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Fumar mientras se conduce podría suponer multas y la pérdida de puntos

El artículo 18 del Reglamento General de Circulación habla de las acciones sancionables

Los conductores de Melilla deberían prestar atención a esta información. Fumar mientras se conduce podría llegar a estar sancionado con multas de 4.000 euros y acarrear la pérdida de 4 puntos. Según ha informado la DGT a través de una circular, esto ocurriría si un agente determinase que, por la acción de fumar, el conductor deja de prestar atención a la circulación o ve limitada su libertad de movimiento, por lo que sería considerada una infracción grave y con multa. Serán los agentes quienes determinen si los conductores merecen o no ser sancionados en el caso de que se distraigan negligentemente para fumar.

La Dirección General de Tráfico (DGT) informa de que fumar mientras se circula podría llegar a considerarse como una infracción grave y sancionable. Tanto es así que podría incluso restar hasta cuatro puntos al conductor del carné de conducir. Esto ocurriría si se detectase que los conductores no están en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos por alguna acción derivada del acto de fumar.
Según ha informado la DGT a través de una circular, los agentes serán quienes tendrán derecho a decidir si un conductor está fumando mientras circula de forma distraída o negligente, debiendo en el caso de poner una multa determinar los hechos que motivan dicha sanción. La cuantía de las sanciones podría llegar a alcanzar los 4.000 euros.
Aunque en el Reglamento General de Circulación no se alude expresamente al acto de fumar, sí se expresa que cualquier actuación que derive en una falta de atención grave sobre la conducción puede ser sancionable. Esto sería, por ejemplo, que el conductor apartara la vista del frente para coger la cajetilla, el mechero o encender el cigarro. El artículo 18 es el que habla de los objetos cuyo uso está prohibido al volante, como los auriculares, dispositivos de detección de radares o teléfonos móviles, pero no menciona fumar mientras se conduce.
Lo que sí se expresa en el artículo 17.1 es que "los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos". Por otro lado, en el 18.1, se expone que "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos".

Otras infracciones que suponen pérdidas de puntos

En el Reglamento General de Circulación sí se especifican algunas otras infracciones que podrían acarrear la pérdida de puntos, como arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación; no respetar la distancia de seguridad; o incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.

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Redacción

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