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Columna abierta

Diferencia entre trabajador autorizado y cualificado en trabajos eléctricos

Es el Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, el cual establece las definiciones para estos dos conceptos. Por un lado, define Trabajador Autorizado como el “trabajador que ha sido autorizado por el empresario para realizar determinados trabajos con riesgo eléctrico, en base a su capacidad para hacerlos de forma correcta, según los procedimientos establecidos en el Real Decreto”.

Y por otro lado, define Trabajador Cualificado como el “trabajador autorizado que posee conocimientos especializados en materia de instalaciones eléctricas, debido a su formación acreditada, profesional o universitaria, o a su experiencia certificada de dos o más años”. La Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la protección frente al riesgo eléctrico, de aplicación al RD 614/2001 y elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, nos ayuda a comprender mejor las diferencias existentes entre uno y otro:

Trabajador autorizado

Los trabajadores autorizados, aparte de disponer de la formación correspondiente, deben de ser autorizados por el empresario para llevar a cabo el trabajo con riesgo eléctrico asignado. De esta manera, aunque el trabajador disponga de la formación y capacitación necesaria para desarrollar dichos trabajos, si no dispone de la autorización expresa del empresario, no los podrá llevar a cabo. Esta autorización debe realizarse por escrito, y antes de ello, el empresario debe comprobar su capacidad para hacerlo correctamente, de acuerdo al procedimiento de trabajo establecido por escrito (donde se incluye la forma de llevar acabo las operaciones a realizar de una forma segura).

En este sentido, esta autorización debe renovarse en los siguientes casos:

•Cuando el procedimiento de trabajo haya cambiado significativamente.

•Cuando el trabajador haya dejado de realizar dicho trabajo durante un periodo de tiempo superior a un año. Por otro lado, se deberá retirar cuando el trabajador incumpla las normas de seguridad o en los casos en los que su estado de salud pueda afectar a la seguridad del resto de trabajadores y la suya propia.

¿Qué trabajos puede realizar un TRABAJADOR AUTORIZADO?

•Operaciones y maniobras para suprimir y reponer tensión en instalaciones de BT (según Anexo II del RD 614/2001).

•Reposición de fusibles en instalaciones de BT (según letra C del Anexo III del RD 614/2001).

• Maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones en instalaciones de BT (según Anexo IV del RD 614/2001).

•Ayuda a trabajadores cualificados en mediciones, ensayos y verificaciones en instalaciones de AT (según Anexo IV del RD 614/2001).

•Maniobras en AT (según Anexo IV del RD 614/2001).

•Preparación de los trabajos en proximidad de instalaciones de BT (según Anexo V del RD 614/2001).

• [endif]Realización o vigilancia del trabajo en proximidad de instalaciones de AT (según Anexo V del RD 614/2001).

En cuanto a la formación que debe disponer un trabajador autorizado, únicamente se exige que disponga de los conocimientos necesarios que le permitan llevar a cabo los trabajos citados en el párrafo anterior. En este sentido, no tiene porque disponer de una formación acreditada, profesional o universitaria, es decir, no se requiere de ninguna categoría profesional. Pero si se requiere que estos trabajadores reciban la formación e información especificadas dentro del art. 18 y 19 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, para el desempeño de sus tareas.

Trabajador cualificado

Si nos vamos a la definición que nos da el RD 614/2001, veremos que los trabajadores cualificados son los trabajadores autorizados que poseen conocimientos especializados en materia de instalaciones eléctricas, es decir, que disponen de una formación acreditada, profesional o universitaria, o bien, que disponen de una experiencia de dos o más años. Por tanto, los trabajadores cualificados tienen que ser autorizados por el empresario para poder desempeñar determinados trabajos, por lo que la clave que diferencia a los trabajadores autorizados de los cualificados es la formación.

A diferencia de los trabajadores autorizados, los trabajadores cualificados deben poseer una formación profesional o universitaria en materia de instalaciones eléctricas. Y si no disponen de esta formación, tienen que certificarla con una experiencia de dos o más años. Al igual que en el caso de los autorizados, deberán recibir la formación e información reguladas en los artículos 18 y 19 de la LPRL.De esta manera, los trabajos que un TRABAJADOR CUALIFICADO puede realizar, son los siguientes:

•Todos los trabajos indicados para trabajadores Autorizados.

•Operaciones y maniobras para suprimir y reponer tensión en instalaciones de AT (según Anexo II del RD 614/2001).

•Maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones en instalaciones de AT (según Anexo IV del RD 614/2001).

•Reposición de fusibles en tensión en AT, aplicando siempre el método de trabajo a distancia (según Anexo III del RD 614/2001).

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