El Gobierno blinda los alquileres: a partir de ahora, los inquilinos podrán quedarse en la vivienda, aunque el propietario no quiera renovar el contrato

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En 2024, el 20,4% de los hogares españoles vive de alquiler, aumentando la crisis de vivienda. La nueva «ley de alquileres» busca estabilidad para inquilinos, pero provoca protestas de propietarios. La normativa establece prórrogas automáticas y límites a la renta, generando un debate entre ambas partes.

 

 El 20,4% de los hogares españoles vivían de alquiler este 2024, una cifra que aumenta año tras año.

La crisis de vivienda en España es uno de los problemas que más preocupan a los españoles y melillenses.  Según el INE (Instituto nacional de Estadística), el porcentaje de hogares que viven de alquiler ha alcanzado niveles históricos: en el año 2024, el 20,4% de los hogares vivía de alquiler, un aumento del 18,7% respecto a los datos del año anterior.

La situación es aún peor en Baleares, con un 30,9% de viviendas en alquiler, Cataluña, con un 27,9%, y Madrid, con un 27,1%, lo que refleja una tendencia creciente en España.  La situación también se va complicando en zonas turísticas, donde en los últimos años el crecimiento de pisos de alquiler turístico o temporal, ha provocado un aumento de los precios y una gran escasez en los alquileres a largo plazo.

El gobierno ha decidido tomar medidas (ya se verá si serán positivas o negativas) para aplacar la crisis de vivienda y se ha vuelto más estricta. La nueva reforma de la Ley de Vivienda, conocida como “la ley de alquileres”, trae un gran cambio para aquellos que arriendan una casa o un piso.

El objetivo es que los inquilinos tengan más estabilidad en un mercado muy variable donde los precios suben año tras año. Para conseguirlo se ha implantado esta reforma, bien recibida por los inquilinos, pero que ha desatado constantes protestas entre los propietarios, que demandan, para solucionar el problema, que se construyan más viviendas públicas.

La nueva ley aplicará el derecho de permanencia en la vivienda. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, el artículo 10 decreta que los contratos de alquiler firmados desde el 6 de marzo de 2019 se prorrogan de forma automática.  Esta renovación obligatoria ocurrirá en los casos en que la duración del contrato sea menor a 5 años cuando el propietario es una persona física, y en caso de ser una persona jurídica, la duración de la cláusula será hasta los 7 años de contrato.

Una reforma con impacto sin precedentes en España

Si el arrendatario cumple con los pagos y condiciones pactadas, podrá continuar en la vivienda hasta completar los cinco años en contratos con propietarios particulares (personas físicas). En caso de propietario persona jurídica (empresas o entidades), la prórroga se extiende hasta los siete años.

Fuentes del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana aseguran que el objetivo es reducir la rotación constante de pisos, algo que repercute en la movilidad de los trabajadores y en la organización económica de los hogares.

Puntos clave que todo arrendatario debe tener en cuenta:

Fecha de firma del contrato: solo aplica a contratos a partir de 2019.

Duración mínima: 5 años para propietarios particulares y 7 para sociedades.

Prórroga forzosa: se activa de forma automática si se cumplen las condiciones.

Límites de renta: la reforma mantiene un control para evitar subidas abusivas.

Las asociaciones de propietarios advierten que esta normativa limita su capacidad de disponer libremente del inmueble y podría fomentar alquileres a corto plazo.  Es recomendable que ambas partes revisen bien el contrato y, en caso de dudas, acudir a profesionales o a organismos públicos para asegurar que se cumpla la legislación.

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