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La Junta Electoral Central avisa a todas las Oficinas de Correos de España del posible fraude en Melilla

La Junta Electoral Central (JEC) corrige su decisión inicial y no solo respalda a la Junta Electoral de Zona sino que acordado extender a todas las Oficinas de Correos de España la obligatoriedad de exigir el DNI o pasaporte y presentarse de manera presencial a todos los electores que han decidido votar por correo en Melilla, para evitar un fraude electoral en nuestra ciudad tras las denuncias realizadas por distintas formaciones de una posible «compra de votos» y por los robos de documentación electoral sufrida por varios carteros de dicha localidad. Esta determinación evitará que cualquier persona puedan llevarse sacas repletas de votos a otros puntos del país para enviarlos desde allí a Melilla y con ello sortear la prohibición de la Junta Electoral de voto presencial en la oficina melillense.

Según la resolución adoptada este jueves por el órgano electoral, la JEC no solo ha ratificado el acuerdo alcanzado por la Junta Electoral de Zona para exigir estos requisitos en la Oficina de Correos de Melilla, sino que desde este jueves también extiende la medida a todas las oficinas del país, para evitar que nadie se lleve a oficinas de Correos de otros puntos de España votos que no son suyos para su remisión a Melilla y de este modo sortear la prohibición local.

«La JEC -ha recogido el auto judicial- considera que la gravedad que supone la posibilidad de un uso fraudulento del voto por correo en la ciudad de Melilla aconseja adoptar estas medidas extraordinarias», ya no solo en Melilla sino también a partir de ahora en el resto de España para el caso concreto de votos de correo dirigidos a las elecciones de Melilla.

«Deberá exigirse la identificación personal del elector mediante DNI, pasaporte u otro documento de identificación válido, en el momento de la entrega de la documentación que contenga su voto», ha indicado, obligando de este modo a que cada elector pueda entregar únicamente su voto y no, como sucedía hasta ahora, que única persona pudiera llevar un puñado de papeletas de otras personas si así lo decidía. «Esa misma identificación personal del elector se exigirá en el resto de oficinas de Correos del territorio nacional cuando se trate de documentación electoral dirigida a alguna de las Mesas de la Ciudad Autónoma de Melilla» ha recalcado.

De igual modo, ha confirmado igualmente que aquellos electores que solicitaron el voto por correo y se vean impedidos de comparecer personalmente en la Oficina de Correos por una causa justificada, podrán solicitar a la Junta Electoral, mediante comparecencia personal o correo electrónico a la dirección [email protected], autorización para que la entrega sea realizada por otra persona a su ruego, «aportando la documentación acreditativa que haya impedido realizar al elector dicha comparecencia personal, no pudiendo aceptar la Oficina de Correos dicha documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización».

Este acuerdo, para su cumplimiento inmediato, se ha trasladado a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, a la Dirección General de Política Interior, a las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma y Provinciales, para su conocimiento y traslado a las Juntas Electorales de Zona. Igualmente, se ha remitido a las formaciones políticas que han planteado escritos sobre esta cuestión.
La JEC ha admitido que si bien en un primera resolución rechazó la petición para tomar estas mismas medidas, ahora ha cambiado de opinión porque «se han producido circunstancias nuevas que podrían llevar a considerar la posibilidad de un intento de utilización fraudulenta del voto por correo».

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Mustafa Hamed

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