Las personas solicitantes deberán tener una renta familiar ponderada inferior a 900 euros Este programa se financiará con una partida presupuestaria dotada en la presente anualidad con 1.000.000 euros. El alquiler anual de la vivienda deberá ser superior al 10% de la renta familiar ponderada, debiendo ser el alquiler mensual, como máximo de 550 euros. En el caso de familias numerosas el importe de la renta mensual podrá ascender a 600 euros. La renta familiar correspondiente a las personas que convivan o vayan a convivir en la vivienda objeto de la subvención deberá ser inferior a 900 mensuales.
Por otro lado, los solicitantes deberán acreditar que están al corriente en el pago del alquiler de la vivienda. También es un requisito ser español, nacional de algún país miembro de la Unión Europea, o extranjero con residencia legal permanente en España o extranjeros con autorización de residencia temporal.
Las personas solicitantes deberán llevar residiendo legal y continuadamente en Melilla desde los treinta y seis meses inmediatamente anteriores al uno de julio de 2015. Esta antigüedad en la residencia sólo será exigible, en caso de matrimonio, unión de hecho o convivencia marital, a uno de los miembros de la pareja.