La fiscal rebajó ayer la petición de pena de la acusación sobre el subsahariano que agredió a unos agentes de la Policía Nacional que trataban de reducirle tras provocar un altercado en mitad de la calzada, frente a la comisaría. Dicha rebaja fue de un delito de atentado contra la autoridad y dos de lesiones leves a un delito de resistencia a la autoridad y dos de lesiones leves. La defensa, que rehusó hacer preguntas a los agentes implicados -que acudieron como testigos- se adhirió a la petición de la fiscalía de un delito de resistencia a la autoridad, pero rechazó los cargos por los delitos de lesiones leves, al considerar que no había pruebas suficientes de dichas lesiones.
La fiscalía cambió, en el día de ayer, la petición de pena por un delito de “atentado contra la autoridad” a otra por un delito de “resistencia a la autoridad” para el inmigrante subsahariano que tuvo que ser reducido, hace tres años, por un grupo de policías nacionales a las puertas de la comisaría. Así mismo, la fiscal solicitó dos penas por sendos delitos de “lesiones leves”.
El juicio se llevó a cabo en ausencia del acusado.
Los hechos
Según declaraciones de los agentes de policía implicados en los hechos, acaecidos en la tarde del 17 de Junio de 2014, el acusado habría arremetido violentamente contra los agentes tras provocar un altercado público. Los agentes se ratificaron en el atestado.
La descripción de los hechos ofrecida por los agentes de policía que protagonizaron la detención de este individuo comienza con la entrada del mismo en la comisaría, de donde fue expulsado por “gritar y montar un escándalo en un idioma desconocido”. Tras ser expulsado de la comisaría, fue hacia la carretera y comenzó a obstruir el paso de los vehículos, llegando a tumbarse en la calzada. Ante tal situación, el agente de policía encargado de la vigilancia del perímetro trató de que el sujeto se apartase de la vía sin éxito, por lo que solicitó el apoyo de dos compañeros que acudieron en su ayuda. Una vez que llegaron y consiguieron apartar al sujeto de la calle, afirman que éste arremetió violentamente contra ellos, teniendo que ser inmovilizado y provocando lesiones de carácter leve a dos de ellos en el proceso. Según los agentes, la petición de refuerzos estaba justificada por la actitud agresiva del individuo y por la mayor edad del agente encargado de la vigilancia.
Conclusiones
La fiscalía solicitó, por un delito de resistencia a la autoridad, una pena de multa de 6 euros al día durante 6 meses y, por dos delitos de lesiones leves, dos penas de multa de 2 euros al día durante 1 mes. En total, 1200 euros de multa.
La defensa, que declinó hacer preguntas a los testigos durante sus comparecencias, se adhirió a la petición de una pena por delito de resistencia a la autoridad, mientras que rechazó la petición de ambos delitos de lesiones leves al considerar que no existían evidencias suficientes de dichos delitos, puesto que los agentes, al ser preguntados por la índole de dichas lesiones (de entre las que se llegó a preguntar concretamente por un “mordisco”) no pudieron recordarlas, bien por haber sucedido “hace tiempo”, bien por haber coincidido “con otra lesión de mayor índole”.
Atentado, Resistencia y Desobediencia a la autoridad
Los delitos de atentado, resistencia y desobediencia contra la autoridad viene regulados en los articulos 550 al 556 del Código Penal. Se consideran autoridades los funcionarios docentes, sanitarios, policiales, judiciales, etc. así como los miembros de seguridad privada en ejercicio de sus funciones, y los delitos de atentado, resistencia y desobediencia se diferencian por el grado de violencia empleado contra la autoridad, siendo “atentado” el delito que reviste una mayor gravedad.