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El abogado considera “extraño” que fuera casi tres años después cuando se denunciaran los abusos sexuales a la menor

La defensa del militar recurrirá la sentencia que le condena a 13 años y medio de prisión por abusos sexuales a su hijastra

El letrado tendrá que interponer el recurso de casación a la Sala Segunda del Tribunal Supremo

Juan Antonio Gozalo de Apellaniz, el abogado de F.S.S., militar de 36 años de edad, recurrirá la sentencia que condena a su patrocinado a 13 años y medio de prisión por considerarse probado en primera instancia que habría abusado sexualmente de su hijastra durante algo más de tres años cuando convivía con la madre biológica en nuestra ciudad. El abogado de F.S.S., el militar de 36 años de edad, condenado por abusos sexuales a su hijastra, explicó en declaraciones a MELILLA HOY, que considera que "extraño" que fuera dos años después cuando se denunciaron los abusos a la pequeña y nadie de la familia de la denunciante tuviera constancia de lo ocurrido durante los años en los que la pareja convivía en Melilla.

Ese es el motivo, por el que sostiene Gozalo de Apellaniz, que confía en la inocencia de su cliente e interpondrá un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Como ejemplo señaló la reciente sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial de Granada al cura Román Martínez Velázquez que estuvo acusado de abusos sexuales y que finalmente debido a la falta de hechos probatorios y las contradicciones en la versión del denunciante, la Fiscalía ha terminado retirando los cargos y el Tribunal lo ha absuelto por la "inconsistencia del relato del acusador particular".

Gozalo de Allaniz sostiene que en caso de que se hubieran producido dichos abusos la menor lo habría "exteriorizado" de forma previa, motivo que le plantea dudas al letrado y continuará hasta el final para que absuelvan al militar. Y es que asegura que si dicha sentencia se hace firme "enterrarán la vida" de su cliente ya que perderá el trabajo y a los hijos que mantiene en común con la denunciante.

Cabe recordar que la sentencia además de la pena de prisión, prohíbe le condena durante 17 años y medio acercarse a la víctima a menos de 500 metros o establecer con ella por cualquier tipo de medio informático o telemático. Además, le inhabilitan de forma absoluta durante el tiempo de condena.

El militar negó los hechos durante la vista y aseguró que era una ‘vendetta’ de la madre contra él tras la separación en el que ella se desplazó de lugar de residencia a otra provincia.

Sin embargo, el informe pericial de la administración, la declaración de la niña junto a los elementos estructurales que ratifican la versión de la menor han dado lugar a una sentencia condenatoria por parte de la Audiencia Provincial de Málaga.

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Nerea de Tena Alvarez

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