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La Ciudad prohíbe la apertura de bares, cafeterías y restaurantes con sanciones de hasta 60.000 euros

El Gobierno local publicó anoche en el Boletín Oficial del Estado (BOME) una serie de prohibiciones como la apertura de cafeterías, bares, restaurantes, discotecas y salones de juego excepto aquellos establecimientos dedicados a la venta de productos alimentarios, farmacéuticos, higiene y combustibles. También, se deberá mantener una distancia mínima de 2 metros entre ciudadanos en los espacios públicos cerrados y en cualquier espacio abierto se evitarán las aglomeraciones de personas pudiendo actuar las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en cualquier momento, lugar y circunstancia. El incumplimiento de estas medidas conllevará sanciones de hasta 60.000 euros. La Consejería de Salud Pública publicó ayer una orden en el Boletín Oficial del Estado (BOME) en la que prohíbe la apertura al público en Melilla de los locales y establecimientos de esparcimiento y diversión, tanto de titularidad pública como privada, de cafeterías, bares de copas, locales de exhibiciones, salas de fiestas, restaurantes, discotecas, salas de baile, salas de juventud y locales de ensayo.

Bares y restaurantes
También, los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, salones de billar y asimilables, rifas y tómbolas, y otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.

Las cafeterías, bares y restaurantes permanecerán cerradas al público pudiendo prestar exclusivamente servicios de entrega a domicilio o para su recogida y consumo a domicilio ya que la permanencia en estos establecimientos deberá ser “la estrictamente necesaria”. En todo caso se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad establecida a fin de evitar posibles contagios.

Salud Pública suspende las actividades como el cine, conciertos y festivales, conferencias y congresos, danza, verbenas, desfiles y fiestas populares, espectáculos taurinos, exposiciones artísticas y culturales, visitas y rutas culturales, representaciones o exhibiciones artísticas, culturales o folclóricas, y el teatro.

Además de espectáculos varios organizados con el fin de congregar al público en general para presenciar actividades, representaciones o exhibiciones de naturaleza artística, cultural o deportiva; actividades de asociaciones, de los centros socioeducativos, de los centros de mayores en las tipologías de hogares y clubes y servicios de convivencia familiar y social, dirigidos al sector de atención tercera edad.

También, las actividades de los centros ocupacionales que prestan atención a personas con discapacidad intelectual y los servicios sociales de atención temprana a menores con discapacidad, las formativas presenciales en los centros que impartan enseñanzas no regladas.

Así como la suspensión de competiciones deportivas en sus diversas modalidades, cualquier acto público y actividades recreativas varias dirigidas al público en general cuyo fin sea el esparcimiento, ocio, recreo y diversión del mismo.

Se suspenden las actividades de ocio y diversión en parques y jardines, recreativos infantiles, centros socioeducativos, centros de usos múltiples con espacios de biblioteca, salas de lectura y archivos, albergues juveniles, servicios de información juvenil y otras instalaciones asimilables a los mencionados.

Comercios
Por otro lado, la suspensión de la actividad comercial minorista excepto el comercio al por menor de establecimientos no especializados, de productos alimenticios, bebidas y tabaco en establecimientos especializados, comercios con productos de frutas, hortalizas, carnes, pescados, combustible para la automación y equipos para las tecnologías de la información y comunicaciones.

Asimismo, se autoriza el comercio al por menor de productos farmacéuticos, artículos médicos y ortopédicos, productos cosméticos e higiénicos en establecimientos especializados, flores, plantas, semillas, fertilizantes, animales de compañía y alimentos para los mismos en establecimientos especializados.

Se suspende el comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.

Se decreta la suspensión de la actividad presencial en las Oficinas de Atención al Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla y el órgano convocante de los procesos selectivos de la CAM en curso deberá posponer la celebración de pruebas selectivas garantizándose la continuidad de los procesos.

Quedan suspendidas las asistencias a los lugares de culto y las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres.

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La Ciudad prohíbe la apertura de bares, cafeterías y restaurantes con sanciones de hasta 60.000 euros

Lorena Japon

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