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El Reglamento de Convivencia entra hoy en vigor tras su publicación oficial

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El Boletín Oficial de Melilla (BOME) publicó ayer el Reglamento para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio Urbano, aprobado definitivamente hace dos semanas en la Asamblea de Melilla. Hoy entrará en vigor esta nueva normativa, que establece una serie de sanciones para tratar de erradicar actitudes incívicas y que puede llegar a un máximo de hasta 750 euros para las infracciones leves. Arrojar residuos al suelo en la vía pública (colillas, cáscaras de pipas, basura, etc.) o hacer graffitis están entre las numerosas conductas incívicas que podrán ser castigadas en virtud de este nuevo reglamento, que es ya una realidad. Entre las numerosas conductas incívicas que recoge, destaca como una de las principales novedades la prostitución que se ejerza en la vía pública, que podrá ser objeto de sanción. Concretamente, cuando se produzca en las zonas residenciales o cercanas a colegios, parques infantiles u otros lugares donde se lleven a cabo actividades comerciales o empresariales. La multa será tanto para quienes ejerzan la prostitución como para quienes reclaman estos servicios, y puede llegar a un máximo de 750 euros por ser considerada una infracción leve.

El Reglamento para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio Urbano pretende “preservar el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia y civismo”. A lo largo de sus 35 páginas, la Ciudad Autónoma recoge todo tipo de normas de conducta y las correspondientes sanciones para quien no las cumpla.

Sanciones
La prostitución es solo una de las múltiples infracciones leves recogidas en el Reglamento de Convivencia, que establece sanciones máximas de hasta 750 euros para la mayoría de las infracciones leves, aunque las multas pueden llegar hasta los 1.500 o incluso 3.000 euros si son consideradas graves o muy graves, respectivamente.

Entre las infracciones leves recogidas en el Reglamento, se encuentran defecar, orinar y escupir en la vía pública. La sanción será considerada grave si se da en espacios de concurrida afluencia de personas, frecuentados por menores, o en lugares como mercados, monumentos y edificios protegidos, en cuyo caso la multa oscila entre 500 y 1.500 euros.

Lo mismo se establece para otras actitudes incívicas que se ven a diario en nuestras calles: arrojar, abandonar o dejar residuos en la vía pública, entre ellos colillas, cáscaras, papeles, chicles, restos de comida, envases, bolsas “o cualquier desperdicio”. El reglamento recuerda que el suelo no es lugar para dejar todo esto, sino “las papeleras dispuestas al efecto”. Al hilo, se prohíbe también tirar la basura sin bolsa o fuera del contenedor y, por supuesto, fuera del horario establecido.

Tirar cartones fuera de sus respectivos contenedores, reparar o lavar vehículos en la vía pública y verter escombros son otras de las prohibiciones que contempla el borrador del reglamento, que también advierte de sanciones máximas de hasta 750 euros a los dueños de animales domésticos que no recojan los excrementos.

El botellón, una de las actividades que más quejas suelen suscitar por el ruido y suciedad que generan, tiene su apartado propio en el Reglamento para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio. Hay hasta 750 euros de multa para quien consuma bebidas alcohólicas en espacios públicos (excepto veladores y terrazas con licencia) y para los establecimientos comerciales que las dispensen fuera del horario establecido para la venta. También para quienes compren la bebida en un bar y se las lleve para tomarla fuera y los que tiren al suelo la lata, la botella o el vaso una vez terminada.

El Reglamento establece sanciones para los servicios no autorizados ni demandados que pudieran estar siendo ofrecidos “de manera persistente o intimidatoria”, entre ellos “tarot, videncia, masajes o tatuajes, así como la venta ambulante, aparcamiento, ordenación y vigilancia de vehículos”. También se prohíbe convertir las calles en un escaparate para la venta de vehículos y se establecen sanciones para el vandalismo y los ruidos, que dentro de los edificios debe “reducirse al mínimo” entre las 10 de la noche y las 8 de la mañana, horario en el que los animales deben estar en el interior del domicilio.

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Redacción

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