La AEAT ha intensificado su lucha contra los morosos, bloqueando cuentas y tarjetas de quienes tienen deudas fiscales superiores a 600.000 euros. Esta medida ha suscitado críticas por su carácter punitivo y subjetivo, afectando a ciudadanos y empresas.
La AEAT, en lo que muchos califican de caza de brujas y afán recaudatorio, endurece sus acciones contra grandes morosos y contribuyentes reincidentes: bloqueará el acceso a cuentas bancarias y tarjetas de crédito a quienes figuren en su lista de vigilancia fiscal.
Un paso más en el acoso a los contribuyentes
La Agencia Tributaria ha anunciado medidas contundentes contra los contribuyentes (para ella, “obligados tributarios”) que mantienen deudas fiscales importantes o incumplen reiteradamente con sus obligaciones tributarias.
Hacienda podrá suspender de forma cautelar el acceso a cuentas bancarias y tarjetas de crédito pertenecientes a determinados contribuyentes incluidos en una lista específica.
Según fuentes de la AEAT, esta decisión busca reforzar la lucha contra el fraude fiscal y asegurar el cobro de deudas pendientes.
La medida se enmarca dentro de un plan más amplio de control y seguimiento tributario, que cada vez afecta a más ciudadanos y empresas, que afectará inicialmente, según afirman desde la AEAT, únicamente a aquellos que figuren en ciertos registros críticos elaborados por la Agencia Tributaria.
Tanto particulares como empresas, que presenten perfiles de alto riesgo o que hayan sido previamente advertidos por la administración, son objetivos de estas nuevas medidas de una Hacienda que parece insaciable.
¿Quiénes están en la lista?
La lista de Hacienda está integrada por contribuyentes con deudas superiores a los 600.000 euros con la Agencia Tributaria, que no hayan sido abonadas ni fraccionadas, y cuya situación sea firme. El listado se publica anualmente y contiene tanto personas físicas como jurídicas.
En los últimos años se ha incorporado un nuevo criterio: la reincidencia en el incumplimiento de obligaciones tributarias. Por tanto, aunque la deuda sea inferior, si una persona o empresa acumula múltiples requerimientos ignorados, puede ser incluida también en una categoría especial de vigilancia.
¿Qué implica la suspensión de cuentas y tarjetas?
Cuando la AEAT activa esta medida, solicitar a las entidades financieras la inmovilización temporal de las cuentas corrientes y tarjetas asociadas al contribuyente afectado.
No es un embargo automático, pero sí una paralización preventiva para evitar que se dispongan de fondos antes de que se ejecute un procedimiento formal.
La suspensión incluye:
Bloqueo de movimientos bancarios (retiradas, transferencias, pagos).
Inutilización de tarjetas de crédito y débito.
Acceso restringido a productos financieros asociados al contribuyente.
Estas actuaciones, que cada vez dejan más desamparados a los españoles ante nuestra Hacienda, se realizan bajo el respaldo legal del artículo 162 de la Ley General Tributaria, que permite este tipo de actuaciones en casos de riesgo (algo subjetivo y peligroso) para la recaudación.
¿Se puede evitar o revertir la suspensión?
Los contribuyentes que reciban una notificación de este tipo pueden:
Pagar la deuda total o parcial para desbloquear la situación.
Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento, siempre que cumplan con los requisitos.
Presentar alegaciones si consideran que han sido incluidos por error o si existe un litigio pendiente.
El proceso es rápido y automatizado, por lo que se recomienda actuar cuanto antes para evitar consecuencias más graves, como embargos definitivos o procesos judiciales.
¿Cómo saber si estás en la lista?
La AEAT publica cada año el listado de grandes morosos en su sitio web oficial (www.agenciatributaria.es). Los afectados deben recibir también una notificación previa, ya sea por correo certificado o a través de su buzón en la sede electrónica, informando de su inclusión y de las posibles consecuencias.
¿Un paso más en la lucha contra el fraude?
Esta medida forma parte de una nueva estrategia de Hacienda centrada en la disuasión y el cobro efectivo, especialmente tras la aprobación de nuevas normativas que endurecen las sanciones por ocultamiento de patrimonio, falsedad documental o utilización de entramados societarios para evitar impuestos.
Según explican desde el Ministerio de Hacienda, «no se trata de una caza de brujas, sino de una herramienta de control fiscal que permite proteger los intereses del Estado y actuar con rapidez ante casos de riesgo».
Se han levantado muchas voces en contra de estas medidas, que producen indefensión y que, en base a criterios subjetivos, con la excusa de un supuesto riesgo de impago, destruyen la vida y hacienda de personas y empresas. El gobierno actual debería dejar actuar al poder judicial y esperar al embargo u otras medidas judiciales, pero, al parecer, prefiere quitarle competencias.
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