Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Logo de Melilla hoy

La representante de la Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras (Apdef), Yésica Arvelo, vería necesario una ley que protegiera a los consumidores ante estas prácticas

La cláusula suelo, el producto tóxico bancario que más afecta a la sociedad melillense

melillahoy.cibeles.net fotos 1274 20150716 172735

La representante de la Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras (Apdef) en Melilla, Yésica Arvelo, cuenta en una entrevista a este diario los casos en la Ciudad de productos tóxicos como cláusula suelo o preferentes que desde su presentación la pasada semana han llegado a la asociación. En especial, son las cláusulas suelo las que afectan más a los melillenses, pero que a su vez son las que más respaldo jurídico para ser anuladas.

  • ¿Cuál es el objetivo de la Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras (Apdef)?

Nuestro objetivo es ir en contra de los productos tóxicos de las entidades financieras que las personas firman porque lo tienen que firmar, pero sin saber lo que es realmente. En ocasiones esto se debe a desconocimiento sobre la terminología o porque no lo han terminado de comprender o simplemente el banco no explica cierta información.

  • ¿Cómo puede acceder a asesorarse un afectado por productos tóxicos bancarios?

Los interesados pueden acudir gratuitamente a informarse al despacho ubicado en la calle General Marina nº 2. En este primer contacto les informamos sobre la asociación y el procedimiento que nosotros llevamos a cabo con cada caso.

De esta manera, para trabajar con nosotros tienen que darse de alta en la página web de la Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras (Apdef) en el que el usuario completa los datos y tiene que llevar a cabo una única aportación de cinco euros, a efectos también de certificar que somos nosotros los que nos vamos a encargar del procedimiento.

Posteriormente, los usuarios deben traer la copia de la escritura de la hipoteca o un recibo que recoja los pagos de la hipoteca, o la amortización, lo que sea más fácil de conseguir y tenga mayor información. Esta documentación, es enviada al grupo de abogados de Barcelona quienes estudian la viabilidad o no del caso, y si es finalmente viable lo llevamos el grupo de abogados de la provincia.

Por el momento, todas las demandas están siendo abonadas, precisamente porque no cogemos un procedimiento si sabemos que lo vamos a perder, ya que nosotros cobramos si ganamos. Aún así, el usuario debe pagar una previsión de fondos que va de 300 a 600 euros dependiendo del procedimiento que posteriormente recupera ya que nosotros directamente lo obtenemos del banco.

  • ¿Qué tipo de casos os han llegado?

La mayoría de casos que nos llegan son de cláusula suelo y algunos casos de preferentes. El caso más común (y todos son bastante similares) es que no les dan copia del contrato de la hipoteca, sino del de compraventa. Normalmente cuando se realiza una hipoteca la entidad entrega dos escrituras una de compraventa, donde pone que la propiedad pasa a estar a tu nombre y el contrato de hipoteca en la que vienen todas las condiciones con las que tú contratas con el banco: tipo de interés, los intereses de demora, titulares, si hay que avalistas, te viene sobre que finca está la hipoteca construida, sobre que cantidad, etc. Entre estas condiciones venía lo que se denominaba la cláusula suelo, que hace que independientemente de que tenga un tipo de interés variable, cuando como en la crisis, empieza a bajar el euribor el tipo de interés variable se convierte en fijo. Esto es ilegal, porque tú contratas un tipo de interés variable y no puedes convertirlo en fijo porque aumenten tus beneficios. Así, en vez de tener un tipo de interés al uno lo está pagando al cinco, con los miles de euros que supone anualmente.

  • Las entidades financieras alegan que la cláusula suelo se refleja en el contrato y que la firma del cliente avala que está de acuerdo, ¿qué alegáis en estos casos para demostrar la ilegalidad de las cláusula suelo?

El usuario ha firmado ese contrato, pero sin saber lo que ha firmado. Es como las preferentes, lo vendieron como un producto a plazo fijo cuando no lo era. En el caso de la cláusula suelo, ni si quiera las entidades explicaban en que consistía. Por eso es recomendable que se consulte a un profesional antes de firmar, porque muchas veces nuestro trabajo es arreglar cosas que ya se han hecho mal. Realmente, se evitarían muchos litigios si se consultaran antes en caso de desconocimiento de determinados procesos. Todos tenemos la idea de que al abogado hay que visitarlo después cuando hay un problema, pero también hay que visitarlo antes. El abogado es como el médico, tienes que ir antes de estar totalmente enfermo, pero no después.

  • ¿Qué jurisprudencia existe hasta ahora respecto a las cláusulas suelo?

Son cientos de sentencias las que nos avalan. En la página web están a la vista de todos con las cantidades que se recuperan del proceso judicial que se ha iniciado. En el caso concreto de las cláusulas suelo, la Sala Primera del Tribunal Supremo, reafirmó la doctrina por la que se declaraba la nulidad de las denominadas cláusulas suelo por falta de transparencia y fijó doctrina al declarar que los usuarios solo podrán recuperar el dinero destinado a este concepto a partir del 9 de mayo de 2013.

  • En cuanto a preferentes, ¿existen casos en Melilla?

De entidades financieras en Melilla no, la mayoría son personas que vienen de fuera que han contratado preferentes con entidades de otros lugares. Aún así, invitamos a que si alguien tuviera algún tema de preferentes contratado en Melilla o en la Península también pidan ayuda a la asociación ya que no solo trabajamos con cláusula suelo.

El caso de las preferentes además es diferente al de las cláusula suelo, el usuario que estaba contratando este servicio estaba contratando una preferente, porque el beneficio que tenía al principio es que te daba un tipo de interés alto con el que los bancos daban una facilidad de ganar dinero y luego era fácil venderlo. Sin embargo, llegó el momento de la crisis en la que la gente tenía preferentes, las querían vender pero ya nadie quería comprarlas.

No era un producto de ahorro a plazo fijo que cuando el cliente quería cancelarlo, lo cancelaba, sino que el dinero pasa a formar parte del capital del banco. Para poder recuperar el dinero, alguien tenía que comprarlo. Cuando se inició la crisis se empezó a saber que era un producto perpetuo y no se podía recuperar el dinero. En este caso además estábamos hablando de clientes de entorno a los 80 años que desconocían las condiciones en las que firmaban las preferentes.

  • ¿Sería necesario entonces una ley que impidiera a los bancos este tipo de prácticas?

Lo que estamos tratando ahora es de arreglar las ilegalidades que se han cometido, pero sí debería haber una legislación que protegiera a los consumidores de este tipo de productos para impedir casos como los que ahora están produciéndose.

Loading

Nerea de Tena Alvarez

Más información

Scroll al inicio

¿Todavía no eres Premium?

Disfruta de todas
las ventajas de ser
Premium por 1€