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El capitán Sergio Rodríguez pierde en todas sus denuncias contra MELILLA HOY y los 300.000 euros que pretendía

Torres judiciales Melilla

La sentencia absolutoria ya es definitiva y firme después de que los tribunales hayan confirmado que no se ha producido ni injurias ni calumnias en las publicaciones sobre el funcionario público realizadas en el periódico

El capitán de la Guardia Civil Sergio Rodríguez Martínez ha perdido la demanda contra el periódico MELILLA HOY y se queda sin los 300.000 euros de indemnización que exigía tras denunciar unos supuestas injurias y calumnias que los tribunales de justicia han rechazado. La sentencia absolutoria es ya definitiva y firme después de que el juzgado haya confirmado que no se han producido ningún delito en contra del funcionario público en las publicaciones realizadas en el periódico.

El oficial había denunciado al Diario de Melilla, concretamente a su Editor Enrique Bohórquez López-Dóriga y a su director Mustafa Hamed, por una serie de noticias, opiniones y viñetas publicadas en este medio de comunicación, en los que consideraba que se había injuriado y calumniado a su persona. Sin embargo, tanto el juzgado de lo penal y tras su recurso a la audiencia provincial, que remitió las diligencias nuevamente al juzgado, los tribunales han establecido que en dichas informaciones no se ha cometido ningún delito. De hecho, en la sentencia, se subraya que “ningún servidor público o persona con actividad de relevancia mediática está exento si cabe de ser sometido a críticas o comentarios por las actuaciones en el ejercicio de su cargo, ya sea el propio agente que acusa en autos, el gobierno o políticos en el ejercicio de su actividad o incluso esta Magistrada por la redacción de sus resoluciones”.

El capitán había incluido en su demanda innumerables artículos publicados desde el día 18 de enero de 2015 hasta el 23 de octubre de 2016 que abarcaban desde Cartas del editor, editoriales, artículos de redacción, cartas que dirige el editor a diversas personalidades, páginas de contenido satírico y denuncias públicas, en las que se comentaban o hacían alusión a comentarios de terceros en relación a la actividad profesional del entonces Capitán de la UOPJ de la Guardia Civil con destino en Melilla, Sergio Rodríguez Martínez.

Así, por ejemplo, incluye un artículo de opinión del día 18 de enero de 2015 con el título «YO ACUSO” (Carta abierta al delegado del Gobierno en Melilla) en la que se afirmaban «Yo dirijo esta carta mía de hoy al delegado de nuestro Gobierno en nuestra ciudad. Yo acuso a la persona que dirige la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil en Melilla y/o a quien le mande, parafraseando a Zola, le acuso como espíritu de mala eficiencia social, como persona que acaba de lanzar falsas acusaciones, sin fundamento alguno, por, según él o quien le mande, ‘presuntos delitos de apropiación indebida, contra la Hacienda Pública y tráfico de influencias… «»; «Yo acuso a la o las personas que antes mencionaba, al que dirige la Policía Judicial de la Guardia Civil de Melilla o al que le manda emprender este tipo de acciones, de dañar la merecida buena imagen de las fuerzas de orden público, a las que desde este periódico tanto se apoya. Yo le acuso de dilapidar el dinero público, el que cobra él y el de todos aquéllos a los que les ordena colaborar en una persecución a ciudadanos inocentes sobre bases injustificables y presuntos delitos imposibles. Yo le acuso de hacer daño, un daño grave, inmerecido y más que probablemente delictivo a ciudadanos indefensos, …».

Asimismo, recogía en su demanda otro artículo titulado «El capitán de la PJ de la Guardia Civil se enfrenta a la Justicia», en el que se recogía «La denuncia contra el capitán jefe de la Policía Judicial de la Guardia Civil de Melilla, con número de identificación F84308G, por la presunta comisión de un delito contra la integridad moral de los miembros de la Junta Directiva del Campo de Golf de Melilla, sigue su curso y esta semana ha escrito un nuevo capítulo». «Los querellantes -añadía la citada noticia- contra el capitán de la Policía Judicial de la Guarda Civil que dio la orden de fotografiar a estas personas y tomarles las huellas a pesar de no estar en calidad de detenidos, algo que prohíbe la legislación española, van a ratificar su denuncia en cuanto sean llamados para ello desde el Juzgado número 4.»

También añadía en su querella una noticia publicada el día 21 de octubre de 2015, con el siguiente titular entrecomillado: «No hemos visto un capitán de la Policía Judicial de la Guardia Civil tan malo y tan perro como Sergio, el jefe de la esclavitud», en el que se hacía referencia a las declaraciones de terceros, concretamente familiares de guardias civiles que supuestamente se vieron perjudicados en su labor profesional por las formas de actuar de su superior jerárquico.  La información señalaba que «Familiares de cuatro Guardias Civiles imputados acusan a miembros de su PJ de coacciones, intervenciones ilegales, falsedad en las instrucciones y vulneración de los derechos fundamentales» o «El capitán Sergio – según le denomina el representante de los familiares- es «el jefe de la esclavitud, el que hace y deshace, el que consiente la  vulneración  de  los  derechos  fundamentales  y  por  eso queremos hacer saber a la opinión pública lo que está ocurriendo con algunos Guardias Civiles «.

El funcionario público, en su demanda, se quejaba igualmente que tras la publicación de esta noticia el 21 de octubre de 2015,  el Diario de Melilla publicara otra noticia en la que exponía que tan solo un día después, el 22 de octubre de 2015, intentaran quemar el coche del Editor en la puerta de su casa pero se equivocaron con el combustible y no prendiera fuego, y al día siguiente, el 23, incluso estando el coche bajo vigilancia policial, ya sí, el autor o autores -el caso está sin resolver-, sí quemaran el coche en la puerta de la casa de Enrique Bohórquez tras lograr que la vigilancia policial del domicilio del Editor tuviera que acudir urgentemente a otro servicio. Sin embargo, en ningún caso dijimos ni quisimos decir que el capitán hubiera sido el autor de este suceso sino contar un hecho objetivo en las fechas en que ocurrieron ambos acontecimientos, teniendo en cuenta además que nunca en los 36 años de historia del periódico MELILLA HOY se ha intentado quemar ni mucho menos lograr quemar el coche de su Editor ni de ninguno de sus integrantes. Por tanto, no había motivos para que el querellante se diera por aludido.

Libertad de información y de opinión

La sentencia absolutoria es clara y en sus “fundamentos de derecho”, los tribunales dejan claro que no hay delito y que lo publicado en este periódico entra dentro de derechos fundamentales como la libertad de expresión, libertad de información y libertad de opinión. En este sentido, los juzgados que han rechazado la querella del capitán Sergio Rodríguez destacan que “la libertad de expresión comprende la libertad de crítica, aun cuando la misma sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a quien se dirige, pues así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe sociedad democrática”.

Añade que “las libertades del artículo 20 de la Constitución no sólo son derechos fundamentales de cada ciudadano, sino también condición de existencia de la opinión pública libre, indisolublemente unida al pluralismo político, que es un valor fundamental y requisito de funcionamiento del Estado democrático, que por lo mismo trascienden el significado común y propio de los demás derechos fundamentales”.

En el  supuesto de autos , conforme a la jurisprudencia alegada, el auto judicial resalta que “no cabe considerar que ninguna de las publicaciones excedan del ámbito propio de los derechos de información y libertad de expresión propios del periodista redactor y que si bien en algún momento puede considerar el perjudicado que le son desfavorables al hacer alusión al modo de ejercicio de su actividad profesional y su forma de desarrollo por éste, en algunos  casos  con  expresiones  que  pueden  ser  excesivas, inoportunas o innecesarias , no traspasan ni exceden de los derechos que les sirven de marco”.

La justicia señala que las publicaciones que incluye el oficial de la Guardia Civil, una vez analizadas pormenorizadamente, “no exceden, pues, de los ámbitos delimitados propios de los derechos constitucionalmente reconocidos de las libertades de información y expresión y cumplen todos los requisitos jurisprudenciales propios de ellos para ser considerados atípicos penalmente”. “Además, algunas de dichas expresiones que pudiesen ser consideradas ofensivas o humillantes -prosigue la sentencia- aparecen entrecomilladas por el redactor, como son las previstas en el artículo del día 21 de octubre de 2015, destacando en el propio periódico y debajo de su enunciado que son emitidas por terceros y no por el redactor del texto”.

Por último, vuelve a dejar claro que “no cabe pues entender que las publicaciones emitidas en el periódico “MELILLA HOY” generen responsabilidades penales para los acusados ni por ello para la responsable civil, por lo que procede un pronunciamiento absolutorio en autos”.

Una absolución que ya es firme después de que las partes no hayan interpuesto recurso tras una primera absolución del juzgado de lo penal y un posterior recurso ante la audiencia provincial que devolvió el caso al juzgado para una mayor motivación de la absolución, algo que ha vuelto a ocurrir de nuevo y que ya tiene la consideración de firme tras no registrarse más alegaciones por parte del querellante al archivo definitivo de la causa.

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Redacción

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