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La Fiscalía rechaza la denuncia de una profesora contra dos de sus alumnos por publicar una foto suya besándose con otra mujer acompañada de comentarios

Subraya que la imagen fue publicada previamente por la docente y que los comentarios «Pues si ésta casada y con una niña» y «si chilla como un hombre» no son injuriosos

La Fiscalía de Menores de Melilla ha sobreseído la denunciado interpuesta por una profesora del Instituto de Enseñanzas Secundarias Enrique Nieto contra dos de sus alumnos por haber publicado el pasado 9 de diciembre de 2021 en un chat privado de la red social Instagram una fotografía suya besándose con otra mujer, que era su pareja en el momento en el que se tomó la imagen, que la docente había colgada en otra red social, Twitter, con comentarios como «Pues si está casada y con una niña» y «Si chilla como un hombre».

Según el decreto de la fiscal de menores al que ha tenido acceso MELILLA HOY, la representante del Ministerio Público rechaza la denuncia presentada por la vía penal por una profesora de Inglés de 1º de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) contra el alumno que publicó la foto, de 14 años de edad, y la alumna de 13 años que hizo dichos comentarios y que la profesora consideraba que realizaron por su condición de lesbiana. Para el estudiante de 14 años pedía una pena de 12 meses “en régimen semiabierto” mientras no pudo pedir pena para la de 13 años al ser inimputable por su edad.

La fiscal, sin embargo, ha señalado en su auto que los niños no han cometido ninguno de los tres delitos que les achacaban: ni delito de odio, ni delito contra la integridad moral, ni delito contra la intimidad.

Al respecto, ha subrayado que los comentarios «Pues si está casada y con una niña» y «Si chilla como un hombre», al hilo de la publicación en Twitter de una foto de ella besándose con otra mujer, “no pueden considerarse injuriosos en cuanto que, no están directamente dirigidos a ella, ya que no forma parte del grupo, no han sido difundidos en ningún perfil, ni red social pública, ni pueden considerarse como incitativos al odio”.

Igualmente, ha decretado que “el hecho de apoderarse de fotos de la red social de otra persona y difundirlas, si bien, puede ser una conducta éticamente reprochable, no tendría encaje en el tipo del delito contra la intimidad” previsto en el Código Penal, en cuanto que, sostiene la instructora, “no pueden calificarse estas imágenes como de carácter íntimo o personal” ya que previamente fueron difundidas por la propia profesora.

Asimismo, ha añadido que “tampoco se ha producido una difusión de las mismas en un sitio público que pudiere menoscabar su intimidad” al tratarse de un chat privado de Instagram denominado “1°A”. De igual modo, ha dejado claro que “no puede apreciarse el plus de maldad y perversidad, degradación moral, ni una intensidad lesiva en el sujeto pasivo del delito”, requisitos exigidos por la jurisprudencia relativa al uso de fotos de terceros publicadas en redes sociales.

Por ello, la Fiscalía de Menores resume que “encontrándonos ante dos comentarios, aislados, sin reiteración relatada por la denunciante, que no se producen tampoco en un gran foro, ni se dirigen directamente contra la denunciante creando un clima de intimidación u hostigamiento, no susceptibles de generar una situación de desasosiego o ansiedad en la denunciante ni de menoscabar gravemente, ni su intimidad ni su integridad moral, no es posible subsumir los hechos en precepto penal alguno, no siendo constitutivos de delito”, procediendo por tanto, al sobreseimiento libre de la causa.

Merece reproche familiar y educativo pero no corrección penal

Al margen de no considerar delictiva la actuación de los estudiantes, recoge no obstante en su auto que “la conducta denunciada merece el correspondiente reproche social y ético, en cuanto que, se trata de expresiones no respetuosas contra una profesora del Instituto en las que se están realizando manifestaciones que pudieren molestarla e incomodarla, si bien, el siglo en el que nos encontramos y la corta edad de los denunciados, debería llevar a tratar con naturalidad la publicación de fotografías con una pareja, sea hombre o mujer”.

También ha apuntado la fiscal que “el encontrarnos en la jurisdicción de menores merece también tener en cuenta el elemento del interés del menor, el principio de flexibilidad y oportunidad que, en ocasiones como ésta, entiende que la conducta sería merecedora de reproche familiar y educativo, pero no susceptible de corrección penal en aras a garantizar el principio de intervención mínima”.

Por último, tras dejar de manifiesto que la presente resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno, señala que la denunciante tiene la posibilidad de “ejercitar las acciones civiles que fueren procedentes” si así lo considera oportuno.

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La Fiscalía rechaza la denuncia de una profesora contra dos de sus alumnos por publicar una foto suya besándose con otra mujer acompañada de comentarios

Redacción

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  • El "odio" es un sentimiento, 'sentir odio hacia alguien' no es un delito. ¿Por qué cuando hay por medio inmigrantes, negros, musulmanes, lesbianas, gays y especímenes similares se trata el odio como delito y no como un sentimiento (de rechazo, tal vez)? ¿Por qué cuando se hace referencia al adoctrinamiento que se lleva a cabo en ciertas escuelas por parte del colectivo LGTB se saca a pasear el "odio"? Por ejemplo: recientemente en el colegio de Gales en donde se dice que "estudia" la heredera al trono de España (y de otras monarquías, por lo visto) hubo una especie de puesta en escena (digámoslo así) de adoctrinamiento del mundo gay y lesbiano y cayó un silencio sospechoso sobre tal acto de adoctrinamiento. No creo que nadie envíe a sus hijos-as a un colegio para que se le adoctrine en esta ideologia. Aunque estemos en el siglo que estamos, como dice la sentencia, no todos pueden digerir esta clase de espectáculos, y menos en un centro de enseñanza, con perfieles de adoctrinamiento. Allá cada uno con su vida y a quién mete en su cama, pero creo que hay cierta confusión entre lo que es un sentimiento y lo que es un delito. Los sentimientos no deben ser tipificados como delitos, caso contrario estaríamos todos entre rejas. Tal vez de lo que se trate sea de poner en práctica una especie de tiranía ideológica para transformar a los ciudadanos en rebaños obedientes, vigilados por "masas de acoso", condenados al pensamiento único. Como escribe Jano García en El rebaño, el Poder de las Instituciones Públicas + las masas de acoso + las redes sociales + los medios de comunicación (que generan opinión pública) = conquistan las mentes de los pueblos occidentales. Podría ser, visto lo visto.

  • Tal vez haya confusión, asimismo, entre odio y rechazo, ambos son sentimientos, que acaso difieren en grados. ¿Por qué si hay un manifiesto rechazo a las migraciones masivas de negros y de arabo-islámicos se saca a relucir el "odio", si es un simple rechazo, es una REACCIÓN a sentirse invadido por extranjeros de manera ilegal. ¿Por qué Europa ha de consentir ser invadida por individuos procedentes de la negritud o por arabo-islámicos y tratarla como una falta administrativa, y, sin embargo, en otros países de otros continentes entrar ilegalmente es un delito? Todo es una manipulación de los pueblos europeos para que se dejen invadir como penitencia sus años de colonialismo y al Holocausto. Es nuestro castigo, al parecer.Y si nos oponemos a ello, esa oposición se la califica de "odio" y por tanto tipificado como delito. Esto es un mundo de locos.

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