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Condenan a penas de prisión a siete personas en Melilla por publicar en redes mensajes de odio contra menores migrantes

La Audiencia Provincial de Málaga condenó a siete personas por delitos de odio en Facebook contra menores extranjeros no acompañados. Los condenados enfrentan penas de prisión y multas, y se ordenó la retirada de los contenidos y el bloqueo del acceso a los mismos.
menores

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede permanente en Melilla ha condenado a siete personas por delitos de odio tras publicar mensajes contra menores extranjeros no acompañados en un grupo de Facebook, llamado Opinión Popular de Melilla, que contaba con más de 14.000 usuarios.

La sentencia, a la que ha tenido acceso MELILLA HOY, impone a cinco de los condenados una pena de prisión de 2 años, 6 meses y un día, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 9 meses y un día a razón de 6 euros al día, e inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, educativo y de tiempo libre por tiempo de 5 años, 6 meses y un día.

El fallo establece para los otros dos condenados una pena de prisión de 1 año, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 6 meses a razón de 6 euros al día, e inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, educativo y de tiempo libre por tiempo de 4 años.

En esta sentencia, que no es firme y contra la que cabe recurso de casación, la Audiencia Provincial estima parcialmente el recurso de apelación presentado por el Servicio Jesuita a Migrantes (SJM) y la Fiscalía contra una sentencia desestimatoria del Juzgado de lo Penal 2 de Melilla por estos hechos, cometidos en 2017.

La Audiencia Provincial indica en su fallo que “no se condena a los acusados por su expresión de ideas u opiniones sobre la delincuencia en general que en aquella época existía en Melilla sino porque, de tales ideas y opiniones se desprende un desprecio absoluto hacia otro igual”.

En este caso, añade la sentencia, se trata de “un individuo menor de edad extranjero no acompañado por sus padres o representantes legales perteneciente a un colectivo vulnerable y desamparado que radica en Melilla por el simple hecho de ser diferente, por proceder de otra nación y por haber accedido irregularmente a nuestro país”.

El tribunal considera que en estos casos “el discurso del odio no puede estar amparado en la libertad de expresión”. «La libertad de expresión no puede ser colocada en un plano superior sobre la dignidad de la persona ni se puede pretender que tal libertad prevalezca sobre la dignidad», sostiene.

Añade que las expresiones que publicaron los condenados en Facebook “inducían, abierta y directamente, al odio, a la discriminación y algunas de ellas incluso a la violencia contra el colectivo indicado, quebrando de esta manera la dignidad de sus integrantes como persona humana, por motivos totalmente discriminatorios, tales como, por ejemplo, su carencia de nacionalidad española, por su origen magrebí y subsahariano en la mayoría de los casos y por su acogimiento por la Ciudad Autónoma de Melilla, tras su entrada irregular en nuestro país y consecuente abandono de sus padres”.

Entre las expresiones vertidas por algunos de los condenados y que el tribunal ha catalogado como delito de odio destacan: «Más mano dura y a su puto país», «nunca llames a la policía después de darle una paliza, lo dejas por cualquier sitio que es lo que se merece esta gentuza», «eso se solucionaba dando un día de ciudad sin ley», «yo le daba un día de vacaciones a la justicia y dejaba al pueblo actuar libremente y sin consecuencias. Y en 24 horas se quedaba Melilla limpita como la patena». La Audiencia ha ordenado la retirada de los contenidos y el bloqueo del acceso a los mismos.

 

SJM ve preocupante el aumento de los delitos de odio

El SJM apunta en una nota de prensa de que los ahora condenados vertieron expresiones humillantes, agresivas y que incitaban a la violencia contra menores extranjeros no acompañados en Melilla y considera preocupante el aumento de los delitos de odio, particularmente, los que se valen de las redes sociales.

Así, la organización ha recordado que «la incitación a la violencia contra personas migradas lo es a compañeros de trabajo, vecinos, amigos y familiares en una sociedad diversa y rica» que, en su opinión, «no merece» ser sometida «a dinámicas de racismo, explotación ni exclusión».

En este contexto, el Servicio Jesuita de Migrantes ha argumentado que tanto el ‘Informe sobre la evolución de los delitos de odio en España de 2022’, como la Memoria de la Fiscalía General del Estado de 2022 señalan que «la evolución global de este tipo de delitos, así como de incidentes relacionados, ha ido en aumento, siendo internet, telefonía y redes sociales los medios más empleados para su comisión».

Igualmente, el Servicio Jesuita de Migrantes ha hecho hincapié en que el informe anual 2023 de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea «refleja una tendencia al alza a nivel continental tanto de los delitos de odio impulsados por motivos raciales o étnicos, como de episodios de discursos (sobre todo en la red) que han sido o podrían ser constitutivos de delito».

Asimismo, recuerda los derechos específicos recogidos en la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), entre ellos el derecho a la protección, a la no discriminación, el interés superior del menor, el derecho a la vida, a la supervivencia, al desarrollo y a la participación, debido a la vulnerabilidad y necesidad de protección y especial cuidado de los menores de edad.

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Redacción

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