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Hace 25 años

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictaba un auto desestimatorio de la suspensión cauteral del Pleno de la moción de censura solicitada por los 10 concejales (entre socialistas y penemistas) que consideraron lesionados sus derechos, al entender que no fueron convocados de forma legal por Velázquez para asistir a esta sesión extraordinaria y urgente. Por otro lado, juez titular del Juzgado número 2 de Melilla sobreseía el expediente incoado contra el alcalde, Ignacio Velázquez, por ocultación de documentación a la Corporación. La demanda, presentada por el socialista Gonzalo Hernández, venía dada como consecuencia de la carta de un arquitecto contra la concejala Pilar León. Todo quedó finalmente en nada.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictaba un auto desestimatorio de la suspensión cauteral del Pleno de la moción de censura solicitada por los 10 concejales (entre socialistas y penemistas) que consideraron lesionados sus derechos, al entender que no fueron convocados de forma legal por Velázquez para asistir a esta sesión extraordinaria y urgente. Por otro lado, juez titular del Juzgado número 2 de Melilla sobreseía el expediente incoado contra el alcalde, Ignacio Velázquez, por ocultación de documentación a la Corporación. La demanda, presentada por el socialista Gonzalo Hernández, venía dada como consecuencia de la carta de un arquitecto contra la concejala Pilar León. Todo quedó finalmente en nada.

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