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Alegría y estupor

Aún falta por concretar las fechas (será entre los días que van desde el 30 de octubre al 1 de noviembre) y el precio de las entradas, pero ya no se habla de otra cosa Empecemos por la buena noticia: quienes siguieron ayer en directo el sorteo de la próxima eliminatoria de la Copa del Rey no podían creer los que sus ojos veían. El todopoderoso Real Madrid, el mejor equipo del mundo, el más laureado, era el rival. El bombo fue muy generoso con una U.D. Melilla que podrá disputar una eliminatoria histórica ante el club merengue, la ida en el Estado Álvarez Claro y la vuelta en el Santiago Bernabéu. Aún falta por concretar las fechas (será entre los días que van desde el 30 de octubre al 1 de noviembre) y el precio de las entradas, pero ya no se habla de otra cosa. Todo el mundo quiere ver este encuentro aunque sabemos que eso será imposible porque la capacidad del estadio, aunque coloquen gradas supletorias, es limitada y no podrá acoger a todos los que deseen ver este choque, eso sin contar con los marroquíes de las localidades limítrofes, donde el fútbol español y sobre todo la pasión por equipos como el Real Madrid es también muy grande.

El año pasado se nos escapó la posibilidad de jugar contra el F.C. Barcelona (fue el rival que le tocó al Ceuta después de que los caballas eliminaran a los melillenses) pero este año la fortuna ha estado del lado de nuestra ciudad, al emparejar a la U.D. Melilla con nada más y nada menos que el Real Madrid.

La noticia mala, la que ha causado estupor, ha sido la decisión del Tribunal Supremo de revisar su decisión, adoptada 24 horas antes, de que sean los bancos quienes paguen el impuesto de actos jurídicos documentados de las hipotecas anunciada este jueves. La instancia ha hecho público un comunicado un día después, amagando con una marcha atrás, en el que explica que avocará a un Pleno, compuesto por más de treinta magistrados en comparación a los seis de la sentencia de ayer, el primer caso que les llegue relativo al sujeto pasivo, es decir, a quién corresponde pagar el tributo en cuestión. Así, definirá si mantiene o revoca su decisión.

Lo hace por tratarse de un "giro radical" en la jurisprudencia y habida cuenta de "su enorme repercusión económica y social" a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial "debe ser o no confirmado". Por ello, se dejan sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objeto similar.

Una mala señal que podría dejar a los usuarios de hipotecas, que el jueves ya se veían recuperando el dinero empleado en los impuestos de la hipoteca, con "su gozo en un pozo", frustrando o malogrando algo con lo que contaban y cuya obtención ya causaba alegría, por una decisión totalmente insólita.

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