Miguel Ángel García Gutiérrez, titular del juzgado de instrucción número 5 de la ciudad autónoma, participó a principios del mes de mayo en las II Jornadas de Derecho Concursal organizadas por el Foro de las Corporaciones y que se celebraron en el hotel Roca Negra Agaete (Gran Canaria). García Gutiérrez intervino especialmente en la mesa redonda 'Concurso de las personas físicas y la segunda oportunidad', donde dio su punto de vista de la la reforma introducida en la Ley Concursal por la Ley 14/13 de 27 de septiembre sobre apoyo a los emprendedores y su internalización. El Foro de las Corporaciones celebró a principios de mayo las II Jornadas de Derecho Concursal en el hotel Roca Negra Agaete (Gran Canaria), a las que asistirán profesionales de la Economía y el Derecho de toda España, así como jueces, magistrados, fiscales y juristas de reconocido prestigio. Las jornadas fueron inauguradas por el viceconsejero de Justicia y juez en excedencia, Pedro Herrera, y clausuradas por el fiscal jefe de Las Palmas, Guillermo García-Panasco. En las Jornadas participó Miguel Ángel García Gutiérrez, del Juzgado número 5 de Melilla.
García Gutiérrez intervino especialmente en la mesa redonda 'Concurso de las personas físicas y la segunda oportunidad'. El juez explicó que la reforma introducida en la Ley Concursal por la Ley 14/13 de 27 de septiembre sobre apoyo a los emprendedores y su internalización ha de considerarse especialmente positiva, dado que establece por primera vez mecanismos de limitación de la responsabilidad de las personas físicas en concurso tras la fase de liquidación de concurso, así como que adapta al ámbito interno la normativa comunitaria sobre la materia.
Asimismo, Miguel Ángel García Gutiérrez explicó, en esta mesa redonda, que la reforma se acerca a las soluciones ya previstas desde hace años en los países de nuestro entorno y crea un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas para pequeños empresarios, ya sean personas jurídicas o físicas.
"Aunque será la práctica la que irá demostrando el éxito o no de la reforma, parece que el legislador se ha quedado demasiado corto", afirmó el juez, habida cuenta de que la experiencia concursal demuestra que la remisión del 75 por ciento de los créditos ordinarios cuando tras la liquidación de la masa activa no queden bienes suficientes, siempre que el concurso sea calificado como fortuito y pueda hacer frente a todos los créditos contra la masa, créditos privilegiados y 25% de los créditos ordinarios, "va resultar claramente insuficiente y difícilmente se van a poder cumplir por el concursado".
Por ello, García Gutiérrez espera que en futuras reformas se "minimicen" estos requisitos para otorgar a las personas físicas "una verdadera segunda oportunidad, no estigmatizarlo socialmente, y recuperarlo para el consumo y la actividad empresarial".