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El rincón de Aranda

Pedimento de ratificación como patrona de Melilla a la Virgen de la Victoria ( IV )

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AUTO: “En la ciudad y Plaza de Melilla en veinte y cuatro de enero de mil setecientos cinquenta y seis años. El señor Don Antonio de Villalva y Angulo, Mariscal de Campo de los Reales Ejércitos, Gobernador de lo Político y Militar de ella (sobreescrito “esta”). Habiendo visto la pretensión del Estado Mayor, demas oficiales, vecinos y naturales de esta Ciudad, … …dirijida al más piadoso fin de nombrar por única Patrona de ella a la Soberana Reina de los Angeles María Santísima de la Victoria, Nuestra Señora y Madre, obligados de los repetidísimos notorios beneficios que mediante su altísima proteccion han logrado de la Magestad Divina y considerando cuan útil es tener la Poderosa Patrona, desea su Señoría, como su más humilde amante hijo concurrir a los debidos obsequios a esta Emperatriz Divina, y para ello mando se haga la Convocatoria para el expresado nombramiento en la forma pedida y la que previene el Fiscal en su respuesta quedando a disposición de Su Señoría dar las ordenes competentes a las precauciones y seguridad del concurso durante dicho Auto el cual con debida solemnidad se celebre el día veinte y ocho del presente mes (enero de 1756) a las tres de la tarde en la plaza pública al toque de la Campana de la Vela o Gobierno, a lo que Su Señoría asistirá, y presidirá en forma debida y en igual modo se practique el acuerdo, y otorgamiento del competente instrumento aclamando todos a María Santísima de la Victoria por Nuestra Singular Patrona y Defensora de este Pueblo con las modestas ceremonias, que acrediten la devoción y gratitud; y respecto al particular que con esta Señora manifiesta tener el Señor don Joseph de Ossorno, Comisario Real de Guerra, Veedor, Contador y Ministro Principal de la Real Hacienda y Marina, cuyos esmeros tiene acreditados en la solicitud de las funciones que a su costa un día, y a la del vecindario en los de la Novena, procesiones., hacimiento de gracias, ha agenciado para el culto a Nuestra Patrona, pasese el recado politico que corresponde a dicho señor a fin de que disponga que por los Reales Oficios de su cargo se ponga la certificación que cita el final, y dicha diligencia se entiende tambien para su concurrencia a la Junta en el modo y forma que expresan los Pedimentos del Estado Mayor, y vecinos y el de la respuesta fiscal, observándose en lo demás de dicho acto las coartaciones que expresa para obviar articulos de Jurisdicción mediante a no tener roce con la Eclesiástica, y ser asunto practicamente de la que Su Señoría ejerce Privativa y Militar de su Gobierno.=Y por este su Auto así lo proveyo, mando y firmo= Su S., de que Doy fe. Ante mí, Antonio Díaz Morán= Antonio de Villalva y Angulo. (firmado y rubricado)
En vista del pedimento del Estado Mayor, oficiales, vecinos y naturales de esta Plaza con que principian estos Autos; parecer del Fiscal y proveído contecedente todo en razón de hacer y ratificar el nombramiento de Patrona de esta Ciudad en Nuestra Madre, y Señora de la Victoria, debo concurrir gustoso a tan loable acto, cuando los conocidos beneficios que esta Soberana Reina ha obrado en esta población, libertándola de los estragos que(…..)en España, y África han experimentado con los temblores de tierra, llama toda atencion y celo cristiano a confesar el agradecimiento, manifestando en las obras, los amores que todo el vecindario tiene a este Divino Simulacro y pocos como yo podrán asegurarlo con tan sólido fundamento, como acabar de ver sus magnánimos corazones, dedicados al culto reverente de un solemne Novenario en hacimiento de gracias, franqueándome de sus cortos caudales cuanto fue preciso a satisfacer los gastos de tener expuesto a S. M. Sacramentado por mañana, y tarde, todos nueve días, procesión de rogativa el primero, y de gracias con sermón el último, que para la cortedad de este recinto se prueba bien, obras son amores.

Quieren ahora, y Yo con ellos quiero, por mi, y mis dependientes de Veeduría, Hospital, Marina y Maestranzas, hacer, y ratificar solemne nombramiento de Patrona ad perpetuam rei memoriam en Nuestra Señora de la Victoria, fundado en no encontrarse el que considera harían nuestros antecesores, y certificando, como certifico, que por más diligencias que he hecho en mi archivo, no hallo este instrumento,lo hago también existir en él, dos Cédulas de S.M. firmadas de su Real mano, dada la primera en seis de marzo de mil setecientos y tres, en que haciendo merced del que de una ración diaria dice así: “Habiéndome representado el Capitan don Joseph López de la Mota, Mayordomo de la Hermandad de Nuestra Señora de la Victoria, Patrona de la Plaza de Melilla. Y la segunda con fecha diez de Julio de mil setecientos, y trece, concediendo una ración a la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario, refiere: como se hizo con la de Nuestra Señora de la Victoria Patrona de dicha Plaza: y aunque estas dos Reales Cédulas , tienen suficiente fuerza a mantener el titulo de Patrona a esta Imagen, conozco claramente que el devoto fervor de este vecindario, es una viva llama que perennemente arde en sus sagradas(…..), y deseosos de comunicar este fuego, a sus hijos, nietos y descendientes, aspiran a que se practique nuevamente con aquéllas cláusulas, método, formalidad y requisitos que sean necesarios y prescriban perpetuidad, asegurados de la conocida protección que confiesan en su petición han experimentado en hambres, epidemias, sitios, tempestades e incendios; y para que se venga en pleno conocimiento de él con que hablan en estas lamentables tragedias, referire sucintamente algunas, sacadas de las noticias que existen en estos oficios de mi cargo, a fin que resulte en mayor honra, y gloria de María Santísima de la Victoria, Nuestra Patrona que sea eternamente Alabada y Venerada. (Continuará)
José Luís Blasco López y Juan Jesús Aranda López

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