El TCU elimina la subvención a PPL y se la reduce a CPM por incumplir la Ley Electoral

El TCU propone reducir en 2.375,50 euros la subvención electoral a la formación que lidera Mustafa Aberchán

Dos de los partidos políticos que concurrieron en Melilla a las elecciones autonómicas del 24 de mayo de 2015, y que obtuvieron representación parlamentaria en la Asamblea, incumplieron las reglas del juego democrático al no rendir cuentas sobre gastos e ingresos en campaña siguiendo los requisitos de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Se trata de Coalición por Melilla (CPM) y Populares en Libertad (PPL), para los que el Tribunal de Cuentas (TCU) ha propuesto reducir la subvención electoral en el caso del primero, y eliminarla directamente en el caso del segundo. Así aparece recogido en el Informe de Fiscalización de las Contabilidades de las Elecciones Locales de 2015 elaborado por el TCU, al que ha tenido acceso MELILLA HOY, y que recientemente defendió en el Congreso de los Diputados el presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda García.

CPM pierde 2.375 euros de subvención
El caso de Coalición por Melilla aparece recogido con mucho más detalle en el Informe de Fiscalización de las Contabilidades de las Elecciones Locales de 2015 elaborado por el TCU, donde esta entidad ha presentado una propuesta de reducción de la subvención electoral de 2.375,50 euros para la formación que lidera Mustafa Aberchán. Ello, “con independencia de otras actuaciones que puedan proceder y considerando la información presentada al Tribunal de Cuentas”, que abre así la posibilidad a emprender más acciones además de reducir la subvención electoral a los cepemistas.
Los 2.375,50 euros de subvención electoral que CPM dejará de recibir corresponden a un 10% de los 23.755 euros que este partido político utilizó como recursos en la campaña electoral, “cuya procedencia no ha quedado suficientemente acreditada tal y como requiere el artículo 126.1 de la LOREG, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 134.2 de la misma Ley y de acuerdo con los criterios técnicos aprobados por el Pleno del Tribunal de Cuentas para su aplicación en este proceso electoral”.
Esos 23.755 euros aparecen en el informe del TCU como “otros ingresos” en el apartado de “Recursos Declarados”, donde también figuran aportaciones de personas físicas por importe total de 9.900 euros, “no identificadas con los requisitos establecidos por el artículo 126.1 de la LOREG”.

Rinde cuentas con deficiencias
Según este informe del TCU, CPM rindió cuentas en el plazo establecido, pero con deficiencias. Así, este organismo señala que la contabilidad presentada por los cepemistas “no ha incluido un detalle suficiente de las partidas correspondientes a los ingresos y gastos electorales” a pesar de que se le requirió. Ello “ha impedido conciliar los saldos que figuran en los estados contables con la documentación justificativa aportada”.
Tampoco existe una “coherencia interna de la contabilidad rendida”, según el TCU.

Gastos irregulares
Otro de los apartados de la contabilidad de CPM se refiere a los gastos por operaciones ordinarias. Este partido declaró 56.811,05 euros en gastos ordinarios, pero de esta cantidad, el TCU sólo considera como justificados 19.427,50 euros. El resto, 37.383,55 euros, están recogidos como “Gastos irregulares”.
El TCU los explica: “Figura un importe total de 34.087,55 euros, que corresponde a gastos con justificación insuficiente al no haberse acreditado su vinculación al proceso electoral, aun cuando se ha tenido en cuenta a efectos del cumplimiento del límite máximo de gastos. Asimismo se incluyen gastos, por importe total de 3.296 euros, cuyos conceptos no tienen la consideración de gasto electoral con arreglo a lo establecido en el artículo 130 de la LOREG”.
Por ello, “de acuerdo con los criterios técnicos aprobados por el Pleno del Tribunal de Cuentas para su aplicación en el proceso electoral, estos gastos no son admitidos como susceptibles de ser financiados con subvenciones electorales”.

Supera el límite de gastos
No es el único ‘pero’ que el TCU encuentra en la relación de gastos de CPM. Según el órgano fiscalizador, este partido “ha superado en 44.219,06 euros el límite máximo de gastos, establecido en el artículo 193.2 de la LOREG, aplicable a este proceso electoral”. Esto supone un exceso del 475,67% sobre dicho límite, que era de 9.295,99 euros.
El TCU explica que “las partidas imputadas a efecto del cálculo de los límites correspondientes se han obtenido directamente de la documentación justificativa aportada por la formación política”, lo que eleva los gastos a 53.515,05 euros.
También recuerda que superar los límites de gastos electorales previstos por la LOREG “constituye una irregularidad sancionable tipificada en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos”.
Según el informe del TCU, CPM sí se ajustó al límite de gastos de publicidad, tanto en la publicidad exterior como en la publicidad en prensa y radio. En cada una de ellas gastó 1.859,20 euros.

Sin cuenta corriente específica
El TCU añade otro incumplimiento de la Ley Electoral por parte de CPM a la hora de hablar de la Tesorería de la campaña electoral, ya que este partido no comunicó a la Junta Electoral la apertura de una cuenta bancaria específica para la campaña electoral, tal y como exige el artículo 124.1 de la LOREG.
Según el TCU, los gastos pendientes de pago a la fecha de la contabilidad suman 23.159,25 euros. “Al no existir disponibilidades de tesorería suficientes (15,45 euros), la mayor parte del pago tendrá que efectuarse con cargo a cuentas corrientes de la actividad ordinaria, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 125.1 de la LOREG, o requerirá la incorporación de nuevos recursos, con lo que el ingreso y el pago se efectuarán fuera de la contabilidad electoral fiscalizada, lo que incumple la prohibición de la disposición de los saldos de las cuentas corrientes electorales a que se refiere el artículo 125.3 de la LOREG”, agrega el TCU.

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