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La Audiencia devuelve a Manuel Soria su puesto en el Gabinete de Seguridad e Higiene

Manuel Soria es conocido por ser el presidente de Equo Melilla

Un año después del cese del presidente de Equo, Manuel Soria, de su puesto como director del Gabinete de Seguridad e Higiene, por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, la Audiencia Nacional ha dictaminado a favor de Soria, según comunica él mismo a través de un comunicado. Concretamente, el tribunal le ha “devuelto el puesto de trabajo con carácter retroactivo desde el día que fue cesado- 4 de enero de 2016-, con la restitución completa, incluyendo los haberes e intereses, además de condenar a la administración del pago de costas”. Manuel Soria, también presidente de Equo, informó a través de un comunicado, que ha sido después de un año cuando ha podido volver al cargo para el que fue nombrado por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

El afectado señaló que fue el 4 de enero de 2016 cuando fue cesado, precisamente el mismo día en el que se incorporó a su trabajo en el Gabinete de Seguridad e Higiene, dependiente del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Todo ello, después de "la petición de cese inmediato por parte de la Delegación de Gobierno de Melilla con el argumento de tener "un equipo homogéneo y renovado".

Tras el cese, Soria demandó a la administración ante el Juzgado de lo Contencioso nº 2 de la Audiencia Nacional quien finalmente falló a favor del afectado "devolviéndole el puesto de trabajo con carácter retroactivo desde el día que fue cesado, con la restitución completa incluyendo los haberes e intereses, además de condenar a la administración al pago de las costas procesales".

Soria explica que es "un caso único en la Administración del Estado, ya que es completamente excepcional que se anule un nombramiento sin trámite alguno". Al mismo tiempo, apunta a que el fallo de la sentencia "deja bien claro la irregularidad de la decisión tomada".

Derechos fundamentales
Todo ello, explica Soria, basándose en los derechos fundamentales y artículos de la Constitución Española, que "en su artículo 23 reconoce a los ciudadanos no solo el derecho de acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos con los requisitos que señalan las leyes, sino también, al de mantenerse en los mismos sin perturbaciones ilegítimas y que los desempeñen de conformidad con lo que la ley disponga", relata el afectado.

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Redacción

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