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Columna pública

Aclaraciones a la Diputada del grupo CPM, Sra., Doña Dunia Almansouri

Con fecha 31 de mayo de 2017, aparece publicado en distintos medios de comunicación local las declaraciones de la Diputada del grupo CPM, Sra., Doña Dunia Almansouri, con respecto al proyecto de Reglamento de Regulador de las Ayudas Económicas y Servicios para la Atención de Necesidades Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el que se vierten una serie de adjetivos sobre este proyecto, que no casan con la realidad del texto propuesto.

1.- El texto articulado propuesto viene siendo objeto de debate desde hace más de 3 meses en la Comisión de Bienestar Social, habiéndose dado la posibilidad de que los distintos grupos formularan aportaciones al texto.

2.- En la última Comisión se hizo un recorrido exhaustivo por aquellas aportaciones que se formularon aceptándose un número apreciable de propuestas de los Grupos Ciudadanos y PSOE, en su mayoría de índole técnica.

3.- Examinadas las del Grupo de CPM, las mismas a diferencias de las formuladas por los otros dos grupos, en su inmensa mayoría, eran propuestas generales sobre el texto, no concretando el precepto del articulado que se quería variar salvo en algún caso concreto como el plazo de empadronamiento para acceder a los servicios.

4.- Con respecto a los calificativos que empleó para referirse a este futuro Reglamento no podemos compartir ni aceptar los mismos, entre otros motivos porque este Reglamento supone un verdadero esfuerzo de compilación de todas las ayudas sociales que hasta la fecha se encontraban esparcidas por un buen número de normas dispersas. Este nuevo Reglamento, al encontrase en un solo texto, no sólo ayudan al técnico en su labor diaria, sino que es más ágil para concretar la resolución. Además, se desglosa en toda una serie de prestaciones que con anterioridad no tenían su propia existencia, recogiéndose en todas y en cada una de ellas los requisitos y condiciones de acceso, lo que evidencia un ejercicio de transparencia e información a la ciudadanía sin parangón hasta la fecha, toda vez que se pretende dar la pertinente publicidad a este texto a través de la pagina web de la ciudad y por otros medios.

5.- Expresiones como “está mal hecho”,”no hay por donde cogerlo”, “es ambiguo”, e “invita a la arbitrariedad”, son calificativos muy poco afortunados y de verdadero mal gusto ante el esfuerzo que los técnicos de Servicios Sociales han venido realizando desde el pasado año para la confección y estudio del citado Reglamento. Ello, primero, porque denota una muy poca calidad en la crítica política, al no concretar donde están los manifiestos errores que aduce.

Segundo, por que falta a la verdad, ya que se recogen de forma sistemática las ayudas y prestaciones que tramita esta Consejería, se señalan los umbrales de renta de ámbito general para todas las ayudas y en casos concretos se recoge, expresamente, si este umbral es susceptible de ser afectado por otras circunstancias sociofamiliares que deben valorarse técnicamente.

Señalar que se invita a la arbitrariedad, es cuestionar desde la más absoluta ignorancia, cuál es la labor de los profesionales de los servicios sociales. Pero es más, se ha procurado que los márgenes tanto políticos como técnicos se reduzcan a la mínima expresión, exigiendo en todas las prestaciones los requisitos tanto en umbrales de rentas como en justificación de las condiciones de acceso en aras de la transparencia, e incluso las excepciones a estos requisitos se contemplan en el Reglamento evitando que las mismas sean arbitrarias, exigiéndose una motivación técnica clara y específica para cada ayuda/prestación en particular.

Sra., Almansouri, puedo garantizarle, sin ambigüedad ni arbitrariedad, que la mayoría de tos técnicos de esta consejería, están aburridos y hartos de que se cuestione su profesionalidad, ya que se presume que todo el mundo sabe de servicios sociales o de la labor que realizan los trabajadores sociales y demás profesionales técnicos. Esta profesión está tan regulada como la de cualquier otro profesional de la Administración Pública, y está sometida a los mismos controles administrativos y judiciales que las del resto de técnicos de la Administración, no pudiendo prescindir por ello de los procedimientos a aplicar, ni actuar de forma arbitraria ante un problema social planteado.

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