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El Estatuto de la Víctima: medidas para evitar la “doble victimización secundaria”

El salón de actos del Ilustre Colegio de Abogados de Melilla (Icame) acogió ayer una nueva jornada formativa. En esta ocasión los diferentes operadores jurídicos que asistieron al curso, pudieron abordar la incidencia que ha tenido la entrada en vigor en octubre del pasado año la Ley 4/2015, del Estatuto de la Víctima del Delito. Con esta reforma, su ponente, la fiscal jefa de Melilla, Isabel Martín, asegura que entre otras consecuencias se evita la "doble victimización secundaria", en especial cuando es menor, donde lo exige la ley.

La fiscal jefa de la Fiscalía de Área de Melilla, Isabel Martín, abordó durante su ponencia la incidencia de la entrada en vigor el pasado mes de octubre de la Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima del Delito, que ha supuesto la modificación de destacadas leyes como la legislación de Enjuiciamiento Criminal. En esta se recoge en un "compendio legislativo, todas las garantías, derechos, apoyo y protección que se establece respecto a la víctima y que hasta ahora no aparecían regulados".

En declaraciones a los medios, Martín reconoció que el ordenamiento jurídico español "es especialmente garantista", dado que prevé instituciones como la acusación particular o la acusación popular. No obstante, señala que "hasta ahora no había una ley que regulara de forma genérica los derechos y garantías de la víctima".

Además esta reforma, detalló la fiscal, se ha hecho para poder adaptar toda la legislación europea, en concreto, la directiva del Parlamento Europeo y el Consejo Europeo del 25 de octubre de 2012.

La protección del menor
La fiscal puso de ejemplo, entre algunas de las medidas, la opción de la víctima cuando es menor de edad, de poder elegir a cualquier persona en un proceso penal como representante legal que podrá acompañarlo en el ámbito del proceso.

Con esta medida, aclaró Martín, se pretende "quitar que la víctima tenga que acudir a declarar en sede policial, luego en fase de instrucción y luego en el juicio oral", tomando directamente la prueba en fase de instrucción a través de medios audiovisuales, y reproduciéndola en el juicio oral.

Esta medida tiene el objetivo de promover la prueba preconstituida de forma que se evita "una doble victimización secundaria, sobre todo cuando son menores, que lo exige la ley", aseveró Martín.

Nerea de Tena Alvarez

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El Estatuto de la Víctima: medidas para evitar la “doble victimización secundaria”

Nerea de Tena Alvarez

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