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Las empresas de menos de 10 trabajadores tendrán un tercer año de ventajas con una reducción del 50% del pago de las cuotas patronales a la SS

El Gobierno aprueba la ‘tarifa plana’ de SS con tres modalidades, según la jornada laboral

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El Consejo de Ministros aprobó ayer lo anunciado por el presidente del Gobierno en el Debate del Estado de la Nación, la ‘tarifa plana’ a las cotizaciones de la Seguridad Social para empresarios que hagan contratos indefinidos. Pagarán 100 euros durante dos años si la jornada es completa, y 50 si es media jornada. Además, las empresas con menos de 10 trabajadores, tendrán un tercer año de ventajas, con rebaja del 50%. La 'tarifa plana' contará con tres tramos, dependiendo de la duración de la jornada. Será de 100 euros al mes para contrataciones a tiempo completo, de 75 euros cuando el trabajador cuente con un empleo a tiempo parcial del 75% de la jornada completa, y de 50 euros para contratos a media jornada. En el caso del empleo a tiempo parcial, esta iniciativa no afectará a las cotizaciones de las horas extraordinarias y complementarias. La medida entrará en vigor para los contratos firmados desde el 25 de febrero de este año hasta el 31 de diciembre de 2014. No obstante, fuentes del Ministerio de Empleo indicaron que podrá prorrogarse si a la vista de los resultados se considera adecuado.

Mediante esta medida, vigente desde el pasado martes, cualquier empresa y autónomo que contrate a un trabajador de manera indefinida pagará esa tarifa reducida en cotizaciones por contingencias comunes durante los dos primeros años, siempre y cuando esta nueva contratación se traduzca en creación de empleo neto, es decir, en un aumento de la plantilla, y que se mantenga el nivel de empleo indefinido durante los tres años siguientes.

De hecho, si un trabajador se fuera voluntariamente de la empresa y en caso de fallecimiento o de jubilación, dicho puesto deberá ser cubierto por otro empleado. Quedan excluidos de penalización los cierres de empresa o los casos en los que ésta se vea inmersa en un proceso concursal.

Para evitar un efecto escalón una vez transcurridos los dos primeros años desde la firma del contrato, sujetos a esta reducción, las empresas de menos de 10 trabajadores contarán con una reducción de cuotas del 50 por ciento por contingencias comunes durante el tercer año.

En el caso de rescindir el contrato antes de tres años, las empresas deberán reintegrar todos los beneficios aplicados, total o parcialmente. Así, según explicó la ministra de Empleo, Fátima Báñez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, si la empresa incumple durante el primer año deberá reintegrar la totalidad de lo que se ahorrado con la 'tarifa plana'; si incumple en el segundo año deberá devolver el 50%, y si el incumplimiento se realiza en el tercer año, tendrá que reintegrar el 33%.También precisó que para beneficiarse de la 'tarifa plana', la empresa no puede haber realizado despidos colectivos ni individuales desde el 25 de febrero, sí se beneficiarán las que lo hayan hecho antes.

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Javier Imbroda Ortiz

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