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La homosexualidad en las leyes de vagos y maleantes

Bandera LGTBI

Por: Asociación Pro Derechos Humanos De Melilla

Se promulgó la primera norma contra vagos y maleantes en la Gaceta de Madrid (precursor del Boletín Oficial del Estado) de 5 de agosto de 1933, durante la II República. Esta norma declaraba como “peligrosos” a determinados varones (siempre utiliza el masculino), como vagos habituales, proxenetas, mendigos profesionales, ebrios y toxicómanos habituales, entre otros.

Para estos estaban previstas medidas de seguridad, no penas, puesto que no eran considerados delincuentes; medidas consistentes fundamentalmente en internamientos y aislamientos por tiempo indeterminado con límites temporales.

Esta norma fue modificada  en dos artículos por la Ley de julio de 1954, firmada por el dictador Francisco Franco Bahamonde. En una breve Exposición de Motivos razona el dictador, que se adopta esta reforma por “la producción de hechos que ofenden la sana moral de nuestro país por el tradicional acervo de buenas costumbres, fielmente mantenido en la sociedad española”.

También adopta esta norma medidas de seguridad “con finalidad doblemente preventiva, con propósito de garantía colectiva y con la aspiración de corregir a sujetos caídos al más bajo nivel moral”. La norma introduce como sujetos peligrosos, entre otros, a los “homoxesuales” (sic) pues “constituyen un serio peligro para una ordenada vida de la colectividad”.

Resulta llamativo que aquél Jefe del Estado tardara quince años, desde 1939, en dictar una Ley de treinta y cinco líneas, tratándose de un problema tan grave de moralidad pública, y que constituía tan serio peligro para la sociedad española.

Finalmente, la Ley 16/1970, con mejor técnica jurídica, modificó el enunciado de la Ley para denominarla “sobre peligrosidad y rehabilitación social”, pretendiendo con ella la defensa de la sociedad, la reeducación y rescate del hombre peligroso para la plena vida social, a través del mejor conocimiento de su “personalidad biopsicopatológica”. Esta Ley introducía una mejora sustancial en el trato a los homosexuales, pues las medidas de internamiento de estos sólo se tomaban “con  quienes realicen actos de homoxexualidad” (sic). En la Ley anterior la peligrosidad derivaba exclusivamente de la condición de homosexual, con independencia de cuales fueran sus actos.

Resultan de interés estos antecedentes, pues las leyes nunca han cambiado la mentalidad de las gentes, pero sí han mostrado claramente el pensamiento de los gobernantes. Y en este caso ponen de manifiesto el perfil machista y homófobo de los gobernantes de la última dictadura, los cuales imponían una moralidad pública, que hoy sería considerada delictiva.

No obstante, esta mentalidad no se ha extinguido por el hecho de que la actual Constitución reconozca la igual de todos ante la ley. Vemos continuos ataques de obra o de palabra contra las personas LGTBI, por parte de quienes reproducen el pensamiento inmoral del anterior régimen político. Y lo que es peor, vemos la oposición de determinados sectores políticos a una Educación, que proclame los valores de igualdad y libertad; intentando mantener el caldo de cultivo de la discriminación hacia este grupo social.

Así ocurre cuando se pretende el reconocimiento de lo que llaman el “pin parental”, censura de los proyectos educativos, que tienen por finalidad la no discriminación. Un “pin parental” que pretende, en definitiva, perpetuar y legitimar pensamientos y actos contrarios a lo que en nuestra actual sociedad se considera dignidad humana.

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Redacción

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