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El protocolo contra el acoso sexual en las Fuerzas Armadas entra en vigor

El protocolo de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en las Fuerzas Armadas que aprobó el Gobierno el pasado noviembre a raíz del caso de la excomandante Zaida Cantera, hoy diputada electa por el PSOE, entró en vigor este pasado 30 de diciembre. Una de las principales novedades que introduce este protocolo de actuación es que las Fuerzas Armadas contarán con una unidad especial, independiente de la cadena de mando, destinada a canalizar las denuncias por acoso sexual y también a ofrecer asesoramiento y ayuda a las víctimas. Cada Ejército tendrá su propia Unidad de Protección frente al Acoso (UPA), que deberá informar a los mandos de todos los casos. Según el Ejecutivo, se trata de "garantizar una mejor investigación" en los posibles casos. Pero además, la UPA servirá como canal de asesoramiento e información, de protección de la víctima a través de una labor de asistencia, apoyo, control y seguimiento.

Otra de las novedades más importantes del protocolo contra el acoso sexual en las Fuerzas Armadas es que las víctimas podrán denunciar a su superior, en caso de que éste sea el presunto infractor, sin necesidad de informarle, tal y como ocurría hasta ahora por el respeto a la jerarquía.

Protocolo
El ministerio elaboró un borrador del protocolo el pasado mes de junio y lo envió a los grupos parlamentarios y a las asociaciones profesionales de militares para que hicieran sus aportaciones, tras lo cual el Gobierno aprobó el texto definitivamente el 20 de noviembre y el pasado 30 de diciembre entró en vigor.

El protocolo establece un procedimiento de actuación para casos de acoso sexual paso por paso. Así, deja claro que el militar que sea víctima de acoso podrá acudir bien a la vía disciplinaria, bien a la penal. En cuanto a las medidas de protección de la víctima, ésta tendrá derecho a solicitar cambio de puesto en la unidad o cambio de destino en la misma o distinta localidad. Al presunto acosador se le podrá cambiar de puesto en la unidad por decisión del jefe de ésta, destinar en comisión de servicio a otra unidad o pasar a la situación administrativa de suspenso de funciones.

Arresto cautelar
Sobre las medidas cautelares para el presunto infractor, el protocolo elaborado por el ministerio contempla el arresto cautelar por un periodo máximo de 48 horas, el cese en sus funciones por un máximo de dos días –ambas posibilidades impuestas por el jefe de unidad– y el pase a la situación administrativa de suspenso de funciones por seis meses. Junto a este protocolo, la reforma de la Ley de la Carrera Militar recientemente aprobada en las Cortes prevé también consecuencias de la denuncia sobre el ascenso.

Así, será obligatorio informar, tanto a los órganos de evaluación como a las autoridades responsables de aprobar la ordenación definitiva para el ascenso, del personal evaluado que se encuentre dentro en un procedimiento disciplinario por falta muy grave de acoso, con el objetivo de que se tenga en cuenta dicha circunstancia. En los casos de sentencia firme por acoso, la repercusión en el ascenso o ascensos del condenado que hubiera podido tener desde que ocurrieron los hechos serán las señaladas en el Código Penal Militar.

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Redacción

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