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El juez mantiene la prohibición de salida del país a Ábalos, aunque le permite comparecer ante los juzgados de Valencia

El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha confirmado su decisión de prohibirle la salida del país al exministro de Transportes José Luis Ábalos, así como de retirarle el pasaporte, aunque ha accedido a que comparezca cada 15 días ante el Juzgado Decano de Valencia y no ante la secretaría de la Sala de lo Penal del alto tribunal mientras permanezca investigado por la presunta adjudicación de contratos públicos al empresario Víctor de Aldama y sus socios a cambio de comisiones.

En un auto, recogido por Europa Press, el instructor desestima el recurso de reforma que presentó el ahora diputado del Grupo Mixto al considerar que «solo puede, en este momento, confirmarse la existencia de razonables indicios de la posible comisión por parte de don José Luis Ábalos Meco de diferentes ilícitos penales».

El magistrado rechaza el argumento de Ábalos de que por su condición de diputado o por su rostro «fácilmente identificable» no existe riesgo de fuga. Puente defiende que las medidas cautelares acordadas son «necesarias» y «plenamente proporcionadas» porque «solo de forma muy ligera, y en todo caso justificada, limitan la libertad ambulatoria del investigado».

El exministro incidió en que ninguno de los inmuebles con los que aparece vinculado hubieran comportado para él beneficio o aprovechamiento alguno. Se desmarcó del piso de Plaza España al decir que él nunca vivió allí y que las rentas las pagó en mayor parte el empresario Luis Alberto Escolano, socio del presunto conseguidor de la trama, Víctor de Aldama.

En su auto, Puente contesta que «siendo ello cierto, lo es también, evidentemente, que el referido apartamento era ocupado en el período ya tantas veces referidos por la persona que, según el propio Ábalos sostuvo en su declaración como investigado, era en ese momento su pareja sentimental».

El exministro también se desmarcó del chalet en la localidad andaluza de La Alcaidesa al asegurar que no obtuvo beneficio económico alguno como consecuencia de ese alquiler y que incluso fue desahuciado el inmueble tras dejar de pagar rentas y previo acuerdo amistoso.

«Potencia incriminatoria»

Con todo, el magistrado subraya que Ábalos no hizo referencia alguna en su recurso al piso de Paseo de la Castellana de Madrid valorado 1,9 millones de euros. «En todo caso, es importante tener en cuenta que es el conjunto de los inmuebles referidos el que, a juicio de este instructor, presenta una particular potencia incriminatoria, siempre en los términos indiciarios que resultan propios de este momento procesal», señala.

No obstante, en lo relativo a las comparecencias quincenales, el magistrado concluye que «no hay inconveniente» en que se realicen a partir de ahora ante el Juzgado Decano de Valencia, «siendo éste el domicilio del investigado»; ello, «sin perjuicio de que, si en las fechas previstas para ello, en consideración a su condición de Diputado o por otra razón, se encontrase en Madrid, las mismas tengan lugar en la Secretaría de este Tribunal Supremo».

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El juez mantiene la prohibición de salida del país a Ábalos, aunque le permite comparecer ante los juzgados de Valencia

Europa Press

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