Un hombre ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión por disparar con un arma de fuego a otro varón en Melilla, causándole lesiones graves y secuelas permanentes que le han provocado una cojera de por vida. La sentencia, dictada en primera instancia por la Audiencia Provincial de Melilla, ha sido confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Según el fallo al que ha tenido acceso MELILLA HOY, los hechos ocurrieron sobre las 00:15 horas del 5 de agosto de 2018 en la calle Tadino de Martinengo. Según la resolución judicial, la víctima se encontraba en la vía pública cuando se le acercó el ahora condenado, quien lo intimidó esgrimiendo un cuchillo de grandes dimensiones, lo que motivó que el joven huyera del lugar.
Minutos después, el acusado regresó a la misma zona a bordo de un ciclomotor conducido por otra persona y efectuó dos disparos con el arma de fuego que portaba. Uno de los proyectiles alcanzó a la víctima en el pie izquierdo, “causándole una herida anfractuosa de unos 12 centímetros de diámetro, con pérdida de sustancia ósea y de tejidos blandos, además de otra lesión en el talón derecho por la inserción de un perdigón”.
A consecuencia del disparo, el denunciante precisó tratamiento médico y fue sometido a una intervención quirúrgica “para el desbridamiento, limpieza y estabilización de la lesión mediante una aguja de Kirschner”. Posteriormente requirió curas periódicas, tratamiento con antibióticos y analgésicos, así como un prolongado proceso de rehabilitación. El tiempo total de curación ascendió a 210 días, de los cuales 10 fueron considerados de perjuicio grave, con ingreso hospitalario, y 200 de perjuicio moderado.
43.504,54 euros de indemniización
Según el auto judicial, “las secuelas son definitivas e incluyen deformidad del pie izquierdo con limitación de la movilidad de los dedos y del tobillo, dolor persistente al apoyar el peso, pérdida significativa de masa muscular, parestesia en el primer dedo del pie, inflamación crónica y la necesidad de utilizar muletas para la deambulación”. Asimismo, la víctima “desarrolló un trastorno de estrés postraumático de carácter moderado” y presenta un perjuicio estético “valorado como moderado debido a una gran cicatriz de 13 por 11 centímetros”.
La sentencia condena al acusado como autor de un delito de amenazas graves a seis meses de prisión y como autor de un delito de lesiones a cuatro años de prisión, con la concurrencia en ambos casos de la atenuante de dilaciones indebidas, debido a que los hechos ocurrieron hace siete años, en 2018.
El condenado deberá indemnizar a la víctima con 43.504,54 euros, más los intereses legales correspondientes, y asumir el pago de las costas procesales. Además, se le impone la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
La defensa del acusado interpuso recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba, vulneración de la presunción de inocencia y la no apreciación de la atenuante de dilaciones indebidas. Sin embargo, el TSJA ha desestimado el recurso al considerar que “las dudas planteadas son infundadas” y ha respaldado la valoración probatoria del tribunal de instancia “otorgando plena credibilidad a la declaración directa y espontánea de la víctima durante la fase de instrucción”.
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