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La Fiscalía no ve indicios de delito en un caso abierto por usurpación y daños

La casa, que sería parte de una herencia, habría sido vendida antes del fallecimiento de su propietario original a la actual dueña, su hermana, pero el hecho de que el bien no apareciese registrado a nombre de la misma habría movido a su sobrino a hacerse cargo de la “situación de abandono” del inmueble, “pensando en hacer lo mejor para la familia y la comunidad de herederos”. Para ello habría acordado la entrada de un tercero en la vivienda, a fin de mantenerla y limpiarla, pero la propietaria denuncia que el acceso a la vivienda fue forzado y que se produjeron significativos destrozos en la misma. Los acusados lo niegan y la Fiscalúa no ve indicios de delito.

Según la acusación particular, los dos acusados (un melillense y un malagueño) habrían cometido un delito de usurpación, al que debería sumarse un delito de daños contra la propiedad en el caso del acusado melillense, al llevarse a cabo la “ocupación” de una vivienda sobre la que ninguno de los acusados tenía derechos, supuestamente forzándola y generando significativos destrozos en la misma.
La casa, que sería parte de una herencia (según el acusado, sobrino de la legítima propietaria), habría sido vendida antes del fallecimiento de su propietario original a la actual dueña, su hermana, pero el hecho de que el bien no apareciese registrado a nombre de la misma (en el Registro de la Propiedad), habría movido al sobrino a hacerse cargo de la “situación de abandono” del inmueble, “pensando en hacer lo mejor para la familia y la comunidad de herederos”, contactando por ello con el segundo acusado, residente en Melilla y con el que dio fortuitamente, para ofrecerle hacerse cargo de la limpieza y el mantenimiento de la casa.
Ante tal ofrecimiento, el acusado melillense exigió una prueba de que la casa era propiedad del sobrino, recibiendo consecuentemente un poder notarial en el que se especificaba que, efectivamente, podía acceder a la misma por ser esta propiedad de la comunidad de herederos.
Tras entrar en la casa, los vecinos alertaron a la propietaria, por lo que se presentó allí su legítima dueña, quien exigió al acusado salir de su propiedad, a lo que el acusado respondió mostrando el poder notarial y exigiendo ver un documento que corroborase que la propiedad era en efecto de la mujer. Tras la presentación de loa escritura, el acusado afirmó haber devuelto las llaves voluntariamente en el juzgado.
La propietaria denunció que se encontraron la casa “totalmente destrozada” y que nunca había estado abierta, mientras que los acusados afirmaron que la casa ya estaba en esas condiciones precisamente por encontrarse abandonada y abierta.

La acusación
La acusación, que corrió a cargo del Ministerio Fiscal y el abogado de la acusación particular (en representación de los propietarios de la vivienda, en la calle Álvarez Cascos), aportó testigos que corroboraron la versión de los denunciantes, si bien no se aportó ninguna prueba, por lo que el Ministerio Fisca, al considerar insuficiente la evidencia y dictaminar que ni existían indicios de delito ni podían atribuirse los daños a los acusados, solicitó la absolución de los mismos en base al principio de presunción de inocencia.
La acusación particular, por su `parte, decidió no adherirse a las consideraciones de la Fiscalía y mantuvo su petición de dos penas por dos delitos de usurpación (6 euros diarios durante 5 meses) y un delito de daños (6 euros diarios durante 20 meses).

Una vivienda en disputa

Según declaraciones de la propietaria y su marido, la vivienda habría sido adquirida por ellos un par de años antes de que falleciera el propietario original (hermano de la denunciante), pero dicha transacción no ha trascendido al Registro de la Propiedad.
Los propietarios supuestamente habrían comunicado la operación al sobrino (acusado) varios años después de realizarla, en una breve conversación durante el entierro de otro de los miembros de la familia, y éste habría reaccionado mal a la noticia.

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Fernando Lamas Moreno

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