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Los fiscales del ‘procés’ entregan a García Ortiz el informe contrario a amnistiar la malversación: «Es improcedente»

Los fiscales del 'procés' rechazan la amnistía para acusados, argumentando que consultas previas al TJUE y Tribunal Constitucional son necesarias. Opinan que la ley podría ser inconstitucional.
PUIGDEMONT

Los cuatro fiscales del ‘procés’ aseguran en un informe entregado al fiscal general, Álvaro García Ortiz, que si el Tribunal Supremo contempla aplicar la amnistía, antes es «necesario» consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y al Tribunal Constitucional (TC) al entender que la norma «es contraria al Derecho de la Unión» y «puede ser inconstitucional». (Foto Europa Press)

Así se han pronunciado en el documento en el que exponen su negativa a amnistiar la malversación que se le atribuye, entre otros, al expresidente catalán Carles Puigdemont al considerar que es «improcedente» porque sí tuvo ánimo de lucro y afectó a los intereses financieros de la UE. Y aseguran que si el jefe del Ministerio Público está a favor de aplicar la amnistía deberá plasmarlo por escrito y convocar a la Junta de Fiscales para debatirlo.

En el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, los fiscales Javier Zaragoza, Fidel Cadena, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno sostienen que si el Tribunal Supremo baraja aplicar la amnistía debe plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE y una cuestión de inconstitucionalidad ante el TC sobre la ley que esta misma semana ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En concreto, defienden que procede acudir al TJUE «en cuanto al delito de desobediencia, y subsidiariamente en el delito de malversación, para el caso de que el órgano judicial al que nos dirigimos considerase que la ley es aplicable, teniendo en cuenta que la norma en cuestión es contraria al Derecho de la Unión Europea».

Asimismo, aseguran que «teniendo en cuenta que la citada norma puede ser inconstitucional al vulnerar principios, valores y derechos constitucionalmente reconocidos, en cuanto al delito de desobediencia, y subsidiariamente en el delito de malversación, para el caso de que el órgano judicial al que nos dirigimos considerase que la ley es aplicable, procede plantear cuestión de inconstitucionalidad de la citada ley ante el Tribunal Constitucional».

Señalan, además, que al plantearse dichas cuestiones ante el tribunal europeo y el TC se deberá acordar «la suspensión del procedimiento» hasta que Luxemburgo y la corte de garantías española contesten, «sin que se pueda resolver definitivamente sobre la extinción de la responsabilidad criminal».

 

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Europa Press

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