al cerrar el colegio electoral.
Además, señala que hubo “votos “sospechosamente manipulados”, como consta en el acta”, y colegios electorales que “sin razonamiento alguno, cierran más tarde de la hora prevista, bajo la pretendida consulta, que solo hicieron dos colegios, pero no los demás”. Y se refiere al hecho de que hubiera sobres de colores diferentes, más allá del voluntarismo, pues había más sobres distintos a los validados por la JEZ”.
Todo ello, según el recurso de CPM, “salpica, en definitiva, la ‘calidad democrática del sistema político’ en un proceso electoral”.

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Redacción

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