El Boletín Oficial de la Ciudad, publicó el pasado viernes, la convocatoria para la contratación por el Patronato de Turismo de Melilla de un técnico en Turismo y un auxiliar administrativo, en régimen de contrato laboral de duración determinada al amparo del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores. La contratación será a jornada completa y en régimen de contrato laboral de duración determinada, al objeto de la colaboración del Patronato de Turismo con la Consejería de Economía y Turismo en las actuaciones necesarias para la implementación de los Planes de Sostenibilidad Turística, así como en las correspondientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Los puestos y requisitos en cada caso son los siguientes:
Técnico en turismo (A2), plaza para la que se requiere diplomatura o Grado en Turismo.
Auxiliar administrativo (C2), para la que se requiere la ESO o equivalente.
La selección se realizará por el sistema de concurso mediante oferta genérica, donde se aplicará a los candidatos seleccionados los baremos de Experiencia profesional y Formación establecido, consistente en los siguientes méritos:
a) Experiencia profesional (máximo 35 puntos).
1.- Por cada mes completo en la misma categoría y especialidad solicitada formalizados por la Consejería de Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla: 1,5 puntos.
2.- Empresas Públicas y Organismos dependientes de la Ciudad Autónoma de Melilla, 1,25 puntos.
3.- Por cada mes completo en la misma categoría y especialidad solicitada formalizados por otras Administraciones Públicas, o empresa privada, 1 punto.
4.- Por cada mes completo como trabajador autónomo en la misma ocupación y especialidad, 1 punto.
b) Formación (máximo 45 puntos)
1.- Formación recibida. Por cursos o masters recibidos relacionados con la plaza o categoría y especialidad solicitada, de 15 horas o superiores, 0,05 puntos por hora. Seminarios, Congresos o jornadas impartidos por organismos públicos y/o oficiales relacionados con el puesto a desempeñar de 10 horas o superiores, se valorará con 0,02 puntos por hora.
2.- Formación impartida. En caso de puestos de trabajo de docentes, la formación impartida se considera experiencia profesional. En los demás puestos de trabajo, la formación impartida relacionada con la plaza o categoría profesional se valorará como formación siempre que se refleje en la vida laboral. La valoración será igual que en la formación recibida.
3.- Haber superado alguna de las pruebas de un proceso selectivo para la cobertura de plaza igual a la que se refiera la solicitud, en la Administración Pública, cuyo proceso selectivo haya finalizado a partir del 1 de enero de 1998:
a) Haber superado alguna de las pruebas de un proceso selectivo, 5 puntos.
b) Haber superado todas las pruebas de un proceso selectivo, 15 puntos.
Resultarán seleccionados los candidatos que, aplicados los criterios del baremo, obtengan mayor puntuación, dirimiéndose los empates a favor del candidato que hubiera obtenido mayor puntuación por el criterio de experiencia profesional.