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El despacho de abogados ha firmado un convenio con el centro que lleva a cabo las pruebas

Lazaar Abogados informa del nuevo trámite para solicitar la nacionalidad

melillahoy.cibeles.net fotos 1362 Rachid Mohamed

El despacho de abogados, Lazaar Abogados, informó en un comunicado que a partir de mañana entrará en vigor un nuevo procedimiento para solicitar la nacionalidad española. Los letrados de la empresa, expertos en la materia, explican el nuevo procedimiento y las novedades de la nueva norma.

Este jueves, 15 de octubre entrará en vigor la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, que conlleva la regulación del procedimiento para la obtención de la nacionalidad española por residencia. Esta reforma supone que las personas interesadas en solicitar la nacionalidad deberán acreditar un conocimiento de la lengua española de nivel A2 en el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas y un conocimiento de la constitución y de la realidad social y cultural españolas. En un comunicado, el despacho de abogados recuerda que están exentas de la superación de estos exámenes, los menores de edad, las personas tuteladas y las personas con la nacionalidad de países o territorios en los que el español sea el idioma oficial. Ambas pruebas son diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes y en Melilla, el centro encargado de realizar estos exámenes es CentrosD2. Para superar la prueba que acredita el conocimiento de la Constitución Española y de la realidad social y cultural españolas (y obtener la calificación de APTO) es necesario responder correctamente a 15 de las 25 preguntas, lo que significa el 60% de las mismas, el mismo criterio que presenta el Sistema de Evaluación y Certificación de los Diplomas de Español DELE. Así, dicha prueba se realiza el último jueves de cada mes, a las 18.00 horas. Lazaar Abogados y Centros D2 Lazaar Abogados se encarga de la gestión completa de todo el procedimiento para adquirir la nacionalidad de quienes los soliciten. De esta manera, el despacho cuenta con una gran experiencia y un equipo de abogados expertos en la materia. Asimismo, en lo referente a la formación el despacho de abogados acaba de alcanzar un acuerdo de colaboración con el prestigioso Centro de Formación Centros D2. Falta de reglamento Desde Lazaar Abogados mostraron su preocupación ante la falta del reglamento que debe desarrollar la nueva ley y es que da lugar a varias situaciones de incertidumbre. Por un lado, según la propia ley la tramitación del procedimiento tendrá carácter electrónico y su instrucción corresponderá a la Dirección General de los Registros y el Notariado (DGRN). Sin embargo, a día de hoy el Ministerio de Justicia no ha implantado una plataforma para la tramitación electrónica de los expedientes de nacionalidad, y se desconoce cómo se realizarán esos trámites: «realmente no sabemos si tenemos que seguir acudiendo al Registro Civil para tramitar los expedientes, ni cuál será la función de éstos, ya que la instrucción corresponderá a la DGRN», aseguran desde la empresa. El otro problema con el que ven desde el despacho de abogados es el de la limitación al acceso a la nacionalidad de aquellas personas que acreditando un suficiente grado de integración en la sociedad española, “tengan una avanzada edad y sean analfabetas, con pocas posibilidades de acreditar un nivel A2 de español”. Lazaar Abogados recuerda que hasta ahora el Tribunal Supremo reconocía que “la integración social no deriva exclusivamente del nivel de conocimiento del idioma, sino de la armonización del régimen de vida del solicitante con los principios y valores sociales, el grado de implicación en las relaciones económicas, sociales y culturales, así como el arraigo familiar». Otras novedades de la ley Lazaar Abogados también informó que desde mañana la inscripción de los recién nacidos se realizará directamente desde los centros sanitarios, a modo de «ventanilla única» donde los padres, asistidos por los facultativos que hubieran asistido al parto, firmarán el formulario oficial de declaración al que se incorporará el parte facultativo acreditativo del nacimiento, que se remitirá telemáticamente desde el centro sanitario al Registro Civil. Por ello, ya no será necesario acudir personalmente a la Oficina de Registro Civil para realizar la inscripción del nacido.

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Redacción

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