La perspectiva de Nezar

La Banca Islámica: ¿Halal o Haram?

melillahoy.cibeles.net fotos 1662 Nezar

Hablar del Islam en cualquiera de sus aspectos de una forma contundente es muy arriesgado, ya que si alguien se equivoca, puede hacer que el resto de los musulmanes le sigan a él y no sigan realmente lo que dice el Islam, por lo que quiero dejar bien claro desde el principio, que lo que voy a escribir es una opinión y no una sentencia.

Desde mi perspectiva, los actos en el Islam y su consecuente validez son determinadas por sus “intenciones”. Y para ver realmente lo que está bien y mal en el Islam hay que ver con qué intención real se hace.
Sobre este tema he seleccionado dos apartados que creo son los más significativos:
Dice El Corán: -Los que comen de la usura no se levantarán, sino como se levanta en un ataque de locura el que ha sido tocado por el Saytán. Eso es porque dicen: La usura es como el comercio. Sin embargo, Allah ha hecho lícito el comercio y ha prohibido la usura. Así pues al que le llegue el aviso de Su Señor y desista, podrá quedarse con lo que ya esté consumado y su caso se remitirá a Allah. Pero quien reincida…Esos son los compañeros del fuego, donde serán inmortales.

Allah hace inútil la usura pero da incremento a lo que se da con generosidad. Allah no ama a ningún renegado, ni a ningún malvado.

  • ¡Vosotros que creéis! Temed a Allah y renunciad a cualquier beneficio de usura que os quede, si sois creyentes.

Muchos musulmanes afirmaban que la usura y el comercio eran lo mismo, ya que ambas actividades conllevaban el ejercicio de la Riba, o incremento del precio… No olvidemos que en tiempos medinenses las monedas tenían un valor en sí mismas, ya que eran pesos de oro y plata. El caso es que un comerciante le daba a un comprador un objeto a cambio de un precio superior a como a él le había costado su mercancía; el comercio es básicamente eso. Es decir, yo te doy un kilo de café que me ha costado cinco euros y tú me pagas siete. Sería lo mismo que yo te doy cinco euros y tú me devuelves siete, ya que en ambas cosas hay un incremento. O sea Riba, Pero Allah prohíbe la usura y permite el comercio… ¿Por qué? : Porque según mi perspectiva, el comercio tal y como lo contempla el Corán debe ser una transacción entre dos personas de cuyo cambio ambas salen beneficiadas y la usura en este caso sería todo lo contrario, aunque la forma sea prácticamente igual. Ya que en dicha transacción uno de ellos saldría perjudicado en beneficio de otro… Lucrarse de este incremento sería, desde mi perspectiva “usura”. Y así lo dice : “quien coma de la usura”, “no comáis de la usura”.

Si nos atenemos a lo expuesto, tanto la banca islámica, como la banca occidental serían Haram, ya que ambas son entidades con ánimo de lucro, en la que varios accionistas forman dicha institución para ganar dinero a costa de aquellas personas que no pueden adquirir sus necesidades sin su ayuda. Los bancos islámicos lo hacen a través de un comercio a plazos a un alto tipo de interés y los occidentales lo hacen con un préstamo. Pero en definitiva aunque unos guarden las formas, desde mi punto de vista, es lo mismo, es un interés lucrativo enmascarado.

Hay otras entidades, sin ánimo de lucro, lo más parecido a una Yamaía (cooperativa de ahorro para el beneficio de los cooperativistas ) en occidente que dan crédito y son cooperativas que podrán no ser haram.

Es la unión de muchos socios que hacen un aporte capitalista a dicha cooperativa y cuando uno de ellos necesita poner un negocio, ellos ponen a su disposición dicho dinero, conforme se gana el dinero o bien a convenio se va pagando el incremento que queda para el bien de toda la cooperativa y ésta en vez de que una junta de accionistas se lucre de él, revierte el capital en investigación rural, pesquera y ganadera, fomentando así el comercio y la productividad en la zona donde está ubicada. Sus beneficios no son lucrativos, sino con fines productivos y comerciales y los plazos de pago se pueden acordar como más le beneficie al pagador… Incluso a tasas fijas (las tasas variables también estarían prohibidas en el Islam, en la medida que la Especulación también está prohibido) No creo que esto sea Haram, porque el interés cumpliría la función de un impuesto para una función social muy importante: El incremento de la producción, el comercio y el empleo.

Desde mi perspectiva, si algún modelo de financiación y ahorro debería de seguir nuestro país, sería el de las cooperativas de crédito productivo (agricultura, pesca y ganadería) y social, de hecho, a estas entidades no les ha afectado la crisis como al resto: Cajas y Bancos, que ahora son prácticamente lo mismo.

Lo que también está claro es que si por el hecho de no lucrarse de dichos intereses van a subir en exceso, también sería Riba, ya que dicha entidad se beneficiaría en perjuicio de los cooperativistas y de aquellos clientes que no lo son y se crearía una entidad lucrativa en sí misma.

En lo que se refiere a los depósitos : Si las monedas fueran de oro y plata, cualquier beneficio o incremento en el peso del capital depositado sería Haram. Precisamente porque el lucro ya sería personal. Sin embargo, al ser nuestra moneda divisas de valor productivo, dicha divisa cada año pierde valor, por lo que la Caja debería de aportarnos nuestro capital más el capital del Índice de Precios al Consumo, o sea lo que conocemos como el IPC. Ya que no se trataría de ganar dinero, sino de no perderlo: Si tenemos retenidos en la caja 1000 euros durante diez años, dentro de ese tiempo, el millar de euros implicarían menos valor que los depositados en un principio, debido a que los productos de consumo habrán subido de precio.

Creo que El Corán no se refiere al interés en sí mismo, sino a lucrarse del interés en perjuicio de un necesitado… O sea, comer de la usura, lucrarse de ella… Un banco prestamista nunca puede ser una entidad con ánimo de lucro. Pero que el lector no se lo tome al pie de la letra… Puede ser que las cooperativas de crédito agrícola o productivo sean Haram y los bancos islámicos sean Halal. Es, como yo digo, solo una opinión.

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