El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictaba un auto desestimatorio de la suspensión cauteral del Pleno de la moción de censura solicitada por los 10 concejales (entre socialistas y penemistas) que consideraron lesionados sus derechos, al entender que no fueron convocados de forma legal por Velázquez para asistir a esta sesión extraordinaria y urgente. Por otro lado, juez titular del Juzgado número 2 de Melilla sobreseía el expediente incoado contra el alcalde, Ignacio Velázquez, por ocultación de documentación a la Corporación. La demanda, presentada por el socialista Gonzalo Hernández, venía dada como consecuencia de la carta de un arquitecto contra la concejala Pilar León. Todo quedó finalmente en nada.