CONSUMO

Arranca la campaña de inspección-información de las Rebajas

La Consejería de Presidencia y Salud Pública, a través de la Dirección General de Sanidad y Consumo, ha iniciado la campaña de inspección-información "promociones de venta-rebajas": julio-agosto 2016.

Así informa que la habitual Campaña de Control de las rebajas, se está llevando a cabo en dos etapas coincidiendo con cada uno de los periodos tradicionales de rebajas anuales, teniendo en cuenta que "las ventas en rebajas podrán tener lugar en los periodos estaciónales de mayor interés comercial según el criterio de cada comerciante y que la duración de cada periodo de rebajas será decidida también por cada comerciante.
Así explica que cada etapa se realizará en dos fases simultáneas para cada periodo de rebajas. La primera "Fase Informativa", con la difusión del tríptico informativo "promoción de ventas: rebajas, ofertas, saldos y liquidaciones: información para los consumidores-obligaciones de los empresarios". Dicho tríptico que incorpora información accesible sobre la normativa aplicable a las promociones de venta, se difundirá a través de las inspecciones, en la página Web de la Ciudad Autónoma en el apartado de "Consumo" de la Consejería de Presidencia y Salud Pública y en las dependencias de la Dirección General de Sanidad y Consumo a disposición de los consumidores y usuarios.

La segunda "Fase de Inspección" se comprobará que los establecimientos de todo tipo. Textiles, tejidos, calzados, bazares, multiprecios, etc., que realizan actividades de promoción de ventas cumplan con los requisitos preceptuados en la Ley 7/1996, de 15 de enero de Ordenación del Comercio Minorista, por lo que respecta a las actividades de: Ventas en Rebajas, Ofertas o Promociones, Saldos y Liquidaciones.

A este respecto desde la Consejería de Presidencia y Salud Pública se informa por ejemplo que está prohibido vender en rebajas artículos diferentes a los que se venden en temporada al tiempo que ha recordado que el comerciante solo está obligado a cambiar los productos defectuosos y en cualquier época del año. Por ello las devoluciones o cambios de artículos no defectuosos son dispositivas del comerciante. “Conviene concretar con el vendedor las posibilidades de cambio y si las tiene anunciadas” ha apuntillado.

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