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“El funcionario diligente de Intervención”

En contestación al Excmo. Sr. Consejero de Educación y Colectivos Sociales, en referencia a las declaraciones que aparecen en los medios de comunicación, donde pide que los funcionarios de Intervención de la Ciudad Autónoma, sean “más diligentes”, hemos de hacer mención a las definiciones siguientes:

Funcionarios de carrera. (Según Ley 7/2007, de 12 de Abril del Estatuto Básico del
Empleado Público).

1. Son funcionarios de carrera quienes, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.

2. En todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la ley de desarrollo de cada Administración Pública se establezca.

Está claro que, por las definiciones anteriores, los funcionarios de Intervención no son una especie diferente al resto de funcionarios.

Diligente. (Significado según la Real Academia Española):
(Del lat. dil_gens, -entis).

1. adj. Cuidadoso, exacto y activo.

2. adj. Pronto, presto, ligero en el obrar.

Entendemos por tanto, que un funcionario de Intervención más diligente, debe ser aquel que participe en el ejercicio de las potestades públicas o salvaguarda de los intereses generales de la Administración Local de la Ciudad Autónoma de Melilla, que sea más cuidadoso, o más exacto, o más activo.

Dado que en los últimos tiempos la vida política se ha judicializado en exceso, afectando directamente a todos los documentos que pasan por Intervención, y por tanto al funcionamiento de la administración que se ha ralentizado por haber sufrido varios cambios en el titular del puesto de Interventor, el funcionario a su cargo, al objeto de ser más cuidadoso, más exacto y más activo, acarrea un volumen de trabajo acumulado por los cambios antes mencionados, a parte de la psicosis del poder actuar de manera ilícita o errónea, que pudiera hacerles ser más prudentes en el ejercicio de sus funciones.

Desde Csi•F entendemos la preocupación del Sr. Consejero de no paralizar ciertos convenios o programas, pero no vamos a consentir que se critique la labor del personal funcionario o laboral, empleados públicos ambos, que presten sus servicios en el Área de Intervención, porque si lo que se pretende al hablar de “funcionario más diligente” en su segunda acepción, sea pretender que el funcionario sea más presto o ligero en el obrar, resulta incongruente esa solicitud si a la vez debe ser cuidadoso, exacto y activo, entendemos que cada responsable coyuntural del puesto de Interventor marca sus propios criterios.

Por tanto, si hay retraso en la tramitación de expedientes, deberíamos valorar la posibilidad de que el fallo no es del funcionario, sino de la planificación y gestión de los recursos de los que cunta la Ciudad Autónoma. Esto es, si es necesario agilizar los expedientes se hace imperiosa la necesidad de la cobertura en propiedad del puesto de Interventor de la Ciudad Autónoma, para evitar las idas y venidas de funcionarios de forma temporal, que ningún bien le hacen ni a la administración ni a sus administrados.

Y por otro lado, un estudio para ver la posibilidad de ampliar el personal funcionario que presta sus servicios en dicho área, bien redistribuyendo personal de otras áreas con menos contenido, o ampliando las plazas o puestos, evitando en todo caso la externalización de servicios a través de empresas privadas.

Desde Csi•F reiterar nuestro apoyo a todo el personal funcionario de la Ciudad
Autónoma, y en particular a los de la Consejería de Economía y Hacienda, por las desafortunadas declaraciones del Sr. Miranda.

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